En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, siendo el primer día de abril de mil novecientos noventa y ocho, se reúnen en la Sala de Sesiones del H.C.M. los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo,. encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna treinta horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:
1 – Lectura del Acta anterior.
2 – Tratamiento Comodato Canal 13, y Ordenanza.
3 – Tratamiento tema solicitud de Bares y Comedores.
4 – Tratamiento ordenanza Bº FONAVI.
PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.
PUNTO 2) A continuación, el Pte. informa que se recibió el borrador completo del Comodato con el Canal 13. Para ello procede a la lectura del mismo.
Finalizada su lectura, se observan algunos puntos con relación al domicilio legal, que se constituirá en la ciudad de Ceres.
Se resuelve luego, elaborar la ordenanza que autorice al Sr. Intendente y al Secretario de hacienda a firmar el Contrato de Comodato con la firma Televisora Santafesina S.A., propietaria de la Planta Transmisora de la Repetidora (Canal 6 de Ceres), de la señal de LT 82 TV Canal 13 de Santa Fe.
PUNTO 3) A continuación, se da lectura a la respuesta elaborada por el Bloque UCR, en relación a la solicitud efectuada por cinco comercios de nuestra ciudad, en la sesión anterior. Y que se refería a la no autorización por un plazo de seis meses de espectáculos foráneos. El Concejo responde no poder hacer lugar a lo solicitado. Considerando que el comercio de Ceres recibe gran cantidad de vecinos de otras poblaciones e incluso de otras provincias que gastan e invierten su dinero en nuestra ciudad. Y siendo que los comercios que realizan tal solicitud son conocedores de tal extremo, dado que sus comercios atienden a muchas personas que están de paso o vienen a disfrutar de los espectáculos y diversiones que ofrece nuestra ciudad. Es criterio de este Cuerpo que se permita la libertad de trabajo en tanto se abonen las sisas e impuestos correspondientes, pues la competencia propia de toda actividad comercial permite tener precios y servicios accesibles y libertad de elección para cualquier ciudadano. Además que el comercio de Ceres no va a expandirse ni crecer sobre la prohibición de otras actividades afines sino sobre la base de ofrecer al consumidor mas y mejores servicios y una atención hospitalaria y cordial que torne atractiva la visita a nuestra ciudad y la concurrencia mas frecuente de nuestro habitantes.
Los Concejales Busquets y Sánchez están de acuerdo con el contenido de la nota, por lo que se elevan copias a cada uno de los comercios que efectuaron la solicitud, Parrilla Centro, Café del Sol, Bar y Pizzería Kethal, Comedor Popeye y restaurante La Fuente.
PUNTO 4) Se procede luego a elaborar la ordenanza relacionada al informe brindado por el DEM en relación a la situación de los vecinos afectados a la obra de cloacas del Barrio Santa Rita, Ordenanza Nº 522/92, referentes al pago de cuotas acordadas. Mediante ésta se deja sin efecto la obra por contribución de mejoras prevista en la Ordenanza Nª 522/92, disponiendo el reconocimiento de los importes abonados por los vecinos afectados a la obra, con más un interés igual al que cobra el Municipio por mora en tales contribuciones, desde la fecha de pago y hasta la sanción de la presente ordenanza. El importe abonado con sus intereses, serán acreditados por el Municipio para el pago de la deuda que registren tales contribuyentes en concepto de Tasa General de Inmuebles de la propiedad afectada. Si no registrare deuda por Tasa de Inmuebles, se otorgará un Crédito Fiscal a cuenta de tal tributo y hasta tanto se cubra la liquidación resultante de lo establecido anteriormente.
Se aprueba sobre tablas y se eleva al DEM.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintidós horas treinta minutos.-