ACTA NÚMERO 1334REC 35 – 36 –Audio only.

En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de junio de dos mil veinte, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Tristán Malbran N°75, los integrantes de dicho cuerpo, encontrándose todos los miembros que lo conforman presentes. Siendo las 20:15 horas, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y declara abierta la Sesión Extraordinaria, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

SESION N° 1333 – EXTRAORDINARIA

  1. Lectura del Acta anterior.
  2. Firma del Acta anterior.
  3. DEM: Proyecto de Ordenanza – Mod. Ord. CÓDIGO DE FALTAS de la ciudad de Ceres.
  4. Ratificación Ord N°1647 “Protocolos COVID-19”.

El Pte. dice que la Sesión Extraordinaria se realiza por pedido de un Proyecto de Ordenanza del Ejecutivo Municipal, y por pedido de Concejales para la ratificación de una Ordenanza, la N°1647, que ha sido vetada anteriormente

PUNTO 1) A continuación, da lectura al Acta anterior, la que es aprobada sin observaciones.

PUNTO 2) Firma del Acta anterior. Se procede a la firma por todos los Concejales.

PUNTO 3) DEM: Proyecto de Ordenanza – Mod. Ord. CÓDIGO DE FALTAS de la ciudad de Ceres.

El Pte. toma la palabra. Quiero hacer una aclaración, la Ordenanza 867 es de la creación del Juzgado de Faltas.

La C. Guirado dice que no es la del Código.

El Pte. dice que no. Es la 868. Dándole lectura, pido pasar a la Banca del Bloque PJ, y le cedo la Presidencia en este momento al Concejal Rafael, y le pido la palabra a su vez, para referirme a este Proyecto de Ordenanza del Ejecutivo. En el día de hoy, a la mañana cuando ingresa esto por pedido del Ejecutivo, también me puse a consultar a asesores legales al respecto, donde se hacen algunas observaciones ya que en el Artículo 205 del Código Penal ya está citado por parte del Estado donde dice “será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, y también hay un par de artículos anteriores que no los tengo acá, pero también hacen referencia a lo que hace referencia también el proyecto de ordenanza. Entonces, quiero decir que son competencias diferentes de lo que está planteando el Ejecutivo, nadie puede ser juzgado por un mismo hecho dos veces. Lo planteo a modo de cuestionamiento, de que nos cuestionemos esto que tenemos que tratar a pedido del Ejecutivo. Entonces, son competencias diferentes, nadie puede ser juzgado por un mismo hecho dos veces, y no pueden juzgar por faltas y después también por delitos. Esa es un poco la lectura que estoy haciendo de esta situación que se nos plantea. El bien jurídico protegido es el mismo, y ante un hecho, el Departamento Ejecutivo tiene que hacer la denuncia penal. Esos son algunos conceptos, los cuales he obtenido de las consultas que hice con algunos asesores legales. A su vez también aprovecho para mocionar que tendríamos que hacer la consulta, primero llamar a la Jueza de Faltas Jesica Beder también para plantearle esta duda que tenemos y el planteo que están haciendo y ver la lectura que ella hace del articulo este que proponen para agregar al Código de Faltas local, y también pedir la opinión a la delegación de abogados, el colegio de abogados locales, donde también podríamos pedir un dictamen si les parece.

El C. Bono pide la palabra. Quiero dejar asentado que es muy difícil el lograr cumplir las normas dentro de la sociedad, y esta es una herramienta como para que el Municipio tenga de que agarrarse con respecto de hacer cumplir las normas sanitarias dentro de los locales comerciales, ese fue el fin. Estuvo presente Darío Cisneros del Centro Comercial, quien asintió este tipo de estrategia, al menos para tratar de controlar un poco mejor el tema de los sistemas de habilitaciones comerciales por esta pandemia. A parte, es indispensable decir que si no somos rígidos en el control, ya que tenemos casos positivos acá en Ceres, vamos a terminar logrando que el virus se expanda y que tengamos que volver a una cuarentena estricta, que eso nos va a ser perder no solo situaciones económicas adversas, sino que también va a incrementar el numero de pobres y de gente que no llega a fin de mes, entonces para evitar un mal mayor es que se está tratando de lograr darle este tipo de arma al Ejecutivo y me parece muy bien eso que está opinando. Otra cosa, donde dice Defensa Civil, en todos lados va Protección Civil, Defensa Civil era anteriormente de una Ley que viene de las épocas de las guerras, del año 70.

El C. Maza pide la palabra. Desde nuestro Bloque compartimos totalmente lo que decís de que tenemos que darles una Herramienta, pero como Concejo tenemos que ser prudentes de estar bien asesorados en el tema y hacer una Ordenanza que se pueda aplicar. Así que apoyamos la moción de Pablo Fiore en cuanto a las dos cosas que plantea para mejorar esta ordenanza.

