En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho, se reúnen en la Sala de sesiones del H.C.M. los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

1 – Lectura del Acta anterior.
2 – Correspondencia recibida.
3 – Proyecto de Ordenanza DEM.
4 – Contrato Comodato Canal 13.

PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida. El Arq. Alberto Hammerly, Presidente del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, nos invita a la primera sesión del primer período ordinarios correspondiente al año en curso.
Se recibió de la Municipalidad de Rafaela, copia de la Declaración Nº 76 del Concejo Municipal de esa ciudad. La citada Declaración hace referencia a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24449, sancionada a fines del año 1994, y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 6 de febrero de 1995, señalando que dicha ley no cuenta aún con la adhesión de la provincia de Santa Fe.
Se da lectura luego a la Declaración remitida. En su artículo primero solicita a la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe, como a los bloques con representación parlamentaria, el tratamiento a la brevedad del o los proyectos relativos a la adhesión provincial a la Ley Nacional Nº 24449.
El C. Ferrero sugiere se solicite al Concejo de Rafaela una copia de la Ley de Tránsito. Considera que primero hay que ver bien la ley.
El Pte. dice que no habría problemas en adherir a una declaración que pide a la provincia que adhiera a la ley.
Se resuelve luego, elevar una Declaración en adhesión.
Se recibió por otra parte, una invitación a la Reunión que el Comité Latinoamericano de Legisladores Municipales realizará en la ciudad de Rosario los días 3 y 4 de abril del cte. año.
Se observa el Programa de Actividades a Desarrollarse en el Centro Cultura Bernardino Rivadavia de esa ciudad. También se adjuntan tarifas de hoteles.
En otro orden, el Pte. dice que de la revista Reportaje, se enviaron fichas para proponer conductas sobresalientes, para aquellos que deseen señalar y distinguir a quienes dentro de la comunidad, significan modelos de conductas deseables en algún sentido. En el mes de abril se entregarán los diplomas a los seleccionados.
Los Concejales Camilo Busquets y Héctor Sánchez manifiestan su oposición a participar de las propuestas.
Se procede luego a dar lectura a la nota presentada por vecinos de nuestra ciudad. La misma hace referencia a la necesidad de tener en cuenta la desfavorable situación económica financiera por la que atraviesa nuestra ciudad, a raíz de las inundaciones, por lo cual piden un plazo de seis meses a partir de la fecha no se autoricen la realización de espectáculos foráneos (parques, circos), y firman la nota Bar y Pizzería Kethal, Café del Sol, Comedor Popeye, Restaurante La Fuente, y Parrilla Centro.
Se hacen comentarios respecto a lo que puede perjudicar estos espectáculos foráneos.
El C. Sánches dice que esta en la conciencia de la gente de ir o no ir, si la situación económica se lo permite o no de concurrir a un espectáculo.
Luego de analizar el pedido, se resuelve dejar en estudio de Comisión.

