En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de agosto de dos mil ocho, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo legislativo en COMISIÓN INVESTIGADORA, para tratar los siguientes puntos:
1. Aprobación Decreto de su constitución.
2. Puntos a investigar.
3. Designación de dos representantes para dialogar con asesores contables.
PUNTO 1) El Pte. dice que es ésta la primera reunión de la CI, donde todo el Concejo decidió constituírla. A continuación, da lectura al Decreto Nº 024, que establece lo siguiente: “VISTO: El estado de situación económico-financiero por el cual atraviesa este Municipio, y CONSIDERANDO: Que este Honorable Concejo Municipal, desde hace un tiempo atrás, viene requiriendo información que le permita conocer el real estado de las cuentas Municipales al Departamento Ejecutivo Municipal y que éste retacea o niega dicha información. Que a su vez, este órgano legislativo no puede realizar un estricto y necesario control, habida cuenta del atraso que el Ejecutivo tiene en la remisión de la documentación que obligatoriamente debe remitir al Concejo, de acuerdo a lo normado en la Ley 2756 (Orgánica de Municipalidades). Que siendo voluntad expresa y unánime de este Cuerpo Legislativo, encontrar la forma adecuada para saber fehacientemente el estado financiero-económico del Municipio, y qué lo condujo a ello, decidió realizar una Auditoría externa, hecho que no se encuentra bien claro si es posible, en la Ley 2756, dado que ésta prevé, en su Artículo 39, Inc. 69, la creación de una Comisión Investigadora. Que atento a lo mencionado anteriormente, y con el ánimo de no incurrir en errores o cuestiones que puedan plantearse como ilegales o inconstitucionales, este Concejo solicitó un dictamen a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas dependiente del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, dando origen al Expte. Nº 00103-0037007-3, del que se pueden destacar los siguientes párrafos del referido dictamen: “Cabe señalar que entre las atribuciones de los Concejo Municipales establecidos en el Art. 39 de la Ley 2756, se encuentra aquella de nombras de su seno comisiones investigadoras, las que tendrán como misión informar sobre la marcha de la administración municipal o sobre irregularidades que cometiere el personal, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal ordenar a Jefes o empleados que se pongan a sus órdenes prestando la debida colaboración – inciso 9-, mientras que otras atribuciones, le corresponde al Intendente Municipal informar anualmente al Concejo, en la apertura de sesiones Ordinarias, sobre el estado general de la administración durante el ejercicio fenecido – art. 41 inc. 13- también suministrar verbalmente o por escrito, por sí o por medio de sus secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo, art. 41 inc. 14.-“.- “Así las cosas, entendemos que como primer medida, en el marco del Art. 39 inciso 69, y como organismo de control del otro órgano que integra el ente municipio, disponga la constitución de una comisión investigadora, dictando la resolución correspondiente en la que se encuentren mencionados los temas o aspectos a investigar.- Esta comisión debe estar integrada por concejales, pero pueden recurrir a asesores en la materia que colaboren en la tareas.-“ Que siendo voluntad indeclinable de este concejo, la de constituir una comisión investigadora, en sesión ordinaria de este cuerpo, de fecha 05/08/08, se resolvió la creación de la misma, la que funcionará de acuerdo a lo normado en el presente.- ARTICULO 1º: Créase en el seno del Honorable Concejo Municipal, de acuerdo a lo resuelto en sesión ordinaria de fecha 05/08/08, una comisión investigadora la que estará integrada por la totalidad de sus miembros.- ARTICULO 2º: Cada uno de los integrantes en forma separada o conjunta podrán solicitar información o documentación a distintas entidades que puedan aportar elementos para concluir con el fin específico de esta comisión. ARTICULO 3º: Dicha comisión investigadora labrará actas en las que quedarán asentadas las decisiones y determinaciones que esta crea conveniente. ARTICULO 4º: La comisión investigadora, nombrará uno o más asesores, a los que facultará para llevar adelante las tareas que se determinen en las reuniones que realice ésta.- ARTICULO 5º: Los puntos a investigar serán resueltos en las reuniones de la comisión investigadora y comunicados al Departamento Ejecutivo Municipal por medio de Decretos que serán aprobados en el seno del Concejo Municipal.-
Finalizada su lectura, el Pte. dice que el último artículo dice que debe tener los puntos a investigar, pero como éstos puntos aún no están definidos en su totalidad, se puede aprobar este decreto, que deberá ser presentado en el DEM a modo de presentación como CI. La idea es que hoy se decidan una cierta cantidad de puntos y cada vez que se vayan agregando, esta CI elevará una nota al Concejo, pidiendo que éste vote si esta de acuerdo con lo que la CI pide, y elaborará otro decreto informando que se agregaron puntos para investigar.