La C. Guirado pide la palabra. En primera instancia, me parece importante que se hablen de normas, de reglamentos, de cumplimientos. Yo quiero recordar que el 7 de mayo se sancionó en este mismo recinto una ordenanza que tenia que ver con una carpa sanitaria en los ingresos de Ceres, que determinaba protocolos que hasta ese momento no existían en la ciudad e inclusive según la observación, la mirada y la opinión de todos los Concejales, hacia falta una ordenanza que si se hubiera llevado adelante desde aquel momento, con premura como fue sancionada el 7 de mayo, considero que las cosas quizás pudieran haber sido diferentes, quizás, porque con el diario del díalunes es todo mas fácil. Pero que el Concejo accionó, cumplió con su función de darle herramientas al Ejecutivo para que las cosas sean diferentes en Ceres, el Concejo lo cumplió. Entonces me parece importante que cuando hablamos de normas, los primeros en respetar las normas, las leyes, porque la ordenanza 1647 es una ordenanza y tiene carácter de ley, somos nosotros, las autoridades. Así que pregonemos con el ejemplo, y mas allá de pedir el respeto a los reglamentos, a las leyes, como corresponde y estoy de acuerdo con lo que se está haciendo, primero nosotros como autoridades empecemos a respetar leyes e instituciones, y les puedo asegurar que las cosas van a ser distintas si nos empezamos a manejar con mas respeto entre las autoridades, y luego eso se traslada seguramente a la ciudadanía. También tengo entendido, porque hable con algunas personas que estuvieron en esta Junta, la reunión de la Junta, que la parte del Hospital manifestó como necesario el tema de la carpa sanitaria, que ahora vemos que se empezaron a hacer los controles, pero que no aparece como una resolución importante y mas allá que ahora se llevan adelante, es importante que esto también sea ratificado y tenga fuerza de ordenanza, porque si se plantea algo, si alguna persona te dice ¿Por qué vos me haces esto a mí? Vos decís “acá tengo la herramienta legal, jurisdiccional, para la ciudad de Ceres que determina que para todas las personas que se encuentren en esta situación es exactamente lo mismo”. Eso es una herramienta legal, y esto es necesario para cualquier convivencia. Respecto de la Junta, decir que me preocupa, y acá volvemos al respeto a las instituciones, que Bomberos Voluntarios no haya estado presente, veo nombres de personas del gabinete que por ahí no entiendo que poder de decisión tienen en una Junta de Protección Civil, y Bomberos Voluntarios, que se lo pedimos por minuta de comunicación recuerdo también en este Concejo Deliberante, yo no sé por qué, no sé si alguien lo preguntó, pero no estuvo presente. A mi me parece importantísimo, no decirlo desde este lado porque lamentablemente es el lugar que tengo hoy, si hubiera estado en ese momento hubiese dicho “¿Qué pasa que no está? ¿Por qué no lo invitaron?”, el planteo hay que hacerlo ahí adentro y que se cuestione que pasa con Bomberos Voluntarios, porque en esta situación Bomberos Voluntarios es esencial, y la Ley Provincial y la Ordenanza determinan que deben estar, entonces, ¿Qué sucede con Bomberos Voluntarios? Me preocupa sobremanera sinceramente. Bueno, y respaldar lo que manifestaba el compañero Fiore respecto de la tipificación como delitos de toda acción que cualquier persona o ciudadano realice y transgreda respecto de la propagación de la epidemia, artículos 202, 203 y 205 del Código Penal, que es lo que todas las autoridades manifestaron públicamente al principio de esta pandemia, que debíamos acogernos para poder sancionar. Estoy totalmente de acuerdo con la postura de ambos bloques de esta necesidad de asesorarnos y de hacer las cosas bien, pero ante todo, por favor se los pido, respetar la institucionalidad y empezar a preguntar qué pasa, porque hay cosas que si se dieran de otra manera se podrían evitar, y hay que evitar las mezquindades políticas, nada mas.

El C. Fiore pide la palabra. Agregar dos cositas, lo de Bomberos Voluntarios, en su momento cuando me tocó participar en las reuniones de la Junta, yo hice en dos o tres oportunidades el planteo de que tiene que participar Bomberos Voluntarios, y hay varias excusas, o explicaciones, o no tuve explicaciones de por qué no está, incluso hemos presentado nosotros una minuta reclamando que no está. El otro punto que quería aclarar también ya que lo había mencionado el C. Bono, el tema de Junta de Defensa Civil por ordenanza se nombra así, hay que modificar esa ordenanza, lo dejo para armar ese proyecto a futuro y cambiarle el nombre a Junta de Protección, por eso estamos nombrando como Junta de Defensa, incluso hasta el logo sale como Junta de Defensa Civil, así que queda como un proyecto a futuro para modificar esa ordenanza, es mas, en la Provincia es Junta de Protección, nosotros seguimos con el nombre viejo. No tengo mas nada para plantear.

