CERES, 5 de Junio de 2006.-
VISTO:
La solicitud de instalación de una torre autoportante para telefonía celular de la empresa TELEFONICA COMUNICACIONES S.A. ( MOVISTAR), en la zona rural de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa TELEFONICA COMUNICACIONES S.A. (MOVISTAR), ha cumplimentado los requisitos exigidos para la autorización de la instalación de la torre mencionada.-
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, ha hecho llegar a este Honorable Concejo Municipal, todos los antecedentes que obran en nuestro poder, con respecto a la autorización de la Fuerza Aérea, la ubicación catastral del lote donde se instalará y la comprobación de las coordenadas geográficas del mismo, los planos de obra debidamente rubricados por profesional actuante, conteniendo, Memoria de cálculo, Fundación Directa y Estudio de suelo.-
Que la instalación de la mencionada torre, permitirá a los ceresinos, la disponibilidad de un servicio más de telefonía celular que redundará en beneficio de las comunicaciones de nuestros habitantes y los de la región.-
Que para otorgar la habilitación, este Honorable Concejo Municipal considera como requisito imprescindible la inscripción de la empresa TELEFONICA COMUNICACIONES S.A. (MOVISTAR) en el Derecho de Registro e Inspección.-
Que además, para otorgar el permiso de obra definitivo, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Ceres, exigirá los aranceles correspondientes estipulados en el Capítulo VII, Artículo 70, incisos “p” y “q” de la Ordenanza Tributaria 977/06.-
POR LO QUE
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, CONFORME A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Autorizar a la Empresa TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A. (MOVISTAR), la instalación de una torre autoportante para telefonía celular, con un máximo de 45 (cuarenta y cinco) metros de altura en el terreno correspondiente a un predio rural, cuya superficie es de 131 Has. 87 as. 57 cas. 95 dm2, cuyo título se encuentra inscripto bajo el Número 98657, folio 1011, tomo 201, sección propiedades, ubicado en el Distrito Ceres, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, propiedad del SR. Bautista DALMASSO, según contrato obrante en el expediente, en un todo de acuerdo al legajo presentado oportunamente ante este Concejo Municipal.-
ARTICULO 2°: Requerir a la Empresa TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A. (MOVISTAR), la inscripción en el Derecho de Registro e Inspección.-
ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos requerirá para el permiso definitivo de obra, lo estipulado, en el Capítulo VII, Artículo 70, incisos “p” y ”q” de la Ordenanza Tributaria N° 977/06
ARTICULO 4°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publìquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los treinta días del mes de mayo de dos mil seis.-