ORDENANZA N° 1494/2017
CERES, 16 de Noviembre de 2017.-
VISTO:
El loteo realizado por la familia Muhn, a la vera de la Ruta 17, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 2012 fue incorporado a la zona urbana, a través de la ordenanza N° 1291/2012.
Que la mencionada ordenanza habla de la incorporación de las nuevas áreas y el uso específico destinado.
Que en la incorporación de los terrenos, en ese momento, no estipulaba apertura de calles. Que se determine nombre de barrio a esa incorporación.
Que por su ubicación y por sus urbanizaciones vecinas y para un mejor ordenamiento, correspondería agregarlos al nombre de RESIDENCIAL AMÉRICA.
Que al día de hoy se han comercializado lotes y se ha comenzado a construir y es de imperiosa necesidad dar nombre a calles con sentido SO y NE.
Que las calles que corren paralelas a la Ruta 17 continuarán con el nombre que nace en Avenida Tristán Malbrán y termina en Blas Parera.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Desinar con el nombre de “Barrio Residencial América” a las parcelas incorporadas en la Ordenanza N° 1291/2012.
ARTÍCULO 2°) Desígnase con los nombres que a continuación se detallan, a las calles del nuevo sector del Barrio Residencial América.
- Desígnese con el nombre de Juvenal Muhn a la primer calle pública con dirección SN, paralela a Santiago del Estero, desde Ruta 17 hasta intersección calles Los Pinos.
- Desígnese con el nombre de Concejal Apolo Boichenco, a la segunda calle pública con dirección SN, paralela a Juvenal Muhn, desde Ruta 17, hasta intersección con calle Los Adebules.
- Desígnese con el nombre de Concejal Juan Fiore, a la tercer calle pública con dirección SN, paralela a Apolo Boichenco, desde Ruta 17, hasta intersección con calle Los Abedules.
ARTÍCULO 3°) El sentido de las calles incorporadas con nombres en la presente ordenanza, será de doble sentido, y la numeración de las viviendas será del número 1 de Sur a Norte, desde Ruta 17, para cada calle.
ARTÍCULO 4°) Instálese la cartelería correspondiente.
ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres a los nueve días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.-