En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los28días del mes deagostode dos mil veinticinco, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Tristán Malbrán N°75, los integrantes de dicho Cuerpo, encontrándose ausente con aviso la C. Guirado.Siendo las 08:38 horas, la Dra. Romina Meshler asume la Presidencia del Cuerpo y declara abierta la Sesión Ordinaria, procediéndose al tratamiento de los puntos establecidos en el Orden del Día:
SESIÓN ORDINARIA – ORDEN DEL DÍA N° 1500:
- Aprobación y firma de Acta anterior.
- Correspondencia Recibida:
- C.E.F. N°7040: Invitación 40° aniversario.
- Consejo Pastoral de Ceres y la región: Solicitud de reunión.
- DEM: Proyecto de electrificación loteo urbano (Anexo a Proyecto de Ordenanza de venta de lotes municipales).
- DEM: Proyecto de Ordenanza – Autorización para venta de lotes de propiedad Municipal.
La Pte. dice antes de iniciar con el temario, dejo que conste en Acta que se encuentra ausente la Concejal Guirado, envió un mail al correo oficial del Concejo notificando que no va a poder asistir a la sesión del día de hoy.
PUNTO 1) Aprobación y firma de acta anterior: Se somete a votación, se aprueba por mayoría de los presentes. Se procede a la firma de la misma.
PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida:
- C.E.F. N°7040: Invitación 40° aniversario.
- Consejo Pastoral de Ceres y la región: Solicitud de reunión.
La Pte. dice bien, vamos a pasarla a comisión para fijar un día de reunión.
- DEM: Proyecto de electrificación loteo urbano (Anexo a Proyecto de Ordenanza de venta de lotes municipales).
La Pte. dice es parte del anexo de la ordenanza que continúa, pero lo pusimos como correspondencia para que ingrese por sesión como corresponde.
PUNTO 3) DEM: Proyecto de Ordenanza – Autorización para venta de lotes de propiedad Municipal. El mismo dice lo siguiente: “VISTO:La demanda de terrenos para la construcción de vivienda familiar, y la existencia de lotes urbanos pertenecientes a la Municipalidad, aptos para el emplazamiento de viviendas familiares, yCONSIDERANDO:Que el Municipio con la intención de dar respuesta a las necesidades de casa propia de las familias Ceresinas, realizó un trámite correspondiente a mensura de dos lotes adquiridos mediante prescripción adquisitiva, de los que resultaron por el momento 34 lotes según plano de Mensura N° 283673.Que es intención del Municipio dar respuesta a las necesidades de vecinos de la localidad que no poseen lotes para la construcción de viviendas familiares, mediante un llamado a licitación pública a efectos de que aquellos puedan adquirir predios específicamente reservados para ese fin.Que la actual situación en materia de tierras en el Municipio, y la poca disponibilidad para tal fin, hace que el llamado a licitación pública sea el medio más democrático y equitativo de acceso a un lote familiar.Que resulta importante realizar el correspondiente llamado para efectuar la adjudicación y venta de tales inmuebles, que garantice la transparencia de la selección de acuerdo a criterios que se disponen en la presente.POR LO QUE:EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:O R D E N A N Z AARTICULO 1°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un llamado a Licitación Pública con el objeto de proceder a la venta de 34 lotes propiedad municipal sitos en calles Alceste Médici, Magallanes, Rondeau y San Lorenzo, según plano N° 283673.ARTICULO 2°) Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que habrán de regir el procedimiento licitatorio a realizar, los que como Anexo forman parte integrante de la presente.ARTICULO 3°) Los terrenos deberán tener como destino exclusivo la construcción de vivienda única y permanente. ARTICULO 4°) Fíjese como valor de Venta del Pliego, correspondiente al llamado de Licitación «Pública en la suma de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000,00).ARTICULO 5°) El pago del precio de los lotes, podrá realizarse de contado, en un plazo de hasta cuatro (4) cuotas mensuales iguales y consecutivas. ARTICULO 6°) Los oferentes que optaren por el pago de hasta cuatro (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, se ajustarán a la tasa activa del BNA en sus operaciones de descuento de documentos.ARTICULO 7°) La preselección de los oferentes estará a cargo de una Comisión de Preadjudicación integrada por miembros del Concejo Deliberante (uno por cada bloque) y por dos representantes del Departamento Ejecutivo Municipal. Este órgano tendrá a su cargo el estudio de la documentación presentada por cada oferente y resolverá, dentro del plazo de mantenimiento de oferta, para cada caso la admisión o desestimación. El resultado de la adjudicación será publicado, en la página oficial del Municipio; asimismo se procederá a notificar a cada oferente que resultare adjudicatario.ARTICULO 8°) El adjudicatario tendrá un plazo de un (1) año para presentar los planos de la vivienda desde la firma del contrato y de cinco (5) años para construir.