CERES, 27 de noviembre de 1998.-

VISTO:

La ordenanza Nº 724/97 relativa a las tramitaciones realizadas por la firma “Aceitera General Deheza S.A.” para la instalación de una planta de almacenamiento de cereales. Y

CONSIDERANDO:

Que mediante la ordenanza mencionada el Honorable Concejo Municipal desafecto del dominio público municipal una fracción de terreno correspondiente a camino público, conforme croquis de relevamiento practicado por la Secretaría de Obras Públicas a los fines de incorporarlo al dominio privado del municipio, para su posterior transferencia registral a favor de la firma beneficiaria.
Que se ha concretado el plano de mensura por el cual se deslinda el terreno y se determina la superficie exacta a ser transferida –Plano Nº 127.749 de la Ing. Agr. Ethel Inés Ruffino- con superficie de 1 Ha 77 a 51 cs 32 dm2.
Que corresponden entonces incorporar dicha fracción al dominio privado del municipio y anotar tal extremo ante el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Santa Fe.

POR LO QUE:

El Honorable Concejo Municipal de Ceres, sobre la base de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1) Incorporase al Dominio privado de la Municipalidad de Ceres, una fracción de terreno afectada a calle pública, ubicada en el Distrito Ceres, departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, que según plano de mensura confeccionado por la Ingeniera Agrimensora Ethel Inés Ruffino, inscripto en el Departamento Topográfico bajo el Número 127.749, se designa con la letra “A” y mide: 580,52 metros en su lado Norte, puntos C.D.; 30 metros en el lado Este, puntos D. A.; 602,97 metros en su lado Sur, puntos A. B. y 37,38 metros en su lado Oeste, puntos B.C.; lo que dentro de los puntos citados, encierran una superficie de UNA hectárea, SETENTA Y SIETE áreas, CINCUENTA Y UNA centiáreas y TREINTA Y DOS decímetros cuadrados, y linda al Norte con vías del Ferrocarril General Mitre; al Este con calle Buenos Aires; al Sur con Hipolito Vaudagna y al Oeste con camino público.

ARTÍCULO 2º) Dispóngase lo conducente para su inscripción registral a favor de la Municipalidad de Ceres para su posterior transferencia a la firma beneficiaria.

ARTÍCULO 3º) Elévese al departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.-

Por bruno

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