Ceres, 31 de marzo de 2022.-

VISTO:

            La solicitud de actualización en los valores del servicio de agua potable y cloacas, presentado por la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., ante este Cuerpo Legislativo en fecha 18/03/2022, y

CONSIDERANDO:

                        Que es facultad de este Honorable Concejo Municipal, aprobar o rechazar las tarifas solicitadas por la Cooperativa, de acuerdo a lo normado en al Artículo 17º de la Ordenanza Nº 765 de fecha 23 de abril de 1.999.

                        Que la Cooperativa ha solicitado a este Órgano Legislativo, un incremento de la tarifa por consumo de agua potable del 15,31%.

                        Que de los cuadros de ingresos y egresos surge con claridad, la necesidad de realizar un ajuste en el cuadro tarifario, debido a los costos de producción que requieren dichos servicios para que los mismos sigan siendo prestados a la comunidad con la calidad que los mismos requieren.

                        Que este Honorable Concejo Municipal entiende que el ajuste solicitado es razonable y se ajusta a los incrementos inflacionarios producidos hasta el momento.

POR LO QUE:

            EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorizase a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. a reajustar los valores de los servicios de agua potable y cloacas, normados en la Ordenanza Nº 1710/2021, de fecha 15 de abril de 2021, en un 15,31 %, a partir del mes de ABRIL de 2022, cuyos montos se detallan a continuación:

a)         Servicio Agua Potable:

•          1- Cargo fijo                                                   $ 293,08.- (pesos doscientos noventa y tres con 08/100)

•          2- Excedente sobre 1 m3 hasta 5 m3       $ 170,52.- (pesos ciento setenta con 52/100)

•          3- Excedente sobre 5 m3 hasta 15 m3     $ 204,66.- (pesos doscientos cuatro con 66/100)

b)         Servicios de cloacas:

•         Tarifa mensual por conexión                         $ 706,19.- (pesos setecientos seis con 19/100)

ARTÍCULO 2°) La vigencia de la presente, será a partir de la promulgación de la misma. –

ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

            Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los 31 días del mes de marzo de dos mil veintidós. –