CERES, 2 de Febrero de 2007.-

VISTO:

La sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 1047/07 de fecha 18/01/07, y

CONSIDERANDO:

Que en el Art. 1º de la mencionada ordenanza se afecta una fracción de terreno de 7,50 metros (siete metros con cincuenta centímetros) correspondientes a superficie destinada a veredas y espacios verdes para ser anexadas al terreno destinado a la construcción de un C. I. C. máximo en nuestra ciudad.

Que para cumplimentar dicho trámite y disponer la fracción de terreno, se debe desafectar el mismo del uso público al uso privado, realizar la correspondiente mensura y tramitar el título ante el Registro General.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Desaféctase del uso público al uso privado una fracción de terreno correspondiente a la Manzana “B” de la Sección II de nuestra ciudad, que mide 7,50 m. (siete metros con cincuenta centímetros) en sus frentes a las calles Pte. Juan Domingo Perón y Pasaje Juan Manuel Estrada por 57,50 m. (cincuenta y siete metros con cincuenta centímetros) sobre el Pasaje Melián encerrando una superficie total de 431,25 m. (cuatrocientos treinta y un metros con veinticinco centímetros cuadrados).

ARTÍCULO 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a realizar la correspondiente mensura para regularizar la situación parcelaria y tramitar el correspondiente título de propiedad durante el Registro General.

ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, el día primero del mes de febrero de dos mil siete.-

Por bruno

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