Se somete a votación la moción del C. Fiore de citar a la Dra. Beder a tratar el tema, y pedir un dictamen a la delegación del colegio de abogados.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 4) Ratificación Ordenanza N°1647 “Protocolos COVID-19”. El mismo dice lo siguiente: VISTODecreto 297/2020 del Poder Ejecutivo NacionalDecreto 335/2020 del Poder Ejecutivo NacionalDecreto 265/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialDecreto 270/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialDecreto 304/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialDecreto 324/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialDecreto 328/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialDecreto 535/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialResolución 167 Gobierno de Santa FeOrdenanza 1647/2020 Campaña Protocolos EstrictoDecreto 167/2020 Poder Ejecutivo Mun. Ceres, Veto parcial Ord. 1647/2020 Campaña ProtocolosDecreto 543/2020 del Poder Ejecutivo ProvincialLey 2756, art. 39, inc. 62Reglamento interno del Honorable Concejo Municipal de Ceres, art. 41.Aparición de 15 casos COVID 19 en Ceres desde el 9 de junio de 2020 YCONSIDERANDO: La aparición de 15 casos COVID 19 positivo en Ceres. Que el DNU 297/2020 del PEN  establece el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio para todas las personas que se encuentran en el país. Que el Decreto 265/2020 del gobierno de Santa Fe establece la cuarentena para quienes ingresan a la Provincia Que el Decreto 270/2020 del Gobierno provincial determina la adhesión al DNU 297/20. Que los  Decreto 304/324/328/2020 del gobierno de la provincia de Santa Fe establecieron la adhesión de la Provincia al DNU 325/2020, y las diferentes prórrogas de la Cuarentena, estipulando diferentes medidas Que el Decreto 347/2020 del Gobierno de Santa Fe  dispone el uso obligatorio de tapabocas durante la circulación autorizada durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, en vehículos de transporte público y para el ingreso y permanencia en locales de atención al público, incluidas las filas de personas que se formen; y actividades de entrega autorizada de productos y a quienes los reciban. La autoridad policial que verifique el incumplimiento instruirá el sumario contravencional dando intervención al juez de Faltas.  Que a través del Decreto 363 – 382 y 367/2020,  quedó acreditada la flexibilización/administración de la cuarentena en la ciudad de Ceres desde el miércoles 5 de mayo 2020. Por lo mismo fue menester determinar protocolos estrictos de circulación y control en el ingreso a la ciudad, en la atención al público de los comercios locales, y en los espacios donde llegan y permanecen transitoriamente trabajadores foráneos. Que la ley 2756  en el art. 39, inc. 62 reza que es atribución del Concejo Municipal “…La adopción en general de todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población, sea evitando las epidemias, disminuyendo los estragos o previniendo las causas que puedan producirlas, comprendiéndose en tales medidas, la clausura de los establecimientos públicos y las visitas domiciliarias de inspección.” Que la posibilidad de vivir en Ceres una cuarentena administrada derivaba de la inexistencia de casos COVID 19, por lo mismo era menester  intensificar controles en los ingresos habilitados a la ciudad de Ceres, en los locales comerciales y en los espacios que reciben y albergan trabajadores foráneos. Que a través de estos controles de Prevención de patologías, a personas que ingresan a la ciudad de Ceres se hubiera podido: Detectar precozmente síntomas relacionados con COVID 19 Promover cuidados personales y empresariales, y la utilización de elementos de bioseguridad personal a quienes ingresen a la ciudad de Ceres. Evitar contagios COVID 19 Identificación de personas/vehículos que ingresen a la ciudad Que a través de controles  estrictos en locales comerciales y en los lugares que albergan trabajadores foráneos,  a partir de protocolos determinados, se hubiera podido mantener los buenos resultados obtenidos tras 50 días de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, cuarentena local estricta con restricción horaria dura y rígida hasta el jueves 30 de abril 2020. Que a través de estos 5 controles se pretendía no desechar el sacrificio realizado por la mayoría de los ceresinos para mantener a Ceres aislada y libre de Coronavirus Que el Concejo Municipal de Ceres, en función de lo antes dicho y entendiendo que había que valorar y salvaguardar el sacrificio realizado por más de 60 días en la ciudad de Ceres,  sancionó el jueves 7 de mayo la Ordenanza 1647 “Campaña Protocolos Estrictos”. Que a través del Decreto N° 167/2020 con fecha 19/05/20 el Poder Ejecutivo de Ceres vetó parcialmente la ordenanza N° 1647 de Protocolos Estrictos dejando sin ejecución la citada ordenanza. Que este HCM rechaza plenamente el veto realizado mediante Decreto N° 167/2020 dictado por el DEM, con fecha 19/05/20, el cuál observa parcialmente la Ordenanza 1647/2020. Dicho rechazo se funda en que la mencionada ordenanza no es extemporánea ni abstracta como se mencionaba en ese veto, como ser falta de fondos para enfermeras y agentes de control, ya que actualmente, tras la aparición de casos positivos en nuestra localidad y al establecerse en Fase 1, recién se están aplicando los protocolos indicados en la ordenanza 1647/2020, lo cual demuestra que el veto no tiene sentido ni razón al decretarlo, debido a que los hechos demuestran lo bien acertado en implementar dicha ordenanza. Que el Martes 9 de junio dio positivo para COVID 19 un camionero que viajaba frecuentemente a Buenos Aires. Desde ese momento, hasta la fecha se consigna 15 COVID 19 positivo en Ceres, Que debido a lo anteriormente mencionado, a través del Decreto 535/2020 la provincia de Santa Fe plantea limitaciones a la ciudad de Ceres por casos COVID 19 positivo Que por el Artículo 2º del Decreto 543/2020 estableció que las personas residentes en la Provincia de Santa Fe que, contando con habilitación para circular por razones humanitarias, de fuerza mayor, laborales, comerciales, profesionales o, en general, para el ejercicio de actividades habilitadas, provinieren o viajaren en forma frecuente, periódica u ocasional desde y hacia zonas definidas como de circulación local del coronavirus (COVID-19) por el Ministerio de Salud de la Nación, a su reingreso al territorio provincial queden excluidas de participar en las actividades exceptuadas del «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular que durante su vigencia se habilitaran por los Decretos Nros. 0436/20, 0438/20, 0449/20 y 0474/20, modificado por el 0534/20, y de las actividades habilitadas en el marco del «distanciamiento social, preventivo y obligatorio» por los Decretos Nros. 0487/20, 0489/20, 0495/20, 0496/20, 0497/20 y 0537/20; Que el Artículo 3º del Decreto 0543/20 preceptuó que las personas alcanzadas por el Artículo 2º citado en el considerando anterior, a su reingreso al territorio provincial deberán permanecer en aislamiento en