En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de agosto de dos mil uno, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al  tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

 

1 – Lectura del Acta anterior.

2 – Correspondencia recibida.

3 – Tratamiento Ordenanza Prosol.

4 – Tratamiento Ordenanza espacios verdes.

 

PUNTO 1) Se da lectura al acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

 

PUNTO 2)  A continuación se da lectura a la correspondencia recibida. El Secretario de Gobierno y Cultura de la Municipalidad de Ceres, envió nota informado que durante los días 23, 24, 25 y 26 de agosto del cte. se realizará en nuestra ciudad la Selección Provincial de la XVII Fiesta Nacional del Teatro que organiza la Subsecretaría de Cultura de la provincia, apoya el Instituto Nacional del Teatro y coordina en nuestra ciudad, sede del evento, la Municipalidad y los grupos locales de teatro. En dicha oportunidad participarán elencos de las siguientes localidades y ciudades, Sunchales, Frontera, San Vicente, Rafaela, San Justo, Tostado, Elisa, Avellaneda, San Jerónimo Norte y Ceres. Tratándose de un acontecimiento de real jerarquía que acompañara el desarrollo cultural de nuestra comunidad, solicitan se analice la posibilidad de declararlo de interés municipal.

Luego de un intercambio de opiniones se resuelve favorablemente el pedido.

 

            PUNTO 3) A continuación el Pte. dice que en una oportunidad había un proyecto de ley que vino desde el Ejecutivo Provincial donde planteaba que hay municipios a los que la provincia le adeuda equis cantidad de dinero, dentro de los cuales está Ceres, a la que le adeuda 150 mil pesos, y hay una gran mayoría de Municipios que le deben a la provincia y suman una buena cantidad de dólares. Sucede que hay una ley de compensación de las deudas provinciales, la misma decía en un principio que esas Comunas o Municipios que tenían deuda a favor, que no iban más allá del millón de dólares en total, el Gobierno de las pagaba en seis cuotas. Por otro lado a los Municipios y Comunas que tenían deudas por distintos motivos, caja de jubilaciones, retenciones Iapos, etc., le daba equis años para pagar. Esa ley estuvo en la Cámara de Diputados, llegó al Senado y aparentemente en el mismo se modifica. Se desconoce con exactitud cuál es la modificación. Y ahora Diputados la tiene que volver a tratar. Por eso piden que desde todos los Concejos se acelere el trámite, enviar un pedido de aceleramiento del trámite o tratamiento de la ley de compensación de deuda.

El C. Busquets dice que tiene entendido que cuando se hace la reforma fue para pagar en cómodas y elásticas y salteadas cuotas.

La C. Cartas dice que cree que lo que le modificaron fue de seis cuotas la llevaron a doce cuotas para los que les adeudan. Y a los otros unos veinte años.

Se resuelve luego, hacer una Resolución al respecto.

Luego de un intercambio de opiniones, se da lectura al Proyecto de Ordenanza relacionado a las viviendas construidas en el marco del Programa Federal de Solidaridad Prosol en las quintas 17 y 18 de la Sección II de la ciudad de Ceres. Por la misma se fija el monto a abonar por los beneficiarios del programa Prosol en la suma de $ 3.960.- dicha suma será abonada hasta en 72 cuotas mensuales y consecutivas de $ 85.- cada una y a partir del 1º al 10 de octubre de 2001. La falta de pago implicará la mora automática del deudor y el Municipio podrá accionar judicialmente para exigir su cumplimiento y/o resolución y/o desalojo de la vivienda. Se autoriza al DEM a concretar la transferencia de dominio a favor de los adquirentes, luego de cancelado el precio de venta y con los  gastos a cuenta de éstos. Se dispone la creación de un fondo especial de vivienda municipal con las cuotas ingresadas, las que se destinarán exclusivamente a la construcción de nuevas viviendas d el mismo programa, conforme el espíritu que inspiró la creación del mismo.

El C. Busquets pregunta si en este momento se encuentra sin ningún tipo de reglamentación?

La C. Cartas dice que en un principio se les había fijado pero  nunca se hizo la ordenanza. Este es un relevamiento de las familias que viven allí.

El Pte. que en el punto en el que la ordenanza dice que los beneficiarios no podrán vender ni subarrendar la propiedad  dentro del contenido del programa que lo ha creado salvo por decisión expresa de la Municipalidad, y sólo a personas que integren el grupo familiar conveniente hasta no haber cancelado la deuda total de la vivienda. Cuando la persona cancela la deuda total de la vivienda pasa a ser el propietario, hasta ahí se necesita la autorización municipal, pero de allí en adelante la persona es propietaria.

Finalizada su lectura, el C. Busquets se compromete en analizar el informe en detalle y dar una respuesta para la semana próxima.

 

            PUNTO 4) A continuación, se procede a dar  tratamiento al proyecto de ordenanza sobre mantenimiento de  los espacios verdes, presentada en la sesión anterior.

En relación a la misma el Pte. dice que puntualmente el criterio cambiado en esta ordenanza con respecto a la anterior, es respecto a las veredas y los espacios verdes frente a una propiedad. La ordenanza vieja decía que no podía ser utilizado para nada, y la nueva dice que sólo puede ser utilizada por sus ocupantes para estacionar un vehículo en el acceso al garaje. Y realizar actividades que no impliquen una estructura fija y no generen molestas a los vecinos, no dañen el medio ambiente, respeten las normas establecidas para cada actividad y que no imposibiliten la normal circulación de los peatones. Hoy los hechos nos muestran que se hace, la ordenanza anterior decía que no se podía pero en la práctica se hace. Por eso se busca la alternativa que si lo hace que se ajusta a lo que determina la ordenanza. Otra cosa que establece la ordenanza, es que a quien no cumplimente con los artículos de ésta ordenanza hará pasible de sanciones.   

Luego de un intercambio de opiniones se aprueba sobre tablas.

 

            No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintitrés horas quince minutos.-

Por bruno

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