ACTA NÚMERO 1238  REC. 13

 

En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil diecisiete, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes, la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las doce horas, el concejal señor Juan Manuel Mansilla, asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

 

  1. Lectura del acta anterior.
  2. Correspondencia recibida.
  3. Respuesta a minuta de comunicación N° 580/17.
  4. Proyecto de ordenanza Pyme Rural.
  5. Proyecto de ordenanza Sec. De Hacienda, moratoria.
  6. Proyecto de Declaración.

 

PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

 

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida.

 

  • Alas Centro de Día. Maratón y colecta de ayudas para el nuevo edificio, en conmemoración del 28 aniversario de la FM 100 Radiodifusora Libertad. El objetivo es conseguir el dinero para adquirir el material para la construcción de 285 m2 cubiertos y 125 m2 semi cubiertos. Cuya suma oscilaría aproximadamente en $ 350.000.- citan número de caja de ahorros en Pyme rural, para hacer donaciones en dinero.

El C. Balzarini sugiere que el concejo le haga una donación, o que lo haga a través de cada bloque.

 

  • Solicitud señor Eduardo Rodríguez. El mismo solicita la exención de impuestos por el terreno cedido a la escuela N° 308 para que la misma lo utilice con fines educativos. Adjunta a la nota, copia del contrato de comodato por dicho acto.

Se da lectura al comodato y se observa que el mismo es sin plazo.

La C. Giovannini dice que tendría que tener un plazo. Se lo tenemos que dar nosotros para saber si se venció o cómo sigue.

El C. Balzarini agrega que para saber y tener periódicamente un control sobre eso.

La C. Giovannini dice que sin plazo no se puede dar la exención.

El Pte. sugiere hacer una exención de forma anual, de modo tal que todos los años tengan que actualizar la documentación.

Luego de un intercambio de opiniones, se somete a votación y es aprobada por unanimidad. Las condiciones son, eximir el inmueble detallado en el pedido haciendo una eximición anual, a partir de la fecha de su promulgación.

Se elaborará un proyecto al respecto.

 

  • Nota señor Gustavo Quinteros. Solicita autorización, luego de haberlo hecho por primera vez hace tres años, para el traslado de la torre al predio principal frente a la EPE, donde estaba ubicada la torre de ATC, ahora desmantelada hace un mes. El motivo es igualdad de condiciones de competitividad, donde a través de la ordenanza 811/00 las emisoras radiales comenzaron a instalar sus mástiles de antenas en ese predio, y cuentan hasta el día de hoy con el beneficio del pago de consumo de energía eléctrica por parte del municipio. Por lo tanto, aunque de ahora en más, se les exija a mis colegas que paguen la energía eléctrica consumida, en mi caso, les voy a exigir a ustedes por no haber aceptado mi solicitud de traslado hace tres años constatado en documentación presentada el día 10 de junio de 2014, que se me exima del pago de la energía eléctrica por tres años. Por otra parte, quiero que se me dé prioridad para instalar la antena, ya que al ser periodista me enteré que hay interés en colocar una torre por parte de una empresa en este predio.

La C. Giovannini dice que habría que ver lo que dice la ordenanza. Sugiere dejar el tema en estudio.

El C. Weder dice que la ordenanza establecía que no se podían instalar más antenas, y que se iban a trasladar a zona rural.

El C. Balzarini dice que es cierto que está en una situación de desigualdad.

Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve recabar toda la información pertinente al tema antenas, y  analizar el pedido.

 

  • Respuesta de la cooperativa de agua y cloacas. El Pte. dice que se eleven copias a ambos bloques a los fines que se analice si la respuesta es consecuente con el pedido de informe.

El C. Balzarini sugiere se analice la respuesta en la próxima sesión.

 

PUNTO 3) A continuación, se da lectura a la respuesta a Minuta de Comunicación N° 580/17 elevada por el DEM. El Pte. dice que la misma responde a lo relación a las ordenanzas 1304/12 y 1439/16.

Se elevarán copias a ambos bloques.

 