sus domicilios de residencia, donde no se podrán realizar reuniones con familiares o personas vinculadas afectivamente mientras ellos permanezcan allí, limitando sus salidas a lo estrictamente necesario por razones alimentarias, de salud o de fuerza mayor; Que el Reglamento Interno del Honorable Concejo Municipal en el Artículo 41, inc. K determina que Concejo puede dictaminar sobre “… todo cuanto concierna  al control de higiene, profilaxis y salubridad pública”. Que es obligación del estado determinar normas que garanticen la salud pública y el bienestar social y es nuestro deber y obligación extremar el uso de herramientas a nuestro alcance para cumplir con nuestros deberes de funcionarios públicos. Que la ausencia de controles estrictos en los ingresos a la ciudad y de protocolos por actividad, podría ser una de las causales (aunque no la única)  del brote de 15 casos COVID 19 en Ceres, brote que surgió el 9 de junio 2020. Es por lo expuesto que este HCM tiene el deber de velar por la salud pública, estableciendo reglas claras y precisas tendientes a proteger y/o menguar el peligro que puede provocar el Covid-19 en la ciudad. Asimismo, y de una vez el DEM deberá entender que el estado tiene mayor responsabilidad sobre la salud pública y que la misma no puede quedar librada al azar, sino poner en práctica herramientas para minimizar cualquier riesgo en la salud. El pensamiento del DEM de que solo es responsabilidad de cada ciudadano el cuidado de la salud colectiva es un pensamiento egoísta y errático, ya que como se menciono anteriormente el principal responsable es el estado. Considerando que es oportuno mantener y/o ratificar estos aspectos que no son ni más ni menos que en beneficio de la salud pública de los Ceresino, siendo que además la misma ha sido mejorada agregándole otros aspectos que no estaban contemplados en la ordenanza N° 1647/2020. Por ello, el Honorable Consejo Municipal en función a las atribuciones que le concede la Ley N° 2756 y sus modificatorias, sanciona con fuerza de ORDENANZA: ART.1: Ratifíquese con las modificaciones expuestas en la presente ordenanza la  CAMPAÑA DE PREVENCION Y CONTROL COVID 19 CERES que estará conformada por 6 PROTOCOLOS DE CONTROL. ART. 2: PROTOCOLO DE CONTROL  INGRESO A LA CIUDAD DE CERES: CARPA SANITARIA LUGARES: Los 3 ingresos habilitados a la ciudad de Ceres (tránsito liviano Avda. Mayo y Ruta 34),  tránsito pesado (Ruta 34 Y Avda. Salta) y Avda. Italia y Buenos Aires. ACCIONES: REGISTRO DIARIO DE INGRESOS:  datos personales y del vehículo  a quien ingrese a la ciudad consignando procedencia y motivo del ingreso. Completar formulario de preguntas para descartar sintomatología. Recomendaciones higiénicas ante la pandemia. Control de TEMPERATURA con pistolas a cada persona que ingrese a Ceres. Control de OLFATO con tiras de cartón con alcohol/vinagre. Control de USO de BARBIJO obligatorio (Decreto Prov. 347/2020) Desinfección de manos RECURSO HUMANO NECESARIO: Enfermeras (municipalidad): su función será realizar los controles de temperatura y olfato Fuerzas de seguridad pública (gendarmería/policía provincia): control de documentación. Policía de tránsito/inspectores: registro y relleno de formulario INSUMOS: Barbijos Pistolas de temperatura Formularios de registro personal y  sintomatología Tiras de cartón para olfato. Viceras de protección facial Camisolines Art. 3: PROTOCOLO DE CONTROL  LOCALES COMERCIALES Respetar DISTANCIAMIENTO SOCIAL: Cantidad de personas en el interior: 1 persona cada 2 m2 Uso OBLIGATORIO de TAPABOCAS El comercio deberá invocar el Derecho de Admisión si alguna persona intenta ingresar sin tapaboca. La sanción a la transgresión de esta norma será la CLAUSURA. Medidas de higiene al alcance de los consumidores con rociadores: alcohol en gel, o alcohol rebajado al 70 o agua con lavandina.  Organo de aplicación: Juzgado de Faltas, autoridad sostenida en el ART. 5 del DNU 520/20, el Decreto 347 y 348 /2020 del Gobierno de Santa Fe, Decreto 535/2020 y la resolución N° 167 del Ministerio de Gestión Pública de la Prov. De Santa Fe. Art. 4: PROTOCOLO DE CONTROL PLAYA OFICIAL DE ESTACIONAMIENTO CAMIONES (básicos y excluyentes) Uso obligatorio de TAPABOCA Se sugiere NO CIRCULAR por la ciudad de Ceres Aprovisionamiento de alimentos por delivery Control de temperatura Desinfección de vehículos a cargo del propietario de la playa de estacionamiento Registro de actividad y permanencia en el lugar. Art. 5: PROTOCOLO DE CONTROL TRABAJADORES NCA Y BELGRANO CARGAS FORANEOS (básicos y excluyentes)Uso obligatorio de TAPABOCA Se sugiere la NO  CIRCULACION por la ciudad de Ceres Se sugiere aprovisionamiento de alimentos por delivery y/o abastecimiento por parte del personal de las empresas. Registro de actividad y permanencia en la ciudad. Traslado de trabajadores NCA foráneos en vehículo de la empresa previa desinfección (rociados con alcohol al 70 o agua con lavandina) de calzado, bolsos/valijas y manos. Art. 6: PROTOCOLO TRANSPORTISTAS (básicos y excluyentes) Uso de tapabocas Desinfección e higiene de manos Desinfección del vehículo Registro de actividad Los transportistas que desarrollaren actividades en zonas de riesgo de contagio COVID 19 deberán guardar aislamiento en sus domicilios al regresar a la ciudad no pudiendo participar de reuniones familiares, afectivas y/o sociales tal lo estipula el Decreto provincial 543/2020. ART. 7: Dispóngase la creación de un puerto seco en la jurisdicción de Ceres, ya sea inmueble de propiedad del estado municipal y/o privado que se contrate a sus efectos. ART. 8: Autorícese a reglamentar el uso y funcionamiento del puerto seco creado en el art precedente al DEM. ART. 9: Excepcionase de la exigencia de depósito de mercadería en puerto seco, cuando se trate de transporte de carga de chasis y/o equipo completo, y su destino sea el de un único depósito dentro de la ciudad de Ceres, previo control sanitario y desinfección del transporte y transportista, con previo aviso y/o autorización del ejecutivo. ART. 10: Excepcionase de la exigencia de depósito de mercadería en puerto seco, cuando se trate de transporte de mercadería que requiere el cumplimiento de “cadena de frío” como ser carnes y lácteos, sea para único o múltiples destinos. ART. 11: Facúltese al DEM a percibir una tasa del 3% del valor de la mercadería que se deje en depósito de puerto seco por un período mayor a 12 hs.¿? ART. 12: PROTOCOLO PUERTO SECO Uso de tapabocas Desinfección e higiene de manos Desinfección del vehículo y/o mercadería Registro de actividad Los transportistas que desarrollaren actividades en zonas de riesgo de contagio COVID 19 deberán guardar aislamiento en sus domicilios al regresar a la ciudad no pudiendo participar de reuniones familiares, afectivas y/o sociales tal lo estipula el Decreto provincial 543/2020. ART. 13: Facúltese a la municipalidad de Ceres a llevar adelante la Campaña de Prevención y Control COVID 19 C ERES a través del cumplimiento de los protocolos con una periodicidad que no podrá exceder  las 72hs. ART. 14: Comuníquese, publíquese y archívese.”

