CERES, 22 de abril de 2004.-

VISTO:

La propuesta sobre donación de terrenos para la afectación a espacios verdes por parte del Obispado de Rafaela, a través de Cáritas Parroquial Ceres, y

CONSIDERANDO.

Que el Obispado de Rafaela a través de Cáritas Parroquial propone a éste Municipio, la donación de los lotes 1 y 10, incluidos en la P.I.I. Nº 34392/0002-9 y los Lotes 21 y 29, incluidos en la P.I.I. Nº 34392/0003-8, todos ellos parte de la Fracción “A” del Lote 2, de la Sección IV.

Que la donación propuesta sería para uso exclusivo de espacios verdes dentro del completo habitacional Juan Pablo II.

POR LO QUE.

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Apruébese la donación ofrecida por el Obispado de Rafaela a través de Cáritas Parroquial Ceres, de los lotes 1 y 10, incluidos en la P.I.I. Nº 34392/0002-9 y los Lotes 21 y 29, incluidos en la P.I.I. Nº 34392/0003-8, todos ellos parte de la Fracción “A” del Lote 2, de la Sección IV, inscripto en el Tomo 100 Impar, Folio 681 – Nº 57169, Año 1959.

ARTÍCULO 2º) Los Lotes 1 y 21 serán destinados a espacios verdes.

ARTÍCULO 3º) Los Lotes 10 y 29 serán destinados a espacios verdes mientras la Municipalidad lo estime conveniente, pudiendo utilizarlos como calle pública en caso de ser necesario.

ARTÍCULO 4º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los veintidós días del mes de abril de dos mil cuatro.-

Por bruno

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