CERES, 5 de marzo de 2008.-
VISTO:
Que según lineamientos de la Ley Nº 2996 y su modificatoria Nº 3123 (Art. 60), esta Municipalidad tomó posesión del inmueble mostrenco, identificado con P. I. I. 0033758/0000, Zona Suburbana, Sección I, Manzana 210, Parcela 01, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional Nº 21.477 y su modificatoria Nº 24.320 y Ley Provincial de adhesión Nº 12.115/03 conforme al Art. 4015 del Código Civil, establece normas sobre declaración de prescripción adquisitiva a favor de las provincias y mnicipalidades.
Que el Decreto Provincial Nº 5050/77 establece la normativa legal para que se efectivice el Acto Declarativo de Usucapión.
Que la posesión se concretó de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 2756, Art. 5.
Que de acuerdo a los antecedentes obrantes e informes requeridos a las reparticiones oficiales pertinentes, como de las citaciones efectuadas a los linderos, no media oposición por parte de persona Jurídica alguna.
Que según la legislación vigente, debe dictarse el acto administrativo a efectos de inscribir la titularidad de dominio de los requeridos inmuebles en el Registro General de la Propiedad.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Dispóngase la incorporación e inscripción a nombre de la Municipalidad de Ceres, el inmueble designado:
• P. I. I. 0033758/0000, Zona Suburbana, Sección I, Manzana 210, Parcela 01.
ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil ocho.-