CERES, 22 de setiembre de 2005.-

VISTO:
La solicitud efectuada por la empresa TELECOM, ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad, y

CONSIDERANDO

Que la mencionada empresa solicita el permiso correspondiente para la construcción de una obra civil secundaria, para continuar con el plan de obras previstos en la sección IV de nuestra ciudad.-
Que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 59° de la Ordenanza 886/04 (Tributaria en vigencia), el proyecto debe ser presentado ante el Departamento Ejecutivo Municipal, y éste con el acuerdo del Honorable Concejo Municipal podrá autorizar, modificar o desaprobar el mismo.-
Que se han cumplimentado los pasos normados en Art. 59° de la Ordenanza Nº 886/04, por lo que corresponde resolver en consecuencia.-

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, CONFORME A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar la construcción de una obra civil secundaria, para continuar con el plan de obras previstos en la Sección IV de nuestra ciudad, otorgándole el permiso de obra correspondiente a la Empresa TELECOM, previa aprobación de los planos presentados ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad.-

Artículo 2°: La Empresa TELECOM, deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 60° de la Ordenanza 886/04 (Tributaria vigente), según corresponda al inciso a) o b) del citado artículo.-

Artículo 3°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE EL AÑO DOS MIL CINCO.-

Por bruno

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