CERES, 5 de Diciembre de 2007.-

VISTO:

La sanción de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha ley, el Gobierno de la provincia crea el Fondo para la Construcción de Obras Menores para Municipios de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidos en el Fondo de Emergencia Social Ley 24.443.

Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del fondo.

Que esta Municipalidad ha evaluado la construcción de la obra “pavimento urbano”, en la Avenida Presidente Perón, en el tramo comprendido entre el Pasaje Melián y la Avenida Italia, como prioritaria para el distrito.

Que dicha obra se encuentra comprendida entre las financiables por el fondo.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de la obra pública denominada “pavimento urbano”, en la Avenida Pte. Perón, en el tramo comprendido entre el Pasaje Melián y la Avenida Italia de nuestra ciudad.

ARTÍCULO 2º) Facúltase al Sr. Intendente Municipal, Don Camilo Enzo Busquets, DNI 12.814.275 a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial, el financiamiento total o parcial de la obra que se menciona en el Artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorizase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil siete.-

Por bruno

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