ORDENANZA Nº 1429/2016

CERES, 13 de ENERO  de 2016.-

 

VISTO:

La solicitud de actualización en los valores del servicio de agua potable y cloacas, presentado por la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., ante este Cuerpo Legislativo en fecha 15/12/2015, y

 

CONSIDERANDO:

Que es facultad de este Honorable Concejo Municipal, aprobar o rechazar las tarifas solicitadas por  la Cooperativa, de acuerdo a lo normado en al Artículo 17º de la Ordenanza Nº 765 de fecha 23 de abril de 1.999.

Que la Cooperativa ha elevado a este Órgano Legislativo, los cuadros de ingresos y egresos donde surge con claridad, la necesidad de realizar un ajuste en el cuadro tarifario, debido a los costos de producción que requieren dichos servicios para que los mismos sigan siendo prestados a la comunidad con la calidad que los mismos requieren.

Que este Honorable Concejo Municipal entiende que el ajuste solicitado es razonable y se ajusta a los cuadros presentados por la cooperativa.

 

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN BASE A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO  1º)  Autorizase a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. a reajustar los valores de los servicios de agua potable y cloacas, normados en la Ordenanza Nº 1412, de fecha 9 de SETIEMBRE de 2015, los que quedarán fijados de la siguiente manera:

  1. a) Servicio Agua Potable:
  • 1- Cargo fijo                                    $ 35.85.- (pesos TRENTICINCO con 85/100)
  • 2- Excedente sobre 1 m3 hasta 5 m3                 $ 20.85.- (pesos VEINTE con 85/100)
  • 3- Excedente sobre 5 m3 hasta 15 m3                 $ 25.04.- (pesos VEINTICINCO con 04/100)
  • 4- Excedente sobre 16 m3 hasta 20 m3               $ 30.02.- (pesos TREINTA con 02/100)
  • 5- Excedente consumo más de 21 m3 $ 39.03.- (pesos TREINTINUEVE con 03/100)
  1. b) Servicios de cloacas:
  • Tarifa mensual por conexión                 $ 86.40.- (pesos OCHENTISEIS con 40/100)

 

ARTICULO   2º) La vigencia de la presente, será a partir de la promulgación de la misma.-

ARTICULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS.-

 

 

 

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