CERES, 24 de mayo de 2005.-

VISTO:

La solicitud del Sr. HÉCTOR RUBÉN BERTERO, por la que solicita comprar un terreno de propiedad municipal, y

CONSIDERANDO:

Que además del Sr. Héctor Rubén Bertero, hay otros interesados en el mismo tema.

Que se consultó al Departamento Ejecutivo Municipal, y la Municipalidad dispone de lotes, que por su ubicación y dimensiones no tienen una utilidad pública, y se puedan disponer a la venta a interesados privados a través de un llamado a licitación.

Que por tales lotes el Municipio no percibe tributos pues éste es titular dominial de los inmuebles.

Que por el contrario, la propiedad de inmuebles ociosas genera gastos de mantenimientos que son soportados por el conjunto de la población.

Que adjudicados y estructurados los lotes, se incorporarán nuevos contribuyentes que aportarán sus tributos a las arcas municipales.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta mediante licitación pública de los lotes de propiedad privada municipal, identificados catastralmente como:
1. Lote B – Manzana XI, Quinta 21, Sección II, P. I. I. Nº 33699/002.
2. Lote 6 a – Manzana II, Quinta 19, Sección II, P. I. I. Nº 33645/0008.
3. Lote 10 – Manzana B, Quinta 10, Sección II, P. I. I. Nº 33596/0043.
4. Lote 13 – Manzana B, Quinta 10, Sección II, P. I. I. Nº 33596/0046.
5. Lote 20 – Manzana B, Quinta 10, Sección II, P. I. I. Nº 33596.
6. Lote 14 – Manzana A, Quinta 10, Sección II, P. I. I. Nº 33596/0075.

ARTÍCULO 2º) La licitación se formalizará con una base según el siguiente detalle:
1. Para los lotes mencionados en los puntos 1 y 2, $ 2.100.- (pesos dos mil cien).
2. Para los lotes restantes (3 al 6), $ 1.700.- (pesos un mil setecientos).

ARTÍCULO 3º) El pago del precio de los lotes, podrá realizarse en un plazo de hasta doce (12) cuotas iguales y consecutivas. La falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas o cinco (5) alternadas dará lugar a la Municipalidad a dejar sin efecto la venta y sin reclamo alguno por parte del comprador de las cuotas abonadas.

ARTÍCULO 4º) Quienes optaren por el pago de contado gozarán de un descuento de hasta el diez (10) por ciento siempre y cuando el importe final no sea menor a la base impuesta.

ARTÍCULO 5º) El importe que resulte de la venta será imputado en el Presupuesto 2005/2006.

ARTÍCULO 6º) La venta se formalizará a través de boleto de compra-venta, estando a cargo a partir de esa fecha en adelante los pagos por Tasa General de Inmuebles y otros servicios que le correspondieran a cargo del comprador.

ARTÍCULO 7º) Adjudicados y abonados los lotes se elevarán los antecedentes de dominio a los Escribanos. La escritura traslativa de dominio deberá ser otorgada en un plazo de dos (2) meses como máximo a partir de la fecha de cancelación del precio total del lote. Los gastos de escrituración son a cargo del comprador. Vencido dicho plazo la Municipalidad podrá iniciar las acciones judiciales correspondientes para lograr la escritura traslativa de dominio.

ARTÍCULO 8º) Facultase al DEM a confeccionar el Pliego de Condiciones del Llamado a Licitación Pública sin costo.

ARTÍCULO 9º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese, comuníquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cinco.-

Por bruno

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