El Pte. toma la banca nuevamente. Es un proyecto de ratificación de la ordenanza 1647 donde ya estuvo expresándose la C. Guirado, ya dejó claro algunos puntos de vista. Creo que hay para debatir también varios temas.

La C. Guirado pide la palabra. Me parece que está a la vista la necesidad de incluir ciertas situaciones en lo que es esta Ordenanza de protocolos, que ahora empezamos a ver la realidad en la ciudad de Ceres, para eso también tenemos que hablar con quienes son parte, quienes van a tener que atenerse a estos protocolos, el dialogo, el consensuar, el acercarse es necesario, tenemos que abrir las puertas para que esto salga de la mejor manera posible, acá no se busca perjudicar a nadie, todo lo contrario, es una cuestión de salud publica, de proteger y cuidar a los Ceresinos. Así que simplemente me parece necesario hacer una moción también de cuarto intermedio para poder debatirlo, para poder hablar con otras aristas importantes a ver que es lo que se puede agregar, que es lo que se tiene que sacar y que sea lo mejor también esta ordenanza para todos los Ceresinos, y que sea de rápida aplicación porque esto era para ayer, esto es urgente, nada mas.

Se somete a votación la moción de la C. Guirado de pasar a cuarto intermedio.

Se aprueba por unanimidad.

Se pasa a cuarto intermedio, día a confirmar.

En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil veinte, se reúnen los integrantes del cuerpo del Concejo Municipal de Ceres mediante aplicación ZOOM, encontrándose todos los miembros que lo conforman presentes. Siendo las 19:00 horas, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y continúa la Sesión Extraordinaria, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día.

El Pte. dice que luego del cuarto intermedio, retomamos la sesión extraordinaria. Luego de haber dado lectura al proyecto de Ordenanza por pedido del Ejecutivo, respecto a un pedido de modificación agregándole el articulo a la ordenanza 866. También el otro tema de la extraordinaria era la ratificación de la ordenanza de protocolos. Yo quisiera que conste en Acta que estamos todos de acuerdo, o someto a votación que estamos todos de acuerdo, en que esta segunda parte de la sesión extraordinaria se está realizando por videoconferencia de ZOOM, con la identificación de reunión 9360848850 contraseña 790927. Si todos están de acuerdo, someto a votación.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 3) DEM: Proyecto de Ordenanza – Mod. Ord. CÓDIGO DE FALTAS de la ciudad de Ceres.

El Pte. dice que están todos de acuerdo en que esta sesión extraordinaria siga por videoconferencia. Retomando el tema, luego del cuarto intermedio, luego de algunas consultas que hemos estado haciendo algunos Concejales, me gustaría que tal vez el Concejal Bono explique un poquito las conversaciones que tuvo con algún asesor legal, porque habíamos determinado de consultar con el colegio de abogados, la delegación del colegio de abogados, hacer una consulta respecto al pedido que hizo el ejecutivo, si puede hacer alguna aclaración. Igual yo tengo algún memorándum para también explicitar si lo vamos a acompañar o no al proyecto.

El C. Bono pide la palabra. Justamente, todas estas cosas que vos venís hablando, consulté con la delegación local, y me informan que no está en sus facultades, pero a nivel particular hable con varios abogados, donde me dicen que nosotros no tenemos la potestad de darle jurisdicción en atribuciones al Ejecutivo, por los cuales nosotros no tenemos la potestad de hacerlo, no se si soy claro, no está en nuestra facultades, eso es en lo que fueron claros, cuatro fueron los abogados que he consultado, a nivel local y de afuera………………………Pero si traté en lo posible de ver quien es el que tuvo esa idea, y además no esta en nuestra potestad o en nuestras facultades darle esa potestad al Municipio, básicamente para redondear es eso. Consulto a Nico, porque yo después de hablar con los abogados, te llamé por teléfono para ver si vos sabias algo, entonces después pasaron cosas, pero nose si quieren decir algo, que les parece, el tema es que yo había dicho………………………………………………..

La C. Guirado pide la palabra………………………….Ella lo que dijo al respecto es que la Junta había solicitado esto, que ella en ese momento de la reunión de la Junta les había explicado esta incompatibilidad o superposición de situaciones de un mismo hecho jurídico que estaba ya tipificado a nivel Nacional en el Código Penal, y que no podía de la misma forma hacerse como una contravención o como una falta. Así que como dice el C. Maza considero que todos estamos pensando lo mismo, las distintas partes coinciden en esta situación. Entendemos lo que se planteó como una necesidad de hacer algo, me parece espectacular, el tema es que por ahí en el análisis, y cuando vamos a lo legal, pasan estas situaciones, así que como decía el Concejal que habló anteriormente, considero que ya estamos en condiciones de poder dar una resolución a este tema.

El C. Maza dice que su bloque no apoya esta ordenanza.

Se somete a votación el proyecto de ordenanza.

Se rechaza el Proyecto por unanimidad.

PUNTO 4) Ratificación Ordenanza N°1647 “Protocolos COVID-19”

El Pte. dice que también se estuvieron haciendo algunas modificaciones. Si quieren pasamos a darles lectura a las modificaciones.

El C. Maza pide la palabra. Quiero que leas cual es el tema que se va a tratar ahora.

El Pte. dice que es el Proyecto de Ordenanza de ratificación campaña de prevención y controles Ceres Covid 19 regreso a Fase 1. Sería, luego de haber sido rechazada la ordenanza, de haber sido vetada parcialmente entra nuevamente este proyecto de ordenanza para ratificar la ordenanza 1647 con modificaciones.

El C. Maza pide la palabra. Quiero hacer una aclaración antes, si quieren también podemos pasar a cuarto intermedio, porque yo me puse a ver el Reglamento Interno, y establece que hay que…………………….-

La C. Guirado pide la palabra………………..porque anteriormente la ordenanza para el cobro de dietas fue ratificada y modificada en el mismo momento, y la de emergencia laboral fue ratificada y modificada en el mismo momento…………………………

Se resuelve pasar a cuarto intermedio, día a confirmar.

