CERES, 27 de noviembre de 2020.-
ORDENANZA N° 1691/2020
VISTO:
La solicitud efectuada por la Cooperativa CO.MA.RE. en fecha 16 de octubre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo responde a la solicitud de exención en el impuesto municipal Derecho de Registro e Inspección, por el plazo de tres (3) años
Que el mismo además solicita la condonación de la deuda 2020, de enero hasta la fecha en concepto de DREI (Derecho de Registro e Inspección)
Que la Cooperativa CO.MA.RE. fue exenta del DREI por el Concejo Municipala través de la Ordenanza N°1452/2016
Que la renovación del pedido se fundamenta en que desde julio/2019 recién comenzaron a ver mejores números en la cooperativa debido a la posibilidad de faenar en el frigorífico local lo que reducía el gasto en traslado y combustible. No obstante, la acuciante crisis económica cuyas variables se vieron profundizadas por la pandemia COVID 19 que impacta desfavorablemente en la producción de esta pyme local.
Que habiendo sido evaluado por éste Cuerpo Legislativo, la solicitud efectuada, el solicitante ha presentado la documentación oportunamente requerida por éste Concejo, a saber, Cuadro demostrativo de la situación económica desde el mes de enero del corriente año.
Que producto del estudio de la situación este cuerpo legislativo consideró pertinente otorgarle uno (1) de los dos (2) beneficios que solicita CO.MA.RE. entendiendo que:
- Cómo poder del estado es nuestra obligación apuntalar a las pymes que generan trabajo y valor agregada a nuestra producción primaria en momentos de gran incertidumbre y crisis económica.
- La Cooperativa CO.MA.RE. entrega bolsones a precios diferenciales a la municipalidad que redundan en asistencia para los sectores más vulnerables de Ceres.
- Que COMARE fue exenta en oportunidad anterior del DREI por 4 años, por lo que, si bien se atiende y entiende el pedido, este cuerpo legislativo no quiere generar una situación de privilegio.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Exímase del pago del Derecho de Registro e Inspección, por el plazo de 6 (seis) meses, a la Cooperativa CO.MA.RE. en su actividad comercial.
ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil VEINTE. –