CERES, 3 de Octubre de 2010.-
VISTO:
Que la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., se encuentra a cargo de la prestación del Servicio Público de Provisión de Agua Potable, en todo el ámbito de su jurisdicción desde el año 2004, y debe generar el instrumento administrativo a través del cual se apruebe el Plan de Mejoras y Desarrollo. Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 11220, establece el marco regulatorio de los mencionados servicios en toda la Provincia de Santa Fe, y la consecuente creación del Ente Regulador de Servicios Sanitarios, con competencia para el control de todos los prestadores.
Que la Resolución Nº 659/07, modificatoria de la anterior Nº 275/00, reglamenta la citada Ley y establece que los Planes de Mejora y Desarrollo de los servicios deben ser aprobados por la autoridad Municipal.
Que la decisión ha sido tomada en la sesión ordinaria de éste H. Concejo Municipal de Ceres, según consta en Acta Nº 1035, de fecha 22 de octubre de 2010.
Que resulta entonces imprescindible dictar el acto administrativo que permita adecuarse a la legislación vigente.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de la CIUDAD DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) La Municipalidad de Ceres, en su condición de Concedente del Servicio Público de Agua Potable, prestado por la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., en todo el ámbito de su jurisdicción, aprueba en los términos correspondientes al servicio de agua potable para el año 2010, que se adjunta a la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil diez.-