CERES, 21 de agosto de 2020.-
ORDENANZA N° 1664/2020.
VISTO:
La necesidad de readecuar algunos conceptos tributarios contenidos en la Ordenanza N°1650/2020.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Modifíquese el Inciso “e” del Artículo 120° del Capítulo VIII de la Ordenanza N°1650/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“e – Por aprobación de planos de obras nuevas se abonará el 0.5% sobre los montos de obras establecidos por el Concejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe”.
ARTÍCULO 2°) Modifíquese el Inciso “f” del Artículo 120° del Capítulo VIII de la Ordenanza N°1650/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“f – Por aprobación de planos de documentación de obras ya construidas, se abonará el 1% sobre los montos de obras establecidos por el Concejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe”.
ARTÍCULO 3°) Modifíquese el Artículo 60° del Capitulo XI de la Ordenanza N°1650/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 60°) DETERMINACION DE LA UNIDAD Y SU VALOR: Los importes que representen sumas fijas de pesos se expresarán en Unidad de Cuenta Municipal (UCM) que se crea por la presente Ordenanza y que tendrá un valor unitario de $100 (pesos cien). Para establecer el importe en pesos correspondiente a cada concepto, se aplicará la siguiente fórmula: IMPORTE EN $ – CANTIDAD DE UCM x VALOR UNITARIO DE LA UCM. Es facultad del Concejo Municipal modificar el valor de la UCM a propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal, con una periodicidad de dos (2) meses a partir del mes de febrero del corriente año. Dicho valor se compone de la suma de dos partes iguales; la primera es el 0,94% del litro de gasoil de YPF al público, y la segunda es el 0,20% del sueldo de la categoría 8 del empleado municipal. Para la aplicación del siguiente factor se requerirá la previa aprobación del Concejo Municipal”
ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veinte días del mes de agosto de dos mil veinte. –