ORDENANZA N° 1556/2018
CERES, 16 de Noviembre de 2018.-
VISTO:
La Ley N° 12.306, el Decreto N° 251/09 del Poder Ejecutivo Provincial y la Ley N° 13.750, y
CONSDIERANDO:
Que la mencionada ley acuerda a Municipios y Comunas, la facultad de modificar la tasa testigo fijada por la provincia para la emisión anual del Impuesto Patente única sobre vehículos radicados en cada una de sus respectivas jurisdicciones.
Que la tasa testigo es la prevista en la Ley Impositiva Anual, puede ser variada hasta en un diez por ciento (10%) en más o en menos respectivamente.
Que la Administración Provincial de Impuestos ha generado y aprobado mediante Resolución General N° 036/10, modificada por Resolución General N° 015/11 –API, una aplicación en el sitio www.santafe.gov.ar- Tema: Impuestos – Subtemas: Patente única sobre vehículos – Servicios de API para Municipios y Comunas – Servicios con Clave Fiscal – Parámetros de Emisión Anual de Patente – Tasa Testigo – Ley N° 12306, la cual permite a las Municipalidades y Comunas, la generación del formulario informático mediante el cual notifican fehacientemente y con carácter de Declaración Jurada, los datos de la Ordenanza que dispone la modificación de la tasa testigo fijada por la provincia.
Que este servicio informático se encuentra disponible entre el 1° de Octubre y el 30 de Noviembre de cada año, para que cada Municipio o Comuna disponga el incremento y/o disminución de la tasa testigo para la emisión del año siguiente del Impuesto Patente única sobre vehículos.
Que resulta de relevancia para la Municipalidad, poder contar con los recursos que se generen por aplicación de la presente norma, de modo de permitirle al Estado Local, realizar las obras y servicios públicos proyectados, atendiendo así mismo a la creciente demanda social que se produce por la difícil situación de contexto nacional.
POR LO QUE:
EL CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Solicítase al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, un incremento en el orden del 20 % en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 12.306 para el Ejercicio Año Fiscal N° 2019.
ARTÍCULO 2°) Notifíquese acerca de lo dispuesto por la presente ordenanza a la Administración Provincial de Impuestos.
ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Ceres, a los quince días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.-