ORDENANZA N° 1375/2014
CERES, 29 de Julio de 2014.-
VISTO:
El programa del Ministerio de Educación de la Nación, denominado “Playones de Uso Escolar Prioritario”; y
CONSIDERANDO:
Que este programa que el Gobierno Nacional ha puesto en marcha, le permitirá a las jurisdicciones municipales, que adhieran al mismo, la construcción de playones con fines deportivos de recreación para la población en general.
Que obras de esta naturaleza, permiten poner a disposición de la comunidad, un lugar de sana recreación y de práctica deportiva, lo que indudablemente lo convierte en un importante instrumento para el sano desarrollo de nuestros jóvenes.
Que el Ministerio de Educación, dispone que el proyecto a presentar, como así también, la posterior ejecución del mismo, se efectúe dentro de las disposiciones de la Resolución Ministerial N° 1304/2013 y modificatorias.
Que la Resolución establece de manera precisa, un instructivo con todos los pasos a seguir para la contratación de la obra de infraestructura y también determina el formato que deben tener los Pliegos y Bases de Condiciones a utilizarse para el correspondiente Llamado a Licitación.
Que los montos establecidos por el Ministerio de Educación de la Nación que determina el carácter de la licitación a efectuar, difieren de los normados por la Ordenanza N° 1354/2014, por caso la Nación establece que las obras a contratarse que tengan un costo superior a $ 1.200.000.- (pesos un millón doscientos mil), serán por Licitación Pública y las que si costo esté por debajo de ese importe, se ejecutarán efectuando una Licitación Privada.
Que el cumplimiento de la normativa ministerial resulta imperativo para el municipio, en tanto se quiera llevar adelante este importante programa de alto impacto social, es por esto que se torna necesario adherir a las disposiciones legales del mismo.
Que el programa cuenta con una página de internet específica (http://playonesdeportivos.wordpress.com), donde se pueden consultar los lineamientos del mismo, el marco operativo, los beneficios derivados de su utilización y toda normativa aplicable.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Dispónese adherir en todos sus términos a la Resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 1304/2013 y sus modificatorias, y aplíquese la misma al cumplimiento y ejecución por parte del Municipio de Ceres, al Programa denominado “Playones de Uso Escolar Prioritario”.
ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil catorce.-