CERES, 5 de Julio de 2007.-

VISTO:

La sanción de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Ley, el Gobierno de la Provincia crea el Fondo para la construcción de Obras para el interior en Municipios de Segunda Categoría y Comunas.

Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo.

Que esta Municipalidad ha evaluado las obras públicas prioritarias para el distrito, siendo éstas la de Vialidad Urbana en Avenida Italia.

Que dicha obra se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Solicitase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de la Obra Vialidad Urbana en Avenida Italia.

ARTÍCULO 2º) Facultase al señor Intendente, Don Camilo Enzo Busquets, DNI Nº 12.814.275, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorizase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los cinco días del mes de julio de dos mil siete.-

Por bruno

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