CERES, 18 de abril de 2007.-
VISTO:
La sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 1030 de fecha 01/11/2006 y su modificatoria la Ordenanza Nº 1057 de fecha 14/03/2007 y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo de las ordenanzas mencionadas en el Visto, son la donación de terrenos a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de viviendas por el sistema de cooperativas de trabajo 2ª y 3ª etapa.
Que atento a que la donación que se realiza se hace en base al orden de los lotes según plano de mensura Nº 14.012, confeccionado por el Agrimensor Nacional, Don Héctor B. Oddone,
Que para cumplimentar con lo requerido por la D. P. V. y U. para la construcción de la 2ª y 3ª etapas de viviendas por el sistema de cooperativas de trabajo, es necesario realizar una nueva mensura y subdivisión, tarea que se esta realizando, contando este Concejo con un anteproyecto de la nueva subdivisión.
Que por lo tanto, se hace necesaria la derogación de las mencionadas ordenanzas y la sanción de una nueva a los efectos de realizar la donación de los terrenos de tal manera que resulte la forma más justa posible con el menor sobrante.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN BASE A LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Derogase en todos sus términos las Ordenanzas Nº 1030 de fecha 01/11/2006 y Nº 1057 de fecha 14/03/07.
ARTÍCULO 2º) Transfiérase en donación a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, los Lotes 1 a 7, 8 y 18, de la Manzana XXIX, Quinta 14, Sección I, para ser afectados a la construcción de 16 (dieciséis) viviendas correspondientes a la 2ª etapa y 2 (dos) viviendas correspondientes a la 3ª etapa de viviendas por el sistema de cooperativas de trabajo.
ARTÍCULO 3º) Transfiérase en donación a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, los Lotes 2 a 14 , 17 y 18 de la Manzana XXVIII, Quinta 14, Sección I; Lotes 6 a 10, 12 a 17 y 23 a 25 de la Manzana XXXII, Quinta 13, Sección I; y lotes 3 a 7 de la Manzana XXXIII; Quinta 13, Sección I, para ser afectados a la construcción de 54 (cincuenta y cuatro) viviendas por el sistema de cooperativas de trabajo 3ª Etapa.
ARTÍCULO 4º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil siete.-