En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil dieciocho, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las doce horas, el concejal señor DANTE WEDER, asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

  1. Lectura del acta anterior.
  2. Anteproyecto Bar Ferrocarril.
  3. Declaración CCAO
  4. Respuesta a pedido de informe – DEM.
  5. Decreto DEM.
  6. Convenio UNL.

PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

PUNTO 2) A continuación, se observa el plano y fachada presentado por los vecinos interesados en el proyecto de remodelación del edificio del predio del ferrocarril, para explotación de un bar.

El C. Fiore dice que además se le había pedido el costo de la obra.

Se les consulta sobre las dimensiones y medidas del acceso.

Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba sobre tablas y se eleva al DEM, en función de la ordenanza anterior.

PUNTO 3) Declaración CCAO. La misma proviene del Bloque del Pj, y dice lo siguiente: “VISTO: El Ascenso del Club Central Argentino Olímpico de Ceres a La Liga Argentina de básquetbol. Y CONSIDERANDO: Que dicho ascenso es alcanzado por primera vez en la historia de nuestra comunidad por un equipo ceresino. Que el objetivo alcanzado por el club Central Argentino Olímpico, sus títulos, ascensos y festejos, se corresponden con la intensidad del camino recorrido, dos triunfos en torneos de la Rafaelina, cuatro del Noroeste, el ascenso del Provincial de Santa Fe al Federal y la Liga Argentina. Que tanto el equipo técnico como sus jugadores. a cargo de los profesores Enrique Lancellotti, Juan Pablo Trógolo y en la parte física, Juan Bracamonte, no solo llevan al Club Central a este nivel de competencia, sino que llevan representados a toda una comunidad, CERES, que se eleva y engrandece en la pasión y el corazón de cada uno de los integrantes del plantel. Cada ceresino ha vivido y sentido esta meta cumplida y por ello debemos decir como Institución, como sociedad y como ciudad que nos sentimos parte de esta gran victoria. Que el proyecto a caminar en la próxima instancia implica además una gran responsabilidad y sacrificio que no solo debe afrontar el plantel, su comisión directiva o la subcomisión de dicha disciplina, sino además conllevar el fuerte compromiso social e institucional en acompañar y apoyar en todo su desarrollo a fin de que podamos juntos mantener erguido y en lo alto al Básquet de nuestra comunidad. D E C L A R A C I O N Art. 1: Declárese de interés municipal el ascenso alcanzado por el CLUB CENTRAL ARGENTINO OLIMPICO, a la Liga Argentina. Art. 2: Elévese copia de la presente a la comisión directiva del Club Central Argentino Olímpico y al equipo técnico del Plantel de Basquetbol de primera categoría, a sus efectos.”

La C. Giovannini dice que se va a extender copia a cada integrante del equipo.

El C. Balzarini dice que si. Porque es un reconocimiento a cada uno. Tiene sentido.

La C. Giovannini dice que el día lunes ellos podrían. Pero todavía no pueden confirmar porque hoy les surgió un partido mas. Vamos a estar supeditados al tiempo de ellos.

Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba sobre tablas.