En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil veinte, se reúnen los integrantes del cuerpo del Concejo Municipal de Ceres mediante aplicación ZOOM, encontrándose todos los miembros que lo conforman presentes. Siendo las 14:45 horas, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y continúa la Sesión Extraordinaria, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día.

El C. Maza pide la palabra……….Yo estaba hablando mas que nada, primero del argumento técnico por el que yo creía que estábamos procediendo mal, y a partir de eso yo creo que hay que ver todo lo demás, porque yo podría seguir hablando y decir que por mas que nosotros hayamos tenido la mejor intención de generar algún tipo de propuestas para que se hagan los protocolos, para que se cumplan, para darle una herramienta al Ejecutivo, este que es el que lo lleva a cabo nos hizo diferent4es observaciones, y que tengamos que modificar la ordenanza en tan poco tiempo, también nos está marcando lo dinámico que son los protocolos y los cambios de protocolos, las diferentes actividades como se modifican todo el tiempo, y entiendo yo, que por mas, y aclaro de vuelta, la mejor voluntad y predisposición para hacer esta ordenanza que fue votada por todos, yo creo que la ordenanza es muy rígida, justamente por eso el Gobierno Provincial y el Gobierno Nacional establece a través de decretos los protocolos y los van modificando todo el tiempo. Entiendo yo que no es la herramienta, entiendo también que sumarles un articulo, además de  que está mal por procedimiento, en este caso el articulo de la creación del puerto seco sin tener alguna consulta o alguna reunión de comisión con el Centro Comercial o algún actor de la Junta Civil que nos pueda dar su punto de vista, si es viable o no llevarla a cabo, que es lo fundamental para no dejar letra muerta y que esto se pueda cumplir, me parece también que es un punto en contra para ratificar esta Ordenanza. Yo entiendo por lo que hable también con Nacho, que nuestro Bloque no va a apoyar la ratificación por los motivos que acabo de decir, fundamentalmente porque entiendo yo que estamos haciendo un error de procedimiento, estamos haciendo un proyecto totalmente distinto al que fue observado, incluso agregándole otros artículos.

El C. Bono pide la palabra. Quiero acudir al articulo 84 del Reglamento, donde dice muy claro que teniendo las dos terceras partes de los votantes se podría modificar, así que por lo que dice en el Reglamento no estoy de acuerdo en que vos decís eso. Pero mas allá de todo esto Nico, lo que vos decís de que los protocolos fueron cambiando, lo que fueron cambiando son los protocolos para el diagnostico, no los protocolos para la prevención, los protocolos para la prevención me parece que fueron inclusive al principio mas rígidos, después hubo un relajamiento y después ahora después de haber tenido los casos en mi consideración fueron un poquito mas agresivos. Además en cuanto al puerto seco entiendo lo que vos decís, pero tampoco estamos diagramando el funcionamiento, no le estamos generando erogaciones al Ejecutivo, simplemente lo que se hace es tratar por lo tiempos que corren y para agilizar el tema de logística de todos lo que son insumos para las necesidades básicas de los ceresinos, es lograr hacerlo mas ágil, es ese el motivo por el cual planteamos modificar y aprobarla, y rechazar el tema vetos. Como vos bien dijiste, esto es muy ágil, muy dinámico, y va cambiando, pero insisto, los que cambia son los parámetros de diagnósticos, los parámetros epidemiológicos, no los parámetros de prevención, la prevención es siempre la misma, el distanciamiento, el control vehicular de transporte de carga, transporte alimenticio………………. Una sola cosita quiero agregar y con esto termino, y es que bajo ningún punto de vista le estamos……….al Ejecutivo, sino que estamos haciendo efectivo un reclamo que hay en la ciudadanía y en muchas localidades del mismo Departamento, inclusive con la misma condición política, lo están haciendo y funciona muy bien, entiendo que la realidad de Ceres no es fácil…………pero si creo que con buena predisposición se puede lograr un buen funcionamiento del puerto seco.

El C. Maza pide la palabra. Primero quería aclarar que yo lo que digo es que se tienen que modificar los artículos que están observados en cuestión, no otros, y el articulo 84 que vos citás habla de una ordenanza o algo que esté tratado en comisión, “para que prospere se necesita el consentimiento de la comisión al que pertenezca el asunto en cuestión”, o sea que es una asunto ya discutido, estamos hablando de una ordenanza en ese articulo que está tratado en comisión y hay que hacerle alguna modificación, y esto es un veto, estamos tratando un veto y hay que ratificar la ordenanza que nos vetaron o directamente aprobarla con las observaciones que nos dieron.

El Pte. cede la banca al Vicepresidente 1ro. C. Rafael.

El C. Fiore toma la palabra. Yo quiero expresar de que no coincido con la moción del C. Maza, ya que esto es un proyecto nuevo, es un proyecto de ordenanza nuevo que ratifica, que modifica, que mejora la ordenanza 1647 vetada por el Ejecutivo, y que está en nuestras facultades poder hacer esas modificaciones, agregarle y por supuesto tener las consideraciones necesarias que hagan falta. Yo creo y pienso, mi observación es que tenemos la facultad, podemos, por supuesto que es un proyecto nuevo, no estamos tratando el proyecto anterior, estamos rechazando el veto, el decreto, y aprobando un proyecto nuevo, de eso se trata esto, nada mas.

La C. Guirado pide la palabra………….leerlo completo como corresponde para tener una correcta interpretación. El articulo 84 de las mociones de sustitución, supresión, adición y corrección dice lo siguiente: “Son todas aquellas que tengan por objeto sustituir, es decir reemplazar, suprimir, es decir tachar, adicionar, es decir agregar, o corregir el o los artículos del asunto en discusión. Para que prospere se necesitara el consentimiento de la comisión a que pertenezca el asunto en discusión, si no estuvieren en la sesión los miembros de la comisión se necesitará las dos terceras…………………………lo que puedo dilucidar de la lectura interpretativa de este articulo es que la posibilidad de comisión no la tuvimos porque estamos en extraordinaria, y las extraordinarias no tienen comisión, tuvimos cuarto intermedio eso sí. Esta diferenciación en el reglamento no la encontré, por lo mismo podría ser una moción, esta moción del articulo 84, y si obtenemos las dos terceras partes se le podría dar tratamiento, es la interpretación que yo hago al respecto.

