CERES, 5 de marzo de 2008.-

VISTO:

Que según lineamientos de la Ley Nº 2996 y su modificatoria Nº 3123 (Art. 60), esta Municipalidad tomó posesión del inmueble mostrenco, identificado con P. I. I. 0920086/0000, Zona urbana, Sección I, Manzana 59, Parcela 13, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional Nº 21.477 y su modificatoria Nº 24.320 y Ley Provincial de adhesión Nº 12.115/03 conforme al Art. 4015 del Código Civil, establece normas sobre declaración de prescripción adquisitiva a favor de las provincias y municipalidades.

Que el Decreto Provincial Nº 5050/77 establece la normativa legal para que se efectivice el Acto Declarativo de Usucapión.

Que la posesión se concretó de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 2756, Art. 5.

Que de acuerdo a los antecedentes obrantes e informes requeridos a las reparticiones oficiales pertinentes, como de las citaciones efectuadas a los linderos, no media oposición por parte de persona Jurídica alguna.

Que según la legislación vigente, debe dictarse el acto administrativo a efectos de inscribir la titularidad de dominio de los requeridos inmuebles en el Registro General de la Propiedad.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Dispóngase la incorporación e inscripción a nombre de la Municipalidad de Ceres, el inmueble designado:
• P. I. I. 0920086/0000, Zona urbana, Sección I, Manzana 59, Parcela 13.

ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil ocho.-

Por bruno

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