CERES, 22 de setiembre de 2005.-

VISTO:
La solicitud efectuada por el Señor Luís Omar VERRA por la que solicita se le establezca un valor preferencial a la carga y traslado de tierra por cada 5 m3, de acuerdo a lo reglamentado en la Ordenanza Nº 886/04 (Tributaria vigente), y

CONSIDERANDO:

Que al Señor Luís Omar VERRA se le adjudicaron 4 (cuatro) lotes según Ordenanza Nº 951/05, en los que instalará una planta constructora que se dedicará a la fabricación de premoldeados de hormigón y cerámica para galpones, viviendas familiares, depósitos, tanques, bebederos, postes olímpicos, pilares para la colocación de medidores, etc.-
Que a los efectos de comenzar con el proyecto presentado oportunamente, necesita realizar un alteo del terreno, del cual no se puede determinar la cantidad necesaria de tierra a utilizar.-
Que entre otras consideraciones que se tuvieron en cuenta para la aprobación del proyecto y la adjudicación de los terrenos fue el de la inversión que se realizará y la radicación industrial y que sin dudas esto revitalizará sin dudas la demanda de trabajo en Ceres.-
Que atendiendo a la solicitud del Señor Luís Omar VERRA, para que se le establezca un precio razonable a la carga y traslado de tierra y que también se debe considerar que el precio que se fije no resulte inferior al costo fijado en la ordenanza tributaria vigente a los efectos de resentir las arcas municipales.-

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, CONFORME A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar el costo de carga y traslado de tierra que solicite el Señor Luís Omar VERRA para el alteo de los terrenos adjudicados por la Municipalidad de Ceres según Ordenanza 951/05, según lo reglamentado en el Artículo 61° incisos d) y f) de la Ordenanza 886/04 (Tributaria vigente), independientemente de la cantidad que solicite.-

Artículo 2°: La carga y traslado de tierra que demande este proyecto se realizará conforme la planificación y/o posibilidades de cumplimiento de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CERES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

Por bruno

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