CERES, 17 de octubre de 2005.-
VISTO:
La solicitud efectuada por la Empresa TELECOM, ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada empresa solicita el permiso correspondiente para la construcción de una obra civil secundaria para continuar con el plan de obras previstos en la Sección II de nuestra ciudad.
Que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 59º de la Ordenanza Nº 886/04 (Tributaria en vigencia), el proyecto debe ser presentado ante el Departamento Ejecutivo Municipal y éste con acuerdo del H. Concejo Municipal podrá autorizar, modificar o desaprobar el mismo.
Que se han cumplimentado los pasos normados en el Art. 59º de la Ordenanza Nº 886/04, por lo que corresponde resolver en consecuencia.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar la construcción de una obra civil secundaria, para continuar con el plan de obras previstos en la Sección II de nuestra ciudad, otorgándole el permiso de obra correspondiente a la empresa TELECOM, previa aprobación de los planos presentados ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad.
ARTÍCULO 2º) La empresa TELECOM deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el Art. 60º de la Ordenanza Nº 886/04 (Tributaria en vigencia), según corresponda al Inciso a) o b) del citado artículo.
ARTICULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los seis días del mes de octubre de dos mil cinco.