PUNTO 4) Respuesta a pedido de informe del bloque ucr: “Por medio de la presente procedemos a dar formal respuesta a vuestro Pedido de Informes de fecha 18 de mayo del corriente. 1) El Municipio de Ceres no integra o participa, en ningún caso, de ninguna señal radial o televisiva. 2) No existe ninguna relación contractual entre el Municipio y la empresa CH Sistemas respecto de un servicio de Televisión. 3) El Municipio ha suscripto un contrato de comodato sobre un inmueble ubicado en el predio del Ferrocarril (el que antiguamente ocupara la Asociación de Músicos Ceresinos), el cual será remitido a ese Concejo para su aprobación. El mismo se pacto sobre la base del compromiso de la empresa de su reconstrucción y puesta en valor, dado que el inmueble se encontraba en total estado de abandono. Todas las inversiones son a cargo de la empresa. No existe compromiso alguno de aporte económico del Municipio. 4) Las estructuras y equipos instalados en el predio son de propiedad de la empresa CH Sistemas y corresponden a los autorizados por Ordenanza de ese Concejo Número 1480. 5) El Municipio persigue el objetivo general de que la Ciudad se desarrolle y crezca. Propicia y trata de incentivar a que empresas e inversores privados apuesten por nuestra Ciudad. Desde el inicio esta gestión ha dado lugar a innumerables emprendimientos productivos de toda índole. Busca generar nuevas oportunidades que beneficien a la comunidad y generen nuevas y genuinas fuentes laborales. Se propicia la competencia y la libre elección. El beneficio que se persigue es el bienestar general por sobre cualquier interés particular. 6) El Estado Municipal esta facultado y abocado a analizar, estudiar, acompañar, propiciar, tutelar a todos los que de alguna forma deciden invertir en nuestra Ciudad. Esta Administración creó el área de Producción dentro del Municipio con rango de Secretaría, la cual estudia, busca y coordina las oportunidades de inversión que se presentan. Puede o no consultar con los privados, situación que queda reservada al ámbito interno de la Administración. 7) Si se ha evaluado, la empresa ha presentado un plan de inversiones y desarrollo de su actividad donde informa que se crearan nuevas fuentes de trabajo para los Ceresinos de entre 8 y 10 personas. 8) La empresa ha presentado entre sus antecedentes el desarrollo de su actividad en otras localidades, ellas son: Moisés Ville, Lehman, Raquel, Humberto Primo en provincia de Santa Fe, Villa Angela, Villa Berthet, La Escondida, Tres Isletas y Miraflores en la provincia del Chaco, San Miguel de Tucumán en la provincia de Tucumán. La sede social es en la calle 20 de junio 1027, Videla Pcia de Santa Fe. 9) La empresa instalará sus oficinas comerciales en el inmueble que solicitó en comodato ubicado en el predio del ferrocarril. En referencia a esto ver lo informado en el punto uno del presente. 10) La empresa, de acuerdo a la documentación presentada, cuenta con la autorización del ENACOM de acuerdo a la Resolución 7574-E/2016 de fecha 7/11/2016. Publicada en el Boletín Oficial en fecha 15/11/2016.”

Se toma conocimiento y se archiva.

PUNTO 5) Decreto DEM: “DECRETO 3104/2018. VISTO: La vigencia de la ordenanza N 1537, de fecha 19 de Junio de 2018, en la cual regula la contribución de mejoras de la obra de gas natural; y CONSIDERANDO: Que en la citada normativa, precisamente en el Inciso C del articulo 5, establece la facultad de este departamento ejecutivo para que establezca planes de pago especiales y/o en su caso el no cobro de la contribución de mejoras establecida en la norma. Que a los fines de aclarar diferentes situaciones que se presentaron, corresponde la reglamentación y establecimiento de  situaciones planteadas por los vecinos. Hay que tener en cuenta ciertas circunstancias, como ser los propietarios de vivienda única y familiar beneficiarios de la obra que sean personas que perciban haberes de jubilación y/o pensión con la mínima establecida, personas con discapacidad, instituciones de bien publico legalmente constituidas. Cabe hacer diferencias entre dichas situaciones, a los fines de determinar un importe de pago de obra simbólico, y/o exención según la categoría que se determine. Los beneficios que se contemplen en esta norma, serán a petición de parte interesada ante la Municipalidad de Ceres, quien emitirá el correspondiente dictamen, previo informe socio económico del área de Servicio Social, y acreditación de vivienda única con el informe respectivo. Que atento a las facultades del INTENDENTE MUNICIPAL conforme a la ley 2756 y modificatorias, se DECRETA: Art. 1) Dispóngase importe de obra simbólico de pesos dos mil quinientos para los beneficiarios de la obra de gas que sean jubilados y/o pensionados con haberes de la mínima y propietarios de vivienda única y familiar. Dicho importe podrá ser abonado en hasta doce cuotas sin intereses a petición del contribuyente. Art. 2) Exímase del pago de la contribución de mejoras de gas natural a las personas con discapacidad, propietarias de vivienda única y familiar. Art. 3) Exímase del pago de la contribución de mejoras de la obra de gas natural a Instituciones de bien publico legalmente constituidas. Art. 4) Remítase el presente decreto al Concejo Municipal ad-referéndum de su contenido.”

El C. Balzarini dice que, si ya es un decreto no tiene sentido que lo trate el Concejo como ad-referéndum, si ya decretó el Intendente. Es para tomar conocimiento, porque el decreto del Ejecutivo es autónomo, mas allá de que estemos de acuerdo o en desacuerdo no tenemos nada para aprobar. Se entendería como un decreto reglamentario de la ordenanza, siempre sale una ley principal y después el ejecutivo reglamenta. Siempre en lo legislativo se realiza la ordenanza, y después el ejecutivo cuando la va a implementar, normalmente hace un decreto reglamentario, donde pone la letra chica de lo que interpreta de esa ordenanza, que a veces va en línea de lo que se escribió, y a veces separa de un lado a otro de acuerdo a como quiere el Ejecutivo aplicarlo.