-ARTICULO 9°) El inmueble no podrá transferirse hasta transcurridos los diez (10) años contados desde la inscripción de dominio. ARTICULO 10°) La venta se formalizará a través de boleto de compraventa; a partir de esa fecha, el comprador tendrá a su cargo el pago de la Tasa General de Inmuebles y otros servicios que le correspondieren a cargo del comprador.ARTICULO 11°) La escritura traslativa de dominio deberá ser otorgada en un plazo de dos (2) meses como máximo a partir de la fecha de cancelación del precio total del lote. Los gastos de escrituración son a cargo del comprador. Vencido dicho plazo la Municipalidad podrá iniciar las acciones judiciales correspondientes para lograr la escritura traslativa de dominio.ARTICULO 12°) Dispónese que los fondos provenientes (menos el 5% de los mismos destinados para gastos de administración), de la venta aquí autorizada serán imputados a la Partida Recursos de Capital, Subpartida Ventas de Lotes, que deberá crearse a tal fin. Asimismo, los egresos originados por la aplicación de la presente serán imputados a la Partida Bienes de Capital, Subpartida de Lotes.ARTÍCULO 13°) Dispóngase que los fondos provenientes de la venta de los lotes objeto de esta ordenanza serán destinados el 50% (cincuenta por ciento) para obras de infraestructura pública en la zona comprendida por los lotes objeto de la venta (energía eléctrica, alumbrado público, veredas, ripio, forestación y desagües pluviales), el 45% (cuarenta y cinco por ciento) para compra de Bienes de Capital – Maquinarias y Equipamiento -ARTÍCULO 14°) Autorícese la ampliación presupuestaria de las partidas de la Secretaría de Infraestructura, a los fines del cumplimiento de la presente Ordenanza.ARTÍCULO 15°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El C. Jullier pide la palabra. Bueno, un proyecto de ordenanza enviado por el Poder Ejecutivo, que corresponde a la venta de 34 lotes de propiedad municipal, que están ubicados en el barrio Quilmes, que mencionaba el Secretario entre las calles Rondeau, Medici, Magallanes y San Lorenzo, sabemos de la necesidad que hay de vivienda propia, obviamente por ende también del lote propio, por eso es gratificante de que en este caso vamos a poder dar solución a 34 familias para que puedan acceder al terreno, a su lote propio para la construcción, y al mismo tiempo, en esta ordenanza no solamente autorizamos la venta sino el pliego que viene anexo, que en este sentido tenemos que mencionar que la Fiscal Municipal y el Secretario de Infraestructura se hicieron presentes el día lunes para poder dar todas las explicaciones, un pliego de bases y condiciones en donde algunos de los puntos importantes a destacar es que, por ejemplo, aquellos que adquieran un lote no pueden poseer una titularidad de otro inmueble, eso asegura que sea destinado a vivienda única y permanente, también se establecen plazos que son importantes, que estuvimos evaluando, un plazo de un año para la presentación de los planos, cinco años para la construcción y diez años, después de diez años, van a poder vender los lotes, y también en relación a las propuestas no van a poder hacer más de tres propuestas dentro de las 34 posibles que existen, siendo solo adjudicatarios de un solo terreno, eso es un poco, y lo que mencionaba también en el considerando, un poco de equidad a través del proceso licitatorio. Al mismo tiempo en el pliego es importante destacar de que, y en la ordenanza queda articulado, la constitución de una comisión evaluadora, que va a estar integrada por todos los presidentes de bloque, eso va a dar también mas transparencia al momento de la selección de cada uno de los adjudicatarios, y finalmente una cuestión a destacar es que esta venta de lotes se va a entregar previa a la realización de las obras de electrificación, por eso se adjunta el proyecto de electrificación, y de veredas, de ripios, forestación y desagües pluviales. En este sentido, y teniendo en cuenta, volviendo a destacar lo que planteaba al principio, la importancia frente a la necesidad que existe, adelantamos el voto positivo de todo el bloque UCR.
El C. Busquets pide la palabra. Perdón, quería aclarar ahí el tema de la inscripción del dominio de terreno, eso empezó hace seis años, cuando estaba quien les habla en el gobierno, y recién ahora se termina el proceso del llamado loteo de los Correa, en primera medida. En segunda medida, yo voy a acompañar porque hace falta a la gente la posibilidad de comprar terrenos medianamente en precio, pero había solicitado que lo lleven a 6 meses, que prorroguen el tiempo de pago, pero bueno, decidieron Ustedes como bloque oficialista, de todas maneras voy a acompañar, adelanto el voto, para que la gente pueda tener de alguna manera, el que pueda, adquirir el terreno.
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad de los presentes.
No siendo para más, se da por finalizada la Sesión, siendo las 08:49 horas.