En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, se reúnen en la sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose ausente por razones de duelo, el Concejal Héctor Sánchez, y demás Concejales presentes. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:
1 – Lectura del Acta anterior.
2 – Correspondencia recibida.
3 – Tratamiento tema TELECOM.
4 – Tratamiento solicitud remises.
PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.
PUNTO 2) Se da lectura luego, a la correspondencia recibida. Se recibió nota en la cual, propietarios y choferes de remises de base Autollamado solicitan se considere en forma especial situación respecto al tributo del derecho de registro e inspección. Ante la difícil situación que vive la ciudad, dice la nota, han sufrido una notable reducción en cuanto a la prestación del servicio y en sus ingresos, cosa que no ocurre con los gastos fijos, que siguen siendo los mismos. Agregan que tienen constantes gastos de mantenimiento para mejoras del servicio, como también las cuotas del seguro. Por ello apelan al buen criterio de éste Cuerpo, solicitando se les permita unir los autos contratados en una sociedad que denominaría Autos Contratados, de la Base Remises Autollamado, tributando así como sociedad y no como unidad, como lo están haciendo.
Finalizada su lectura se observa que las seis personas firmantes no aclaran sus firmas.
El C. Ferrero dice que en la nota se especifican las chapas de los vehículos interesados en asociarse, pero las sociedades no son por chapas de vehículos.
El Pte. dice que no hay ningún problema en que se organicen como sociedad, y que la presenten como sociedad legal.
El C. Ferrero agrega que nosotros no podemos crearles una sociedad.
El Pte. dice que, probablemente no deben querer armar una sociedad legal, sino específicamente para Ceres.
El C. Ferrero dice que pueden armar una sociedad de hecho entre varios autos, pero el tema es que no lo podemos considerar así en la medida en que como sociedad de hecho es una categoría, y puede estar inscripto como tal, con un nivel de responsabilidad de los socios y demás. Pero nosotros no podemos conceder ni reconocer una sociedad que no es tal, es más que nada una expresión de voluntad.
El C. Busquets dice que tienen que conformarse como sociedad para empezar.
El C. Ferrero dice que sí, vienen a la Municipalidad y se cambian en el Derecho de Registro e Inspección, se anotan como sociedad, y tributan como sociedad.
El C. Cejas pregunta en qué los va a beneficiar?
El Pte. dice que ahora están pagando seis tasas del registro e Inspección, alrededor de $ 150.-
El C. Ferrero dice que cada auto constituye una unidad económica.
El Pte. dice que al hacer la sociedad van a pagar el mínimo en lugar de pagar por seis.
El C. Ferrero dice que no tiene presente lo que determina la ordenanza, pero cree que el criterio de la misma es que se tributa por unidad.
Se resuelve observar la ordenanza Tributaria que fija las alícuotas sobre el Derecho de Registro e Inspección, para las prestaciones de obras o servicios, en el cual están incluidos taxis, que fija el 0,525 %.
El C. Ferrero dice que además suponiendo que se inscriban como sociedad, van a tener que unir la facturación y van a pagar en función de la misma. Que en su defecto se paga el mínimo si esa facturación no llega a determinado tope.
Luego de un intercambio de opiniones se resuelve solicitar a los firmantes de la nota, que se aclaren sus firmas, como así también quiénes son propietarios y quiénes choferes. Porque el que tributa es el propietario, ya que tiene una explotación unipersonal del taxi. El chofer no tiene nada que ver porque es empleado y se maneja en relación de dependencia. Por otra parte se resuelve informarles que como Concejo, no se puede crear una sociedad, sino que ellos la tienen que hacer
El C. Ferrero informa que la Periodista María Elena Gómez, le acercó documentación y copias de ordenanzas, código de contravenciones en el orden comunal de San Guillermo, Moises Ville, Villa Trinidad, a raíz de la difusión de los temas relacionados a las leyes de tránsito, y que les fueran acercando a la emisora en la que trabaja.
Se resuelve luego, pasar a la Comisión conformada a los fines de estudio de adecuación de la ordenanza que hay que emitir en función de la nueva Ley de Tránsito Nacional y Provincial.
PUNTO 3) A continuación, el Pte. hace referencia luego, al tema relacionado a la tasa de Registro e Inspección de TELECOM Argentina, le informaron sobre el período 97/98, cuyos aportes por bimestre fue un promedio de $ 1.200.- y a fines de ese año llegó a $ 1.500.- Y durante este año se ha llegado a los $ 1.600.- en el bimestre que comprende los meses 9 y 10. Incluso en función de que es el 0,525 Telecom en Ceres, estaría facturando 230.000.- pesos por bimestre aproximadamente. Y a 2.500 abonados, estaría dando unos 90 pesos por bimestre por abonado aproximadamente.
Se observa el informe y se resuelve dejar en archivo de éste Concejo.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintidós horas treinta minutos.-