La C. Giovannini dice que si. Queda adentro porque se basa en virtud de la ordenanza que ya fue aprobada. Se está especificando o se redujo un poco la generalidad de los puntos.

El C. Balzarini dice que si. Porque sino la ordenanza tal cual estaba escrita no eximia a nadie ni aceptaba a nadie, no hacia una diferenciación.

La C. Giovannini dice que si. Era muy general. En eso constaba también de poder evaluar cada caso particular, a veces lo individual o lo particular no lo podes conjugar específicamente en un cuerpo legal, sino que tenés que dejar un articulo que sea general para después prenderte de eso, y de ahí recepcionar cada caso.

El C. Balzarini dice que si. Además esa excepción, que es la que pedimos nosotros, que lo equiparamos a la categoría C, de la Cooperativa de Agua Potable, que eran los que no podían pagar, ese inciso del articulo no estaba previsto en la ordenanza presentada por el Ejecutivo inicialmente. Ese articulo se incorporó como modificación nuestra. Y a raíz de esa modificación nuestra hoy el Ejecutivo puede hacer este decreto.

La C. Giovannini dice que es una modificación que se fue hablando. Hay tanta confusión en la gente que si seguimos no vamos a llegar a ningún lado.

El Pte. dice que si. Tengamos fe en que va a salir todo bien y que le vamos a hacer llegar el gas a toda la comunidad.

PUNTO 6) Convenio UNL. Mail recibido explicando el contenido: “Mi nombre es Pablo Berti, de la ciudad de Santa Fe capital, concejero estudiantil en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Litoral, me comunico con este medio para poder enviar el convenio de cooperación con la UNL y la póliza de seguros para estos casos. El proyecto se basa en poder celebrar dicho convenio con la Municipalidad de Ceres, para que los estudiantes de derecho oriundos de dicha ciudad, puedan realizar la practica profesional final, en alguna dependencia referida al ámbito legal en su institución. En dicha practica se deben acreditar 170 horas a convenir con el estudiante que la realice, luego un abogado matriculado deberá formar la carpeta informe para que el estudiante pueda presentarla a la hora de rendir. Es preciso aclarar que dicho convenio no exige remuneración alguna para el estudiante, y la finalidad de este proyecto es que los estudiantes provenientes de las diferentes localidades de Santa Fe, puedan tener una experiencia laboral y practica, dentro de sus ciudades de procedencia a la hora de tener una mejor inserción laboral en el futuro.”

El C. Balzarini dice que es una pasantía de un estudiante en etapa final. Que realice un trabajo en el Concejo o asesore al Concejo. Puede también hacer una permanencia de esas 170 horas acá, trabajando y viendo cosas. Y que después un abogado le firme como tutor, que le certifique que si estuvo.

El C. Fiore dice que si. Justamente a mi en el Colegio Veterinario me mandan un correo también, donde se está implementando un plan, para que profesionales incorporen alumnos a sus tareas, llevarlos al campo, entre otras cosas.

El C. Balzarini dice que si. En Esperanza esta ocurriendo, van con los veterinarios que los llevan a trabajar con ellos.

La C. Giovannini dice que en Buenos Aires las practicas se realizan desde el inicio de la carrera.

El C. Mazza dice que si. Yo me recibí y no tenia para donde ir. Vine a Ceres y les golpee las puertas a todos y nadie me ayudó, entonces dije nunca voy a hacer esto con la gente. Vi todos los que sé que están estudiando, los llamo y los invito a mi consultorio, a que vean como trabajo, a que trabajen en un paciente.

La C. Giovannini dice que si. A mi me paso exactamente lo mismo.

El C. Mazza dice que es así. Vos salís de la facultad sin una pasantía y es muy feo. Lo que se hace acá en el secundario también esta perfecto, las pasantías.

La C. Giovannini dice que si. Hay que enviar copia al Municipio. Porque va dirigido ahí, no corresponde al Concejo. Si es especifico para el Concejo si, sino lo decide el Municipio. Hay muchos campos a donde se podría designar los alumnos, y todas esas áreas dependen del Municipio.

 

No siendo para más, se da por finalizada la sesión, siendo las trece horas treinta minutos.-