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CERES, 03 de abril de 2020.-

DECLARACIÓN N°246/2020

VISTO:

                La sanción de la ordenanza Nº 1536, de fecha 26 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

                               Que este Honorable Concejo Municipal adhirió en todos sus términos a la Ley nacional Nº 27053.

                               Que actualmente se encuentran en vigencia la Ley Nacional Nº 27043, que dispone la declaración de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones.

                               Asimismo se encuentra vigente la ley nacional Nº 27306, que tiene como objetivo prioritario garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas, adolescentes y adultos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA); declarando de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA), así como también la formación profesional en su detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones.

                               Asi también la legislatura provincial dicto la ley Nº 13.328, cuyo objeto es el de garantizar el derecho a la protección integral de la salud, educación, e integración social plena, de todas aquellas personas con Trastornos del Desarrollo que impidan o dificulten su interacción con el medio social, asegurando el diagnóstico precoz, tratamiento, integración, inclusión social y protección integral de las personas con Trastornos del Espectro Autista (T.E.A.) y/o Trastornos Generalizados del Desarrollo (T.G.D.) y su familia, brindando los instrumentos necesarios para acceder a un diagnóstico precoz, a tratamientos correspondientes en el ámbito de la Salud, a la Educación y a Terapias complementarias, como así también a la capacitación profesional en la problemática, con el propósito de promover el autovalimiento de las personas afectadas y su integración plena en la comunidad.

                               Es en el sentido de la normativa que hay que proteger al sector vulnerable, disponiendo acciones que se mantengan viva la concientización y lucha contra los trastornos en cuestión.

                               Es por ello que este Honorable Concejo municipal apoyando la concientización y atento a la fecha de conmemoración del día de Concientización de Autismo -02 de abril de cada año-, es que estimamos realizar una declaración de interés a los efectos de salvaguardar los derechos consagrados por la normativa citada.

POR LO QUE:

                EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

D E C L A R A C I Ó N

ARTÍCULO 1°) Solicitar al Ministerio De Educación que incorporen al plan de estudio la temática objeto de la normativa citada en los considerandos.

ARTÍCULO 2°) Declarar de interés la concientización local sobre el autismo.

ARTÍCULO 3°) Convocar a la conformación de la Junta Provincial y la Regional para abordar la situación objeto de las normativas invocadas.

ARTÍCULO 4°) Invitar a la comunidad de Ceres a realizar una actividad de «tareas en casa» de concientización, expresando y exteriorizando su apoyo mediante dibujos y/o diagramas con la forma del símbolo de concientización del Autismo, conformado por un corazón pintado de colores rojo, azul, verde y amarillo.

ARTÍCULO 5°) Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

                Dada en la sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los dos días del mes de abril de dos mil veinte.