CERES, 6 de Junio de 2007.-
VISTO:
La sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 1066/07 de fecha 03/04/2007, y
CONSIDERANDO:
Que los términos de la misma vencieron el día 31/05/2007 inclusive.
Que se presentaron con posterioridad al cierre de la misma con intenciones de celebrar convenios de pago de los distintos tributos.
Que por tal motivo es conveniente prorrogar los efectos de la Ordenanza N° 959/05, modificatoria de la Ordenanza Nº 832/01, hasta el día 31/07/2007 inclusive.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CERES, CONFORME A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°) Prorrogase en su totalidad, la Ordenanza Nº 959/05, modificatoria de la Ordenanza 832/01, hasta el día 31/07/2007 inclusive.-
ARTICULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los cinco días del mes de junio de dos mil siete.-