El C. Maza dice que sí. Ahí habla sobre modificación, ¿Qué interpretación haces al agregado de un articulo?

La C. Guirado dice que adicionar es agregar. Son todas aquellas que tengan por objeto sustituir, que es reemplazar, suprimir, que es sacar, adicionar es agregar, o corregir el o los artículos, te habla de agregar también, adicionar es agregar. Sino seria directamente corregir el articulo, por algo está la palabra adicionar que significa agregar.

El C. Maza dice que sí. Pero en estas circunstancias, entiendo yo que lo tenemos que tratar como lo plantee anteriormente, esa es mi postura.

El C. Bono pide la palabra. Personalmente opino que es así, que se puede, ahora lo digo como moción, ya que hay muchas cosas que debemos actualizar en el reglamento, seria muy bueno dejar muy en claro distintas situaciones para dejarlo bien escrito para futuras disidencias que haya en cuanto a la  interpretación del reglamento, entonces, si bien no viene al caso de esta sesión, pero si lo quiero dejar como moción para tratarlo cuando se trate el tema de las sesiones online y todo el tema de actualizaciones propias de un reglamento que tiene más de 30 años, y con la evolución natural que ha tenido la sociedad es necesario que veamos el reglamento, y creo que estamos todos de acuerdo, pero bueno, dejo esto para otra sesión, para evitar cualquier tipo de roces o diferencias y que quede bien claro el reglamento.

El C. Fiore pide la palabra. Yo quiero hacer la moción de aplicar el articulo 84, también hacia alusión la C. Guirado, respecto a lo que dice que se puede sustituir, que fue bien aclarado por la C. Guirado, quiero mocionar de que se pueda sustituir esos agregados que se hicieron a este nuevo proyecto de ordenanza. Quiero mocionar para llevarlo a votación, para poder sustituir.

El C. Lemos pide la palabra. Yo lo que quería comentar, sobre lo que decía Nico también, yo estuve hablando con gente e instituciones y lo comentaba hoy a Pablo Fiore, de gente que esta dentro de la Junta de Defensa Civil y me manifestaron que no están de acuerdo con puerto seco, que es algo que no se puede hacer, que no se puede, yo lo que preferiría es que ya que hoy hay Junta de Defensa Civil otra vez, que esperemos a que Pablo vaya a la reunión, y que de acuerdo a lo que decida la Junta nosotros actuemos en consecuencia, porque para que hacerlo ahora y que después a las ocho de la noche nos digan que no se puede, yo preferiría eso.

El C. Fiore pide la palabra. Hoy a las 20 es la reunión de Junta de Defensa Civil, de todas maneras quiero hacer otra aclaración, no perdamos el objetivo de este planteo de puerto seco, el objetivo es minimizar la circulación, lo que mas se pueda, el ingreso de foráneos, el ingreso de gente nueva que viene de otros lugares, la idea es esa. Yo creo que esto le está dando la facultad al ejecutivo para que regule el funcionamiento, que haga las excepciones que considere, y que vea las posibilidades en lo que se pueda de que todo lo que se pueda manejar bajo el puerto seco que se maneje, y lo que es impracticable por supuesto que hay que aplicar el sentido común, no es que todo el mundo va a tener que pasar por el puerto seco, eso ya lo venimos hablando, es mas, hay consideraciones que se han hecho si o si excepciones, están consideradas las excepciones, y si hay que agregar algunas excepciones mas dentro del protocolo. El Ejecutivo tendrá que analizarlo, no nos estamos cerrando, esto es aplicación de sentido común, acá si tiene que haber buena voluntad de todas las partes no solamente del Ejecutivo o de los Concejales, acá tiene que haber  buena parte también de la comunidad, de la gente, comerciante y no comerciante, prestadores de servicios y demás, pero tiene que haber buena voluntad de todas las partes, acá todos estamos poniendo un poquito, todos están poniendo de sí un sacrificio en distintos aspectos. El tema de esta Ordenanza es que tenga la posibilidad el Ejecutivo de reducir el ingreso de gente que venga de otras localidades, porque no va a ser la primera vez que nos vamos a encontrar con fase 1, podemos caer dentro de un mes de vuelta en fase 1, entonces cuando nosotros mas nos cerremos, cuando mas cerremos nuestros ingresos, mejor o mas flexibilización le vamos a poder aplicar dentro de la ciudad. Nosotros queremos mas flexibilización, esto es un bien para todos, porque si todos estamos en la cómoda y queremos que nos lleven los paquetes a la puerta de la casa, si no nos ponemos a corregir esto, el aplicar un puerto seco, es una manera de poder contar a futuro con una flexibilización tranquila, porque estamos confiando en el que salió y en el que entra a la ciudad, entonces para poder confiar tenemos que aplicar el puerto seco, buscarle la forma con las excepciones que se requieran, pero pongámonos desde esa óptica, de que nos va a traer beneficios a futuro, porque hoy estamos en fase 1, listo no aparece mas, se terminó la cuarentena, los 40, 50 o 60 aislados y dentro de un mes se nos mete otro positivo, y otra vez vamos a caer en fase 1, entonces pongámonos firmes con los protocolos, pongámonos firmes con el puerto seco y busquémosle la vuelta, si hay que entrar un equipo con garrafas que entre, pero que el camionero no se baje del camión, que lo fumiguen, pero pongámonos firmes con eso. La verdad que lo veo a futuro, esto es para futuro, si queremos mas flexibilización dentro de la ciudad debemos aplicar mas estrictamente los protocolos de ingreso, y dentro de los protocolos de ingreso puerto seco cumple un rol fundamental. Vuelvo a mocionar a que votemos las modificaciones. Esta noche yo me voy a juntar en la Junta, y esto yo ya lo hablé ayer de manera informal en la Junta, lo hable ayer con los que estaban, estaba el Centro Comercial y estuvo Bomberos, porque es una parte Centro Comercial, no es todo, así como hay comerciantes que están de acuerdo con el puerto seco y no tienen ningún problema en ir con sus medios a buscar la mercadería y lo están haciendo, mucha gente lo esta haciendo hoy por su cuenta. Así que bueno, vuelvo a mocionar, a pedir para llevar a votación la moción de la C. Guirado de aplicar el articulo 84 del Reglamento Interno, nada mas.

