CERES, 13 de septiembre de 2021.-

VISTO:

                La presentación voluntaria ante la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., de los vecinos residentes sobre calle Avellaneda entre las calles Vera Mujica y Amenábar, todos ellos de la Sección II de nuestra ciudad, quienes solicitan la conexión al sistema de desagües cloacales que dispone la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., y

CONSIDERANDO:

                               Que, revisada la solicitud, desde su posibilidad técnica, la obra es factible.

                               Que, evaluando el costo de la obra a llevarse a cabo con el propósito de poder brindar el servicio requerido, y prorrateado entre el total de usuarios beneficiados, resulta un valor de $36.283,79 (pesos treinta y seis mil doscientos ochenta y tres con setenta y nueve centavos) por unidad catastral.

                               Que estos valores surgen de imputar en el costo de la construcción, el acuerdo con la Municipalidad por el uso de la retroexcavadora por $19.342,99 (Pesos diecinueve mil trescientos cuarenta y dos con noventa y nueve centavos) por frentista, lo que hace posible una baja sustancial en el costo de obra, que, de ser calculado con alquileres de máquinas a terceros, este sería más elevado.

                               Que, informados de estos valores,los frentistas solicitantes, bridaron su aprobación.

                               Que con el propósito de facilitar que se vayan sumando usuarios al sistema, se acordó que el valor presupuestado se financie por parte de la Cooperativa en hasta 20 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $1.814,19 (Pesos un mil ochocientos catorce con diecinueve centavos) cada una.              

POR LO QUE:

                               El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorícese a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. a realizar la ampliación de la obra del sistema cloacal, y prestar servicios a los inmuebles que se encuentren beneficiados según lo detallado anteriormente.

ARTÍCULO 2°) Los inmuebles que serán beneficiados por la obra se identifican mediante detalle adjunto a la presente, con su correspondiente nomenclatura catastral, como así también la nota de solicitud de obra, debidamente suscripta.

ARTÍCULO 3°) Fijar el valor de la obra en: $36.283,79 (pesos treinta y seis mil doscientos ochenta y tres con setenta y nueve centavos) por unidad catastral, la que podrá ser abonada a opción del contribuyente en hasta un máximo de 20 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

ARTÍCULO 4°) Autorizar la apertura del libro de oposición, por el termino de 10 días, en el lugar y horarios que informará la Cooperativa, el cual una vez cerrado, quedará aprobada definitivamente la realización de la obra.

ARTÍCULO 5°) Se comenzará con la ejecución de la obra una vez alcanzado el cobro del equivalente al 30% del costo total de obra, lo que permitirá a la Cooperativa hacerse de los materiales para la construcción.

ARTÍCULO 6°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los nuevedías del mes de septiembre de dos mil VEINTIUNO. –