En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

1 – Lectura del Acta anterior.
2 – Correspondencia recibida.
3 – Tratamiento Ley Provincial de Tránsito.

PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida. De la Escuela Especial Nº 2039 se recibió invitación para el día 9 de Octubre en que conmemorarán sus 25 años, con un acto y cena en el Club Atlético Ceres.
Luego de un intercambio de opiniones se resuelve hacer una plaqueta conmemorativa de parte de ëste Concejo.
Del Club Central Argentino Olímpico se recibió una nota informando sobre un proyecto deportivo a realizarse por esa institución. En virtud del gran interés que despertó el basquetbol de primera, jugando el mismo en la Asociación Rafaelina junto a equipos de gran trascendencia provincial y nacional. El torneo tiene una duración inicial de cinco meses y luego, en virtud de los resultados se puede continuar o finalizar. Estos proyectos, continúa la nota, tienen grandes erogaciones, estimándose en $ 15.000.- por lo que solicitan una contribución de $ 500.-
Finalizada su lectura, la Concejal Cartas dice que estuvo conversando con el Presidente, el Dr. Orlando Zenobi, quien le manifestó que debido a la duración del torneo, sería factible hacer un aporte mensual de cien pesos, en el período de cinco meses.
Se hace un intercambio de opiniones en relación al monto solicitado, que supera los aportes que comúnmente se hacen a estos eventos. También se observa que la erogación que implica la organización del torneo es demasiado elevada.
Se resuelve luego, dejar en estudio de Comisión hasta la próxima sesión.

PUNTO 3) A continuación el Pte. informa que ha ingresado al Concejo la Ley Provincial de Tránsito que adhiere a la Ley Nacional. Agrega que hay mucho material para análisis, ya que el Decreto Reglamentario Nº 2311/99 de la Ley Provincial es bastante amplio. A partir de aquí los municipios van a tener que adaptarse a la nueva reglamentación, y a la adquisición de las máquinas fotográfica digital y al software, cuyo costo oscilaría en los tres mil pesos. Dice que para asesorarse al respecto, el Intendente y Secretario de Hacienda estuvieron en la ciudad de Rafaela. Respecto a la máquina para hacer el exámen psico-físico tiene un costo entre 20 y 24 mil pesos. De todas maneras existe la posibilidad de alquilar las máquinas, o de llegar a conformar una sociedad con otro municipio.
El C. Busquets pregunta si a eso lo manejaría la Municipalidad?
El Pte. dice que en la ciudad de Rafaela se hace todo, Sunchales solamente tiene la PC y la cámara fotográfica y tiene el aparato que extiende el carnet, de PVC o de un material reciclado de vidrio. Sunchales tomó la parte que hace a la extensión del carnet, pero en el exámen psico-físico lo licitó a médicos privados. Les pusieron un tope máximo de posibilidades de cobro. Todo depende de la cantidad de carnet que se hagan por año. En Ceres se están haciendo alrededor de 600 carnet por año. Y lo que debería hacerse aquí es lo que se denomina “Centro de Región”. El mismo comprendería localidades vecinas como La Rubia, Hersilia, Montefiore, y alguna otra Comuna, lo que significaría un mayor número de carnet. De todas maneras no están todavía los precios de los equipos. No es un trámite lento, porque la Dirección de Tránsito de la provincia tiene un límite a partir del cual los carnet vencen.
Por otro lado, se están pidiendo presupuestos de las máquinas para el exámen psico-físico, para hacer leasing o para alquilar.
La C. Cartas pregunta hasta cuándo es el plazo?
El Pte. dice que se hablaba hasta fin de octubre.
El C. Sánchez pregunta si se contempla la posibilidad de privatizar.
El Pte. dice que no se trató, pero habría primero que tener idea de los valores para después analizar. Además va a depender de cómo se aplique la ley. Porque aquí los menores de edad de 16 años pueden manejar motos de hasta los 50 cm3. Este es un carnet anual. Luego de los 17 a los 18 corresponde otro carnet anual y le permite conducir motos de hasta 125 cm3. De los 18 en adelante se entregan carnet anualmente hasta los 21 años. Luego hay períodos después de los 45 años y demás, ya no es como era antes cada cinco años. Esto puede aumentar la cantidad de carnet. Al costo del exámen psico-físico, hay que agregar la firma de un médico y los $ 20.- del sellado de la Asociación Médica. Se le informó además que un carnet está alrededor de 120 pesos y una renovación 80 pesos.
El Pte. luego, dice que el Concejo tendrá que hacer una ordenanza de adhesión a esta ley provincial. Y la ley prevé que en algunos temas el Municipio puede legislar haciendo más restrictivos algunos gastos.
El C. Sánchez pregunta si se sabe si a esta ley provincial se le hicieron algunas modificaciones. Porque en un principio la provincia había sacado un decreto de adhesión y adhería solamente en algunas cosas muy puntuales. Ahora si ya salió la ley completa, indudablemente puede haber tenido modificaciones.
El Pte. dice que es una adhesión a