PUNTO 4) Proyecto de ordenanza Pyme Rural. La misma dice lo siguiente: “VISTO: La solicitud de PYME RURAL Asociación Mutual, en relación a brindar el servicio de cobro de los tributos municipales, y CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del municipio, la recaudación de los tributos que hacen a su sostenimiento económico. Que para lograr tal objetivo, es conveniente brindar a los contribuyentes las mayores posibilidades que le permitan efectivizar con comodidad sus obligaciones. Que la mutual mencionada en el visto, es una institución financiera que extiende sus servicios en nuestra comunidad desde el 01 de Julio de 2015. Que el convenio a firmar debería incluir la recaudación de Tasa General de Inmuebles y Tasa de Construcción y Conservación de Caminos Rurales. Que dicho convenio será parte integrante, considerado anexo I de la presente ordenanza. ARTICULO 1) Facúltese al Sr. Intendente Municipal, Don Camilo Enzo BUSQUETS, D.N.I 12.814.275 y Sra. Secretaria de Hacienda y Finanzas, Betiana Godoy, D.N.I. 28.072.188, a firmar el convenio con las autoridades de PYME RURAL Asociación Mutual, que es anexo I de la presente Ordenanza, para la recaudación de Tasa General de Inmuebles y Tasa de Construcción y Conservación de Caminos Rurales. CONVENIO DE RECAUDACION. Entre PYME RURAL Asociación Mutual, en adelante “LA MUTUAL”, representada en este acto por LA MUTUAL por una parte y por la otra, la Municipalidad de Ceres, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, representada en este acto por los Sres. Camilo Enzo Busquets D.N.I. 12.814.275, en su carácter de Intendente y Betiana Godoy D.N.I.28.072.188, en su carácter de Secretaria de Hacienda y Finanzas, respectivamente, por la otra parte, se conviene realizar el presente convenio de recaudación, que se regirá por las siguientes clausulas: 1.La Mutual se obliga a efectuar por cuenta de La Municipalidad el servicio de cobranza de Tasa General de Inmuebles y Tasa de Construcción y Conservación de Caminos Rurales. 2.El servicio se prestara en la sede principal de la Filial Ceres, ubicada en Avenida Mayo 170, de la ciudad de Ceres y en toda sucursal y/o anexo que La Mutual habilite en el futuro, todos los días hábiles y en horario habitual de atención al público. 3. La Mutual cobrara los importes que figuren en las respectivas boletas, hasta el plazo estipulado en las mismas y en casos excepcionales podrá aceptar las prórrogas que La Municipalidad comunique con no menos de 48 horas de anticipación de producido el único o ultimo vencimiento. 4.          La Mutual, se compromete a prestar un eficiente servicio de cobranza y su consecuente rendición de cuentas y solo es responsable por el importe de las boletas cobradas en su carácter de ente recaudador, conforme con las normas establecidas en el presente convenio, dejando expresamente aclarado que se libera de toda responsabilidad por hechos o causas derivados de la relación entre La Municipalidad y los contribuyentes. 5. En términos generales todas las boletas deberán individualizar perfectamente al obligado y el carácter de cada imposición y contaran como mínimo de tres cuerpos, destinados uno para La Mutual, uno para la Municipalidad y uno para el contribuyente. 6. La Mutual no aceptara el pago de boletas que se encuentren incompletas o que cualquiera de sus cuerpos estén deteriorados, mutilados y/o ilegibles, y/o que presenten enmiendas, raspaduras, alteraciones, etc., que dificulten su lectura. 7. La cobranza que La Mutual realice de tributos municipales será rendida diariamente de la siguiente manera: el neto recaudado, con la sola deducción de la comisión por cobranza, será puesto a disposición de la Municipalidad el día hábil inmediato siguiente al de su realización. Estos fondos podrán ser retirados en efectivo por la Municipalidad o, con su autorización, ser depositados en una caja de ahorro mutual abierta en la Entidad a favor del Municipio. Conjuntamente con los fondos La Mutual pondrá a disposición en su sede de la Ciudad de Ceres una planilla con el detalle diario de lo recaudado acompañada de todos los comprobantes cobrados. En todo momento la Mutual está obligada a entregar toda la documentación correspondiente a la recaudación efectuada hasta el día hábil anterior. 8.La Municipalidad acepta que La Mutual retenga en concepto de comisión por el servicio de recaudación el 0,5% sobre el total de cada boleta, deduciéndose en la rendición diaria que se efectúe. 9.La Mutual garantiza la prestación de este servicio y el depósito de las cobranzas que realice con motivo del presente convenio, mediante la contratación de una póliza de seguro de caución por un importe de $10.000.- (pesos diez mil), el que podrá ser ajustado semestralmente en función de la cobranza real y de común acuerdo entre las partes. 10. Luego  que La Mutual realizo la rendición de cuentas, La Municipalidad tendrá un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción de la misma, para efectuar cualquier tipo de observación y/o reclamo. Vencido dicho termino, las rendiciones quedaran firmes y aceptados de conformidad. 11. La falta de cumplimiento de lo estipulado en cualquiera de las clausulas procedentes, facultara a La Mutual y/o a La Municipalidad a dar por rescindido automáticamente el presente convenio, comunicándolo en forma fehaciente a la otra parte. 12.El presente convenio comenzara a regir a partir de su firma y su vigencia será ilimitada, reservándose las partes el derecho a rescindir el convenio en cualquier momento, comunicando su decisión a la otra parte en forma fehaciente, con una antelación no menor a treinta días.13.A los efectos legales, las partes constituyen los siguientes domicilios legales: La Mutual en Pueyrredón 168 – Rafaela, Santa Fe y La Municipalidad, en calle Avenida H. Irigoyen N 4, ciudad de Ceres, provincia de Santa fe, conviniéndose expresamente que en caso de conflicto se someterán a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios que por competencia correspondan a la Provincia de Santa Fe, renunciando a otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, incluso el federal.14.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, firman las partes dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la localidad de Ceres , provincia de Santa Fe.”

EL c. Balzarini pregunta si la Mutual de San Guillermo cobra el mismo porcentaje.

Se le responde que sí, se le exigió igualdad.

