En Ceres, Departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y ocho, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. C. M. Los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el orden del Día:
1 – Lectura del Acta anterior.
2 – Correspondencia recibida.
3 – Proyecto de Ordenanza DEM.
4 – Adhesión Ley Nacional de Tránsito.
PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la sesión anterior, la que es aprobada sin observaciones.
PUNTO 2) A continuación, se procede a dar lectura a la correspondencia recibida. De la Asociación Noroeste Santafesino de Bochas, se recibió invitación para la cena de Bienvenida que se realizará en el Salón del Club Atlético Ceres Unión, en el día de la fecha, a las 21:30 horas, con motivo de disputarse el 2º Campeonato Argentino Individual de Bochas, Categoría Damas. Contando con la presencia de dieciséis delegaciones que visitan la ciudad.
Finalizada su lectura, el Presidente pregunta si alguien desea asistir. Luego, da lectura a la nota elevada por la Cooperativa de vivienda, Provisión de obras, Servicios Públicos y Asistenciales de Hersilia Ltda., en la misma informan que a partir del 1º de Noviembre rige la aplicación de la Ley 24977, en Impuesto al valor Agregado, debiéndose cumplimentar con cierta información, para lo cual adjuntan formularios a completar y remitir a esa cooperativa. Se completa y eleva.
PUNTO 3) A continuación, se da lectura al proyecto de ordenanza elevado por el DEM, mediante el cual se aprueba la formalización de un convenio entre la Municipalidad de Ceres y la Dirección Provincial de Vialidad para los trabajos de movimientos de suelo de extracción lateral el la Ruta Provincial 277-S, dentro del Programa de Descentralización de mantenimiento de calzadas naturales, conforme al Plan de Trabajos a establecer. Se faculta al Sr. Intendente Municipal Don Raúl Ramonda, para que suscriba el respectivo convenio, como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y a la percepción de la tasa que se establezca. Se aprueba además la inversión que deberá realizar la Municipalidad de Ceres, de $ 9.000.- conforme lo establece la Ley 2756.
Finalizada su lectura, el Pte. dice que se adjunta al proyecto una copia del convenio, dando lectura del mismo, se observa que, en su artículo primero la Municipalidad realizará de conformidad a lo previsto en el Programa de Descentralización de mantenimiento de calzadas naturales, los trabajos consistentes en movimiento de suelo de 6.000.- m3, segundo la Municipalidad se compromete a ejecutar los trabajos en su totalidad por administración comunal o por terceros. Tercero Vialidad le abonará a la Municipalidad de suma de $ 9.000.- fijándose un plazo de iniciación y finalización de la obra de 120 días calendarios a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación de los trabajos. Los demás artículos se refieren a los recaudos que se deben adoptar y que prevé la Ley de Tránsito Nº 13893, debiendo efectuar la debida señalización en la zona de la obra, advirtiendo los riesgos que esta implica para el tránsito y las precauciones que debe adoptar los vehículos que por allí circulen. Y por último la Municipalidad sume exclusivamente la responsabilidad civil y penal por todos los daños y/o perjuicios que pudiere causar a Vialidad y a terceros en ocasión y con motivo de los trabajos a realizar por este convenio, como a sí también asume exclusivamente la responsabilidad laboral por el personal que emplee en la ejecución de los trabajos.
Finalizada su lectura, el C. Cejas pregunta qué destino tiene la tierra?
El Pte. dice que el destino será levantar los caminos. Limpiarán los canales y con esa tierra levantarán los caminos. La extracción lateral se hace con ese objetivo.
El C. Ferrero dice que Vialidad le paga a la Municipalidad $ 9.000.- por mover 6.000 m3. de tierra. Agrega que, en una época se había discutido el tema de la responsabilidad de afectación de coparticipación. Es una cláusula formal que pone Vialidad siempre, pero la pone por las dudas, porque todas estas obras van por certificación. Si no se avanza no pagan. Entonces nunca hay una especie de deuda. Sino que directamente bloquean el pago convenido.
Luego de un intercambio de opiniones se aprueba el proyecto de ordenanza sobre tablas.
PUNTO 4) Finalmente, el Pte. informa que se recibió un FAX, que dice que con fecha 6 de Octubre la provincia adhirió por ley a la Ley Nacional de Tránsito. La intención sería leerla y acordar de qué manera se va a trabajar, de modo de ir modificando la Ordenanza Nº 216 de Tránsito, en función de esta ley Nacional y de la Provincial.
Se da lectura a la ley, y se destaca que en la misma se crea un Consejo Provincial de Seguridad Vial, dentro de la órbita del Poder Ejecutivo Provincial, con funciones como, fiscalizar la aplicación de la ley y sus resultados, proponer políticas de prevención de accidentes de tránsito, alentar y desarrollar la educación vial, coordinar la acción de las autoridades de tránsito de las jurisdicciones, nacional, provincial, municipal y comunal, promover la capacitación de los técnicos y funcionarios a cargo de la aplicación y comprobación de las faltas previstas por la legislación vigente, fomentar y desarrollar la investigación accidentológica a través de la creación de un registro provincial de antecedentes de tránsito, garantizar la participación en calidad de asesores de las entidades que representen a los sectores de la actividad privada y/u Organizaciones civiles no gubernamentales vinculadas a la materia..
Finalizada su lectura el C. Ferrero sugiere que la Ley Nacional quede en Secretaría a disposición de los miembros del Concejo, para cuando lo requieran.
El Pte. dice luego que en el año 1994, se hizo un compendio de las ordenanzas de tránsito y de aspecto edilicio, y circulación en caminos rurales, que se repartió a cada vecino. Y la Ordenanza 216/80 de tránsito, es la que utiliza la Policía Municipal como elemento de aplicación. Pero hay elementos en ella que están desactualizados, como mozos de cordel, prohibición de estacionamiento en algunos lugares, se establecen horarios. Considera que habría que conformar una Comisión de éste Concejo para analizar las leyes y las ordenanzas. En cuanto a la ley provincial, cree que habrá que contemplar en la ordenanza que si el Municipio esta en condiciones de firmar un convenio de acuerdo a lo que reglamente ésta, en el tema de la revisión vehicular. O bien ver la posibilidad de realizar con Municipios vecinos algún tipo de convenio, para hacerlo todo en un solo lugar. Porque es una decisión política nuestra de concesionar o no el servicio. Porque la Ley dice que la Municipalidad puede en última instancia, concesionarlo o no. Esta será una decisión nuestra. La Ordenanza está planteada en función a una ley antigua, dice, y en oportunidad que llegó la Ley Nacional, observó que esta planteado de otra forma, tiene temas que se plantean de una forma distinta a como se plantean acá. Agrega que en la misma hay definiciones muy claras, de peatones, de vehículos de determinadas características, también especifica claramente el procedimiento para adquirir el carnet de conductor.
Se resuelve conformar una Comisión integrada por los Concejales Arturo Ferrero, Héctor Sánchez y la Concejal Cristina de Cartas, para analizar en detalle las leyes Nacional y provincial.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintidós horas treinta minutos.-