CERES, 18 de enero de 2000.-
VISTO:
La solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal con respecto a la prórroga de los efectos de la Ordenanza Nº 779/99.
CONSIDERANDO:
Que es de fundamental importancia para el Municipio contar con los recursos económicos que le permitan satisfacer las demandas de la gestión de gobierno.
Que hay una clara intensión por parte de los frentistas de regularizar las deudas que por diferentes conceptos han contraído con el Municipio.
Que por tales motivos es conveniente prolongar los efectos de la Ordenanza Nº 779/99 hasta el 31/01/2000.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Prorrógase en su totalidad la Ordenanza Nº 779/99 y sus efectos hasta el 31/01/2000.
ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil.-