El C. Schurrer dice que tal vez no se determinen hoy todos los puntos a investigar. Tal vez convendría conversarlo con los asesores, que son los idóneos en el tema.
El Pte. dice que justamente en este decreto, no constan los puntos. Eso se especificará en otro decreto después.
Luego de un intercambio de opiniones, se acuerda la moción.
El Pte. dice que entonces el decreto esta aprobado, pregunta entonces cuándo sería la presentación del mismo? Cuando ya tengamos la comisión con los puntos conformados?
El C. Schurrer dice que los pasos a seguir son reunirnos con los posibles asesores, por ejemplo la CPN Martha Sacripanti, y por otro lado tendríamos que analizar los puntos a investigar. Después se sugerirán otros asesores.
El Pte. dice que personalmente le gustaría que estuviese Oscar Hugo Da Silva Catela. Por otra parte dice que como primer objetivo y para que vaya quedando constancia en el acta, habría que analizar los puntos. Si estamos de acuerdo con los mismos se los llevaremos a la contadora.
El C. Trógolo da lectura a los puntos que son los siguientes:
1. Determinar el nivel de endeudamiento actual del Municipio, con un detalle de cada deudor, y su correspondiente calificación en relación a que si los trámites de ese endeudamiento corresponden dentro de una operatoria normal y fehaciente o por el contrario que no tengan base sólida en la conformación de la deuda.
2. Conciliación de las cuentas de Disponibilidades del Municipio.
3. Determinación de los déficits anuales que se produjeron desde el año 2004 a la fecha.
4. Listado de todas las personas que cobran en cualquier concepto desde el Municipio, como lo determina la Ley 12.065, al cierre de cada Ejercicio anual.
5. Seguimiento de los distintos programas, o partidas, provincial y nacional, en la cumplimentación de los compromisos en sus tiempos y formas.
6. Conformación de los cuadros de Ingresos y Egresos, y de ser factible, sugerencias que puedan solucionar el déficit corriente y sanear el endeudamiento.
7. Revisar la cumplimentación de lo que dictan las leyes, decretos, ordenanzas, reglamentaciones, en todos los actos administrativos que se llevaron adelante desde el año 2004 a la fecha (licitaciones, compre local, forma de pago, etc.)
8. Revisar la documentación que avalan los distintos pagos que formuló el Municipio, si respetan las leyes y uso y costumbres.
9. Revisar cobros de distintas tasas en un muestrario a determinar.-
El Pte. dice que esto después se puede ver modificado por los mismos asesores.
Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve entonces elevar estos puntos e informar al asesor contable.
Se trata luego, los honorarios de los asesores. El C. Schurrer dice que con la Contadora fue claro, en que no se sabe cuándo iba a cobrar.
El Pte. dice que si estamos de acuerdo con la asistencia de los profesionales de acá y nos dicen que son por ejemplo 30 mil pesos, entre esto y la universidad que son 20 mil hay diferencia. Con los contadores de acá les podemos decir que estamos de acuerdo, que cobrar van a cobrar pero no se sabe cuándo. En cambio la Universidad lo primero que va cobrar son los viáticos. Va a tener que tener asistencia continua y cuando terminen el trabajo, no se si van a esperar.
El C. Trógolo dice haber hablado con José L. Bravo y que a ellos la universidad les cobraba 50 mil.
Se acuerda luego, día y hora del próximo encuentro.
El C. Schurrer sugiere que la CI se encuentre en sesión permanente, para no fijar un día y hora.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las trece horas cuarenta minutos.-