En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de julio de dos mil, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose ausentes con aviso los Concejales Camilo E. Busquets y Esther T. de Saba, y demás Concejales presentes. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

1 – Lectura del Acta anterior.
2 – Nota DEM -Empresa Berti Hnos. Contratistas rurales.
3 – Tratamiento Ordenanza Tributaria.
4 – Tratamiento Presupuesto/2000.
5 – Tratamiento Ordenanza de Tránsito.

PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la nota elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal. En la misma se adjunta copia de nota de la firma Berti Hnos. En la que se solicita se de curso al proyecto que a continuación se detalla. Y dice «Somos una empresa con 15 años de antigüedad en el rubro de contratistas rurales, más específicamente en recolección de granos. En la actualidad cuentan con cuatro cosechadoras de última generación y todos los implementos necesarios. Para la atención de toda esta maquinaria cuentan con un plantel de siete personas contratadas legalmente de las cuales adjuntan fotocopias de los respectivos contratos. Normalmente el 30 % de los trabajos los realizan en el sur de la provincia y el resto en esta zona. Su domicilio en Ceres es: Santa Fe 176. Desde su radicación dicen en la nota, el primer paso fue adquirir un galpón parabólico de 15 x 50 metros a la firma Ganaderos de Ceres. La idea es para el futuro entrenar personal para incorporar en lugar de los que están, por razones de comodidad, ya que los mismos pertenecen a su localidad de origen (J. B. Molina). Y además, el montaje de una planta reacondicionadora de granos, para lo cual necesitan un predio como los que posee la Municipalidad sobre la Ruta 34.
Finalizada su lectura, el Pte. dice, observando el plano de la zona determinada como Parque Industrial, que hay un único lote donde por un lado esta Ganaderos de Ceres, por otro lado hay una represa, depresiones, especies arbóreas, basural. Se encuentra además en el lugar restos de ladrillos y construcción de antiguos hornos de ladrillos, ocupa una superficie de 2 hectáreas 74 áreas 87 centiáreas, y mide 418,75 x 70 metros.
El C. Schurrer pregunta si es el único lote que queda?
El Pte. le responde que hay otro lote, hacia el otro extremo pero nadie lo quiere por el plomo. La Aceitera General Deheza lo había comprado, pero la obra quedó parada por las inundaciones del año 98. A continuación lee la Ordenanza 325/85 de Promoción Industrial, en la cual se establece que ante la solicitud de la radicación de una industria en ese sector, debe constituírse un Consejo de Adjudicación, Contralor y Promoción, con seis miembros, dos por el DEM, dos por el Concejo Municipal y dos por el Centro Comercial de Ceres. Por lo tanto deberíamos designar a los dos representantes del Concejo. De todas maneras dice el Pte. éste órgano, simplemente toma la resolución. Después como Concejo Deliberante tendremos que decidir la venta. Y la Ordenanza la hacemos en el Concejo Municipal. La ordenanza por ejemplo establece a los efectos de la adjudicación, tener en cuenta prioritariamente generación de mano de obra, tipos de insumos a utilizar o bienes intermedios a producir, nivel de inversión, posesión de títulos de especificaciones vinculadas. La adjudicación del inmueble municipal en base a los fines de esta ordenanza, se hará previo llamado a licitación pública a cuyo efecto el Consejo de Adjudicación, Contralor y Promoción considerará el proyecto y fijará las condiciones particulares para cada caso. El Pte. dice que normalmente se hace un aviso de llamado a licitación, pero cuando se pide un lote de éstos porque es pedido específicamente, prácticamente se adjudica para el fin solicitado. Luego prosigue con la lectura de los artículos que se refieren a los convenios respectivos a formalizar con las personas físicas o jurídicas que resulten adjudicatarios, que se formalizarán a partir de los 60 días de la apertura de los sobres. También compete al Consejo establecer el precio de venta del inmueble. Agrega que en estos momentos se está hablando de una cifra de 15 mil pesos y 15 cuotas de mil pesos.
El C. Schurrer recuerda que formó parte del Consejo de Adjudicación por parte del Centro Comercial cuando se hizo la licitación para la firma de Oscar Ternavassio. Y en esa oportunidad se pidió la presentación de un proyecto. Recuerda que ese proyecto se había hecho por etapas, y se tenían que ir dando cumplimiento a las mismas. Si no se hacía en un tiempo estipulado, se dejaba sin efecto la adjudicación.
El Pte. dice que es correcto, ya que así lo establece la ordenanza.
La C. Cartas dice que habría que dejarlo en Comisión.
El Pte. dice que se podría ir designando a los dos miembros que irán en representación del Concejo Municipal.
Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve designar a los Concejales Carlos Schurrer e Irma Lobera de Uberti. Se elabora el Decreto pertinente y se eleva al DEM.

PUNTO 3) A continuación, se procede a dar tratamiento a la Ordenanza Tributaria del Ejercicio/2000.
La C. Cartas, dice antes de entrar en el tema, que en la sesión anterior, se había cuestionado la instalación de un negocio de venta de agroquímicos en el centro de la ciudad. Estuvo averiguando y el mismo es solamente venta de semillas, no tiene nada de agroquímicos. Está inscripto como comerciante de granos.
La C. Lobera pregunta en éstos casos quiénes hacen la inspección del local?
La C. Cartas dice que se hace en el caso de que haya una denuncia concreta.
El Pte. luego en relación a la tributaria dice que se estuvo observando la posibilidad de algunos agregados más que modificaciones. Por ejemplo, empresas como Telecom o Direct TV o la empresa que fuera, cada vez que realiza obras en la vía pública, más allá de necesitar una autorización del Municipio, se debe hacer una inspección de la obra, en el sentido de que la misma se haga en el lugar en que se debe hacer. Hasta ahora no se le ha cobrado absolutamente nada. Por ejemplo ahora dice, CTI hizo un convenio con Telecom y tiene que llevar un cable de fibra óptica desde la antena de Telecom hacia otro sector, esto tiene que estar autorizado por la Secretaría de Obras Públicas. Hasta el momento se autorizaba pero no se cobraba nada. Tomando como experiencia de otros Municipios, la idea es de disponer cuando se llevan a cabo trabajos efectuados por terceros, y deciden construír, instalar, remodelar, modificar, remover, etc. sus instalaciones en la vía pública, deberán abonar en concepto de permiso de edificación correspondiente, el 4 % del monto de la obra. En el caso de que las empresas no finalicen los trabajos dentro de los plazos de obra oportunamente solicitados, se harán pasibles de una multa diaria del 3 por mil del monto de obra declarado, por cada día de atraso en la finalización de los trabajos dentro de los plazos previstos. El Pte. dice que éste se previó por aquellos casos en que tal vez soliciten una construcción, y abran un pozo y lo dejen abierto y vuelvan a los tres meses. Además es algo que todas las empresas de obras en la vía pública lo tienen previsto, porque tienen un tiempo para hacer la obra.
Otro tema que se estuvo analizando, son las multas por el tema de los pórticos, dice el Pte. Comenta que días atrás, un camión para poder pasar, se detuvo a cavar el camino. Y para éstos casos no están previstas las multas. La idea es poner una multa por roturas de pórticos, o algún tipo de estos hechos, de 300 y 1.000.-pesos más los gastos de reparación en el caso de que rompan algo. Otro tema que no consta en la tributaria dice, es en cuanto a la renovación de los nichos. Es decir, los nichos se contratan por diez años y se paga un canon por ello. Y luego dice que se renuevan cada diez años, pero no esta establecido cómo se renueva y a qué valores. Entonces la idea es que por la renovación de los nichos cada diez años abonarán el cincuenta por ciento en cada categoría, siempre que se trate de la misma persona. Otro tema que no está claro en la ordenanza es el artículo que establece que cuando se va a comprar un terreno en el cementerio para construir un panteón o un medio panteón, no establece que es a perpetuidad. La idea es corregir y especificar que cuando una persona toma en concesión un terreno lo hace a perpetuidad. Otra cosa que se detectó y no está en la Tributaria, con respecto a los nichos, en el artículo 37) dice que los terrenos baldíos de propiedad particular, cualquiera fuere su procedencia y después de un año de ser adquirido, que no hubiere sido edificado, abonará una multa equivalente al 50 % del valor actual del terreno. Ocurre que en la práctica, la multa no se abona y hay muchos casos de gente que compra los terrenos y después los deja. Lo que se propone es cambiar, y aclarar que si no se edificó en un año, será cancelada la concesión. De esa forma se obliga a quien compra que en el transcurso de un año tiene que construir. Luego dice que hay una ley Nacional que dice que a los 30 años se pueden exhumar los cuerpos, y si no hay familiares destinarlo al hosario, lo que sucede es que éste casi no tiene capacidad, habría que hacer otro.
La C. Cartas agrega que además el tema de los muertos es un tema muy delicado, más aún en el norte del país, donde el sentimiento y el respeto hacia los muertos es distinto. Cree que en ese artículo, en el que se está sustituyendo la multa porque es inviable, y no se cobra, pero sí que se le de difusión, de que este artículo se va a modificar, y que se les va a retirar el terreno. Establecerles un plazo para que a partir de esta nueva ordenanza van a tener un período de tiempo para…
El Pte. dice que esto estará contemplado para los casos nuevos. Es decir que a aquellos que compraron antes de la ésta ordenanza no se les podrá aplicar la misma. Lo único que se les puede decir es que a partir de esta ordenanza tienen un año para construír.
La C. Cartas dice que habría que hacer un relevamiento de los que están vendidos o concesionados sin edificar, notificarlos que está en vigencia la ordenanza y que a partir de la misma tienen un año para construír, sino se va a aplicar la ordenanza.
El Pte. dice que está la idea, salvo que es muy costoso, de implementar un crematorio, para reducir espacios.
Otra modificación abarcaría a los Escribanos Públicos que formalicen actas de transmisión de dominio de inmuebles urbanos y rurales ubicados en el distrito de Ceres, deberán retener en el caso de que se registren deudas del bien objeto de la transmisión, el monto adeudado por cualquier concepto siendo solidariamente responsable por el pago de dicho gravamen en caso de que así no lo hiciera, ante el cambio de titular, el Escribano Público interviniente o el adquirente están obligados a denunciar la nueva situación dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la efectiva transferencia de dominio. Ocurre que, a veces se hacen los trámites de dominio sin los pedidos de Libre Deuda.
La C. Cartas dice que los Escribanos de Ceres, cree que tienen un convenio por el cual tienen que pedir el libre deuda. Ellos son responsables de retener los impuestos tanto inmobiliarios como municipales, antes de la escritura. Se han dado casos en que se han transferido inmuebles con deudas. Por eso esto es fundamental. El Contador Avila le comentó que del Colegio de Escribanos le han pedido una constancia. Es una manera d e poner una responsabilidad a los escribanos. Sucede que los escribanos de Ceres, como hacen todos los días escrituras y son responsables porque cuando se los va a ver se ve el cumplimiento. Pero los de afuera no lo hacen.
El C. Schurrer dice que los escribanos de Ceres, conocen las ordenanzas pero los de afuera no.
El Pte. dice que todos los escribanos tienen la obligación de conocer las ordenanzas.
La C. Cartas dice que esto depende como todas las cosas del Colegio de Escribanos. Dice que se tendría que hacer con el Colegio de Escribanos de Santa Fe lo mismo que se hizo con el Registro de Automotor. Un convenio con el Registro de la Propiedad para que se controle a los Escribanos, y para que todos los escribanos de la provincia estén obligados a dar cumplimiento con las tasas municipales. Si no viene un escribano de otro lugar que no sabe de la ordenanza y hace la escritura. De esta forma el Colegio de Escribanos de la provincia les informa que ha formalizado un convenio con la Municipalidad de Ceres, que para poder hacer la escritura en Ceres, tiene que tener el libre deuda, o retener el importe y depositarlo en la Municipalidad.
El Pte. dice que habría que no solo plantear un Convenio sino además agregarlo en la ordenanza Tributaria.
La C. Cartas se compromete a averiguar en el Colegio de Escribanos sobre la factibilidad del convenio.
La C. Lobera dice que sinceramente desconocía, y creía que era un disposición nacional.
La C. Cartas dice que todos los escribanos tienen una responsabilidad general. Por ejemplo cuando se va a transferir un auto también se tiene que exigir el libre deuda de patente, pero ninguna deuda puede impedir que se haga una escritura traslativa de dominio. Si existe deuda, se ejecutará por esa deuda pero no puede impedir que se transfiera un bien. De todos modos dice, en este convenio que se hizo con el Registro del Automotor, no se entrega la cédula. Transfieren el auto pero no se puede circular, la cédula no la entregan hasta que no cancele la deuda.
Se resuelve luego, dejar el tema en estudio, hasta tanto la Concejal Cartas consulte sobre la posibilidad del convenio.

PUNTO 4) El Pte. dice luego que otro tema pendiente era el de Presupuesto/2000. Que se resolvió esperar hasta la próxima sesión hasta tanto el Bloque del PJ se expida.
El Pte. luego le pide a la Concejal Lobera, que comente un poco lo que se está pensando de organizar conjuntamente con la Concejal Saba.
La C. Lobera dice que a raíz de la charla organizada con la Diputada y el Defensor del Pueblo ha quedado la inquietud y lo estuvo evaluando con la Concejal Esther de Saba, para organizar una charla informativa. Dice que luego de haber leído un reportaje al Dr. Mario Arrieta en un periódico local, sobre las ART, surgió la idea de convocarlo para explicar sobre este tema. Para ello, se habló con el Dr. Arrieta a quien le pareció interesante la idea, además dijo que haría falta la presencia de un abogado laboral. La Concejal Lobera dice que surgió luego el interrogante sobre quién sería el abogado. Además se sugirió la presencia de algún representante de seguros. Dice que se tiene previsto hacer como un reempadronamiento de los empleados que vence el 31 de octubre, sino les van a aplicar multas a los empleadores. Por eso se vio la necesidad de apuntar hacia estos temas que van cumplir una función informativa. Se analizó también invitar a las compañías aseguradoras, pero no como panelistas, sí como para que evalúen consultas.
La C. Cartas dice que hay que ver hacia quiénes va destinado.
El Pte. dice que además hay que ver cuál es el abogado penalista.
Luego de un intercambio de opiniones se resuelve recavar asesoramiento relacionado al tema. Ya que el abogado simplemente se va a remitir a interpretar la ley, y el médico cuáles serán los análisis que se van a hacer y qué significan cada uno.
El Pte. dice que se debe dejar claro que esto se va a realizar para informar, nada más. Se resuelve luego dejar el tema hasta la próxima semana.

PUNTO 5) Finalmente, el Pte. dice que la ordenanza de tránsito estaba vista y elaborada, solo resta observarla en detalle para agregar los números de ordenanzas a que refiere en algunos artículos, y de leyes y de decretos.
Una vez revisada la misma, se le dará una lectura final en una próxima sesión.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión, siendo las veintidós horas treinta minutos.-

Por bruno

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