CERES, 30 de Diciembre de 2004.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 817 de fecha 04/04/2001, por la cual se acepta la donación de una fracción de terreno a la Sra. Hilda Carmen Díaz, y
CONSIDERANDO:
Que en la mencionada Ordenanza se omitió autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la correspondiente Escritura Pública a favor de la Municipalidad.
Que habiéndose dado cumplimiento de los destinos que debía darse al terreno donado por la Sra. Hilda Carmen Díaz y ante su reclamo para realizar el traspaso del bien, único trámite faltante para concretar en forma definitiva la donación.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la Escritura Pública a favor de la Municipalidad de Ceres, de la fracción de terreno identificada como Quinta 14, Sección I, Parcela 20, inscripta el 14/02/1995 en el Libro 2, Folio 97, Nº 11.334 y Quinta 14, Sección I, Lotes 1 y 3, Parcelas 11 y 19, inscriptos el 14/02/1995, en el Libro 177-I, Folio 1264, Nº 11.334, limitados por Bvard. General López y calles J. J. Castelli y La Rioja, donados por la Sra. Hilda Carmen Díaz.
ARTÍCULO 2º) Los gastos correspondientes a dicho trámite serán a cargo de la Municipalidad, e imputados en la Partida de “ORDENANZAS ESPECIALES”, del Presupuesto Año 2005.
ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil cuatro.-