CERES, 18 de enero de 2000.-
VISTO:

La solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal tendiente a solucionar los problemas ocasionados por los vehículos que desvían la estación de Peaje Ceres sobre Ruta 34. Y

CONSIDERANDO:

Que desde la existencia sobre Ruta 34 de la Estación de Peaje de la Empresa Covinorte S.A. concesionaria del tramo de ruta que nos incluye, el desvío de vehículos de carga por los caminos vecinales de nuestro distrito se ha hecho habitual.
Que el pasaje especialmente de camiones de gran porte provoca no sólo la destrucción de los caminos rurales sino que además en épocas de escasez de lluvias generan nubes de polvo que provocan daños directos sobre los cultivos, los animales y las personas que habitan nuestros campos.
Que al respecto con fecha 26 de octubre de 1999 y actuando la Secretaría de Obras y Servicios Públicos como receptora de los reclamos fue presentada al Jefe de la Estación de Peaje Ceres, una nota firmada por productores afectados para que se tomen medidas tendientes al control del tránsito de los vehículos a que se hace referencia en el primer y segundo párrafo.
Que fue considerado de común acuerdo entre la empresa COVINORTE S.A. y la Secretaría de Obras y Servicios Públicas de la Municipalidad de Ceres, la construcción de pórticos tendientes a limitar la altura de paso de los vehículos, ubicados en lugares estratégicos de acceso a nuestro distrito.
Que para la construcción de los seis pórticos necesarios, la empresa Covinorte S.A. concurrirá con el aporte de los materiales y el Municipio con la mano de obra.
Que se adjunta a la nota de solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal plano de los pórticos y mapa de nuestro distrito con la ubicación de cada uno de ellos.
Que este Concejo considera viable la alternativa de los pórticos para dar solución a los problemas ocasionados.

POR LO QUE:

El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de pórticos móviles en los caminos comunales del Distrito Ceres señalizados en el mapa.

ARTÍCULO 2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proveer la mano de obra para la construcción, colocación y señalización de los seis pórticos móviles, recibiendo de la empresa COVINORTE S.A. los materiales necesarios acorde a los planos que constan en los archivos del H. Concejo Municipal.

ARTÍCULO 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos deberá prever la funcionalidad de los pórticos con los productores agropecuarios que deben circular por esos caminos.

ARTÍCULO 4º) Elevese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los dieciocho días del mes de enero de dos mil.-

Por bruno

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