La C. Guirado pide la palabra.

El C. Maza dice que acaban de hacer una moción. Hay que votarla, ya dos veces pasó.

Se somete a votación la moción del C. Fiore.

Bloque VECINAL: Positivo.

Bloque PJ: Positivo.

Bloque FPCyS UCR: Negativo.

Se aprueba la moción por mayoría.

Se somete a votación el Proyecto de Ordenanza, con modificaciones, rechazando el veto.

Bloque VECINAL: Positivo.

Bloque PJ: Positivo.

Bloque FPCyS UCR: Negativo.

Se aprueba el proyecto de ordenanza por mayoría.

El C. Maza dice que quiere dejar en claro que es el mismo proyecto modificado. No entiendo por qué hablan de otro proyecto. Para ser otro proyecto tiene que tener ingreso, tratamiento.

El Pte. dice que ingresó el proyecto.

El C. Maza dice que no. Estamos en la sesión extraordinaria, no puede ingresar un proyecto.

El Pte. dice que cómo que no. Sí ingresó el proyecto.

El C. Maza dice que no. Estamos tratando la sesión extraordinaria donde habían dos temas para tratar, no podemos ingresar otro.

El Pte. dice que bueno. El proyecto era ratificación de la ordenanza, donde después e hicieron las modificaciones por supuesto. Es un proyecto nuevo.

El C. Maza dice que no. Están procediendo mal.

La C. Guirado pide la palabra. De todas formas, si hablamos de procedimiento, yo ya había dicho en un primer momento que esto se había planteado mal, porque en un primer momento esta extraordinaria era para modificar la 1647 y en realidad aparece otra ordenanza que después fue rechazada, y se plantea la modificación, o sea, se hizo todo una mezcla de cosas en cuanto a procedimiento, no se si es una cuestión de ruido de comunicación, o teléfono roto, o que es lo qué pasó, pero desde el planteo de esta extraordinaria está mal planteada, en cuanto a procedimientos, sin embargo la llevamos adelante. Lamentablemente esta modalidad también dificulta mucho todo, inclusive en la agilidad, en la fluidez y todo esto.

El C. Maza pide la palabra. Solamente antes de terminar quiero dejar en claro que el Reglamento es preciso en esto, cualquier cosa que vaya en contra del Reglamento, lo dice en un articulo, toma obsoleta la Ordenanza, estamos procediendo mal, por lo tanto entiendo yo que la ordenanza va a terminar siendo obsoleta o nula.

El Pte. toma la palabra. Esto entró como un proyecto de entrada como aclaró la C. Guirado, entró como un proyecto de ordenanza de ratificación de la ordenanza anterior, donde se le hicieron modificaciones y le hemos aplicado el articulo 84, eso consta en Acta.

El C. Maza dice que no. En el orden del día de la Sesión Extraordinaria estaban dos temas bien claros planteados, no entiendo. Yo quiero dejarlo en claro, nada mas, porque no me parece como estamos procediendo.

El Pte. dice que no coincide.

El C. Bono pide la palabra. Yo creo que de ultima se irá a Municipios y Comunas y se discutirá donde se tenga que discutir la Ordenanza, ahora hay una cuestión de un interés comunitario, de un interés social, de un interés de todas las ciudades, que el puerto seco es una necesidad. Entonces me parece que la necesidad es mayor a cualquier discernimiento que podamos tener en la interpretación de un articulo. Me parece que la única intención de la nulidad o de al menos el pedido de nulidad de algo tan necesario como el puerto seco, es solamente la falta de interés publico por parte del Ejecutivo. No me parece que sea una ordenanza que…………..que por ahí puede llegar a discutirse, yo entiendo que esta bien, pero es probable que haya algún tipo de interpretación diferente, no soy cerrado en interpretaciones, pero opino que estamos haciendo bien, y si no viene bien dictaminado por alguna entidad superior, me parece que el puerto seco es una necesidad, no es una cuestión de si esta bien o no esta bien, y me parece que dejarlo para adelante cuando sabemos que un año mas vamos a estar así………..pero el puerto seco es una necesidad………….

La C. Guirado pide la palabra. Coincido con lo que dijo el Concejal que habló con anterioridad respecto de la enorme necesidad que tiene la ciudad de Ceres, de que las autoridades estemos a la altura de las circunstancias, mas allá de los procedimental que es importante, y yo conozco las buenas intenciones del C. Maza al respecto. Me parece que lo mas importante en este momento es ponernos los pantalones como autoridades y cuidar a la gente como corresponde. Podemos pedir la responsabilidad ciudadana o individual a cada uno, pero el Estado tiene una obligación, y es la de cuidar y controlar los protocolos para poder cuidar a la comunidad. Entendemos la mayoría del Concejo Deliberante y yo se que los oficialistas también lo entienden así, que haciendo mas estrictos y poniendo un poco mas de presión a las autoridades para el control, va a ser la forma por ahí de manifestar un cambio en cuanto al Estado, a la respuesta del Estado, para que la situación en Ceres mejore. No estamos bien chicos, tenemos 16 casos, algo sucedió y hay que empezar a hacerse cargo de las cosas que sucedieron. Si con lo que veníamos haciendo no se pudo evitar esta situación……….

                No siendo para mas, se da por finalizada la Sesión Extraordinaria siendo las 15:18.