El C. Balzarini luego de un intercambio de opiniones dice que no tiene problemas en aprobar.

Luego de analizado el convenio, se efectúan algunas modificaciones de forma, y se aprueba por unanimidad y eleva al DEM.

 

PUNTO 5) Proyecto de ordenanza Secretaría de Hacienda, sobre moratoria. Esto viene en consonancia a cuando hicimos la de caminos rurales y el valor en combustibles y moratoria para TGI. Acá lo que hace la secretaría de hacienda, no es una moratoria, sino una ordenanza definitiva de convenios de pago, donde vamos a tener que analizarla en detalle.

El C. Balzarini dice que se debe tener en cuenta, cantidad de cuotas y tasa.

El Pte. dice que, es verdad que estamos mal, económicamente y socialmente hablando, pero también es cierto que muchas veces una moratoria beneficia al que no paga. Acá lo que se busca es de darle una solución al deudor pero con una tasa de interés. No una moratoria que aplica un descuento sino que otorga una facilidad de pago en el plazo.

El C. Balzarini dice que, conceptualmente está bien. No es condonar la deuda, sino que es darle una facilidad para que regularice.

Se resuelve dejarlo en estudio de comisión.

 

PUNTO 6) Proyecto de Declaración Concejal Giovannini. El mismo hace referencia a: “VISTO: La propuesta educativa presentada por Fundación CIEP y de la posterior firma del convenio de colaboración entre dicha fundación y la Municipalidad de la ciudad de Ceres, en pos de ayudar a la formación de los vecinos de nuestra localidad y ofrecer una mayor cercanía a la hora de elegir una formación profesional que permita una rápida y eficaz salida laboral. CONSIDERANDO: Que Fundación CIEP  es una institución educativa con más de 26 años al servicio de la educación. Que el sistema educativo ofrecido por dicha institución permite insertar a sus egresados al sistema laboral con una capacitación acorde a sus necesidades. Articulo 1.- Declarar de su interés el dictado de capacitaciones y formación profesional a cargo de Fundación CIEP con modalidad presencial en la ciudad de Ceres, Depto. San Cristóbal, Prov. Santa Fe. Articulo 2.- Expresase el reconocimiento institucional por atender con su organización al fortalecimiento del área educativa local y regional.”

Finalizada su lectura, la concejal Giovannini dice que se trata de un instituto de Villa María que funciona en Santa Fe también, y que cuenta con cursos y capacitación con salida laboral.

El Pte. dice que lo que ellos piden es una declaración de interés. No necesitan autorización. Yo no estuve presente cuando estuvieron, pero hablaron con Luisina y Sergio. Son cursos arancelados y con entrega de certificados validados por el Ministerio de Educación,

El C. Balzarini opina que le parece muy bien que vengan, y que paguen sus impuestos localmente, si van a ejercer un comercio, prestando un servicio, que se inscriban y hagan la suya como cualquier comercio. Sino hoy lo declaramos de interés, y mañana viene Piaget a pedirnos lo mismo. Y después viene  y hace lo mismo la Blas Pascal. Los entiendo, porque lo que quieren es sumar méritos, lo que comúnmente se dice, quieren chapa. Pero yo no se la voy a dar a la chapa. Que se le ganen ellos tocando puertas.

El Pte. ratifica que no habló con ellos. Les pregunta a los concejales Uberti y Giovannini cuál es la necesidad de la declaración de interés?

La C. Giovannini dice que ellos firmaron un convenio con el municipio, dijeron que supuestamente no iban a necesitar dependencias del municipio. Y podrían dar alguna beca para los estudiantes.

El Pte. dice que eso es otro tema, eso debería constar. Si viene un instituto a pedirnos una declaración de interés y a modo de beneficio de la comunidad ofrecen equis cantidad de becas, y declarar de interés no implica gasto, pero tenemos una contraprestación que nos signifique un beneficio para la comunidad. Sería importante confirmar si se van a entregar becas.

La C. Giovannini dice que becas van a dar, pero no me aclararon cuántas. Ellos piden la solicitud de apertura de la sede en nuestra ciudad y para que se la otorguen, la misma institución requiere una declaración de interés.

El C. Balzarini dice que no es necesario. Alguien que viene a ejercer una actividad comercial, en este caso un servicio en un lugar, entra, se inscribe, paga sus impuestos y comercio. Y ahí su propaganda. Ahora si se quiere una propagando oficial con una chapa con la foto del concejo…mañana viene un vendedor de autos y pide lo mismo.

El Pte. dice que es razonable el planteo.

El C. Balzarini dice que nos estamos metiendo en el ámbito privado.

El C. Uberti dice que respecto a las becas, se las darán al municipio cuando se firme el convenio.

El Pte. dice que para eso no hace falta declaración de interés.

El C. Balzarini dice que declarar de interés nos condiciona a que los otros nos pidan lo mismo.

El Pte. sugiere que se deje en estudio por una semana más, hasta tanto lo consensuen en el bloque.

 

No siendo para más, se da por finalizada la sesión, siendo las catorce horas treinta minutos.-

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *