Ceres, 05 de junio de 2025.

VISTO:

                La Ordenanza N° 1589/2019 y el déficit habitacional de nuestra ciudad, y

CONSIDERANDO:

                               Que, en la mencionada ordenanza se cede a título gratuito al B° General López y Estadio Municipal el lote identificado como N° 01, ubicado en la Sección 1, manzana 11, parcela 6, dominio anotado en el Registro General bajo Tomo 191 Par, Folio 768, Numero 78520, Depto. San Cristóbal. –

                               Que, dicha cesión se realizó con el objetivo de que los vecinos cuenten con un espacio físico para reunirse y realizar distintas actividades sociales.-

                               Que, una de las condiciones para concretar luego la donación fue la tramitación de la personería jurídica de la comisión vecinal.-

                               Que, la comisión vecinal no se ha constituido como tal, por lo tanto tampoco cuentan a la fecha con la correspondiente personería jurídica.-

                               Que, existe en nuestra ciudad un gran déficit habitacional.-

                               Que, mediante gestiones efectuadas ante el gobierno provincial se concreta la posibilidad de la construcción de una vivienda social en el inmueble mencionado ut-supra.-

                               Que, por los motivos expuestos resulta necesario que el objetivo del Lote descripto sea finalmente destinado a la construcción de viviendas que permitangarantizarle habitación a familias en condiciones de vulnerabilidad.-

POR LO QUE:

                EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Deróguese la ordenanza N° 1589/2019.-

ARTÍCULO 6°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.     

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, a los 05 días del mes de junio de 2025.-