ORDENANZA N° 1373/2014

 

CERES, 15 de Julio de 2014.-

 

VISTO:

 

La necesidad de lograr un lugar para esparcimiento y recreación, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mismo sería un parque recreativo y deportivo, que cuente con un parque arbolado, asadores, cancha de fútbol, cancha de rugby, hockey y otras disciplinas deportivas.

 

Que podría ubicarse en el terreno situado a la vera de la Ruta 17, km 3.7 (pasando el cementerio local).

 

Que en dicha parcela se encuentran una serie de árboles de distintas especies que conforman el lugar ideal para la creación de un parque recreativo.

 

Que si bien hoy parece un lugar alejado, algunas disciplinas deportivas como el fútbol, rugby, hockey y mountain bike, no cuentan con un lugar apropiado para la práctica, por lo que se considera el predio citado, adaptable a estos fines.

 

POR LO QUE:

 

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°) Destínese parte del terreno ubicado a la vera de la Ruta 17, km 3.7, Polígono PA – Manzana 0000 – Parcela 00354, para que sea destinado como PARQUE RECREATIVO y DEPORTIVO, en el cual se conforme lo siguiente:

  • Una (1) cancha de RUGBY.
  • Una (1) cancha de HOCKEY sobre césped.
  • Una (1) cancha de FÚTBOL.
  • Una (1) pista para practicar MOUNTAIN BIKE.

 

ARTÍCULO 2°) En la zona arbolada, preservar las especies ya existentes, agregando nuevas si fuese necesario, y conformar un parque de recreación y descanso, con asadores y mesas.

 

ARTÍCULO 3°) Prohíbese la práctica de cualquier tipo de deporte motor, en el predio que se crea en la presente ordenanza.

 

ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los catorce días del mes de julio de dos mil catorce.-

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