PUNTO 3) Se procede luego, a dar lectura al proyecto de ordenanza elevado por el DEM, mediante el cual se aprueba la formalización de un Convenio entre la Municipalidad de Ceres y el Comité de Emergencia Hídrica y la Dirección provincial de Vialidad para la realización de un Movimiento de Suelo con transporte por el importe de pesos siete mil quinientos, destinado a la habilitación de caminos rurales. Además autoriza al Comité de Emergencia Hídrica y a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le corresponden a la Municipalidad de Ceres.
Finalizada su lectura, el Pte. dice que el Comité de Emergencia ha establecido una serie de disposiciones en cuanto a realizar convenios con las distintas municipalidades y Comunas que fueron afectados por las inundaciones, ya sea para rutas provinciales o para caminos comunales. En éste caso dice, estos $ 7500.- se destinarían para levantar la salida del camino a la frontera. Se habla de dos mil metros cúbicos de movimiento de tierra, lo que equivaldría a 3,75 pesos por metro cúbico y la Municipalidad con eso tiene que levantar ese tramo de camino.
El C. Cejas pregunta de dónde sacan la tierra?
El Pte. dice que algo lo sacan de excavación de cunetas y otra parte, apenas se pueda, sacarán de algunos canales grandes.
El C. Sánches pregunta si está incluído el flete de los camiones?
El Pte. dice que está todo incluído.
El C. Sánchez pregunta si dan los números, y cuánto se está pagando el metro cúbico?
El Pte. dice que a costo municipal está mucho menos. Sucede que no solo contempla el traslado a tierra sino también la compactación y demás.
El C. Sánchez pregunta cuánto es lo que hay que levantar?
El Pte. dice que son alrededor de 500 metros. Agrega que se irán haciendo otros convenios, en la medida que la Comisión disponga fondos.
El C. Sánchez pregunta quién determina el lugar?
El Pte. dice que lo elige la Municipalidad acorde a las necesidades.
El C. Sánchez pregunta si ese camino es más necesario que otros?
El Pte. dice que están los dos incluidos, pero van saliendo de a poco. El primero tiene más producción tambera que el otro. Y la producción que necesita mayor circulación es el tambo.
Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba sobre tablas y se eleva al DEM:

PUNTO 4) Finalmente el Pte. dice que se encuentra un contrato de comodato con Canal 13, ya que éste tiene la antena instalada pero nunca regularizó la situación. cuenta con un borrador del contrato de comodato, que está charlado con la empresa. Les interesa solucionar el problema y se prometió soluciones en la medida en que se pudiera retrotraer la situación de los terrenos. Por todo lo cual plantearon un contrato y es para conversarlo en el Cuerpo.
Se da lectura al mismo. el C. Ferrero dice que pedían que el plazo de duración sea de acuerdo a la licencia que tienen otorgada y sus sucesivas modificaciones. El problema es que normalmente esas licencias nunca van a caducar, es decir que Canal 13 la va a tener a lo mejor cien años. Entonces no se quería fijar un plazo, y en lugar de fijarlo nosotros quedaría supeditado a todas las innovaciones que haga la empresa, porque será eterno.
El Pte. dice que en un primera instancia se les propuso un plazo de diez años. La cláusula quinta dice que vencido que sea el plazo de duración pactado en la cláusula anterior, la comodataria restituirá el dominio público que recibe en comodato a la comodante libre de todo ocupante y/o ocupación y en iguales condiciones a las recibidas. En el artículo sexto se determina que, si sobreviniere al comodante alguna imprevista y urgente necesidad de la cosa dada en préstamo, podrá ésta pedir la restitución de la misma a la comodataria con una antelación de 90 días. El Pte. dice que había una propuesta de sus partes para que en el momento que se lo necesite con noventa días de anticipación, se solicite.
El C. Ferrero dice que en el contrato original, Canal 13 pedía que la Municipalidad renuncie a una facultad que le otorga el Código Civil, que refiere a que, cuando se presta una cosa, si hay una necesidad imprevista y urgente se pueda pedir la restitución. Canal 13 había puesto una cláusula donde la Municipalidad renunciaba expresamente a hacer uso de ese artículo y que se pidiera la restitución de la cosa antes del vencimiento del plazo.
El C. Sánchez dice que al poner un plazo, no puede entrar la otra cláusula, porque no se les puede hacer desmontar a ellos todo lo que tienen.
El Pte. dice que lo que pedían era que por lo menos por un plazo mínimo de cinco años, no se le obligue mediante esta cláusula. es decir que se da un comodato por diez años, pero en los primeros cinco años esta cláusula no estaría en vigencia. A partir del quinto año, si la Municipalidad lo necesita y hasta los diez años, les avisa con noventa días de anticipación. El Pte. luego, continúa con la lectura de los siguientes artículos.
Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve dejar en estudio de Comisión.

No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintidós treinta horas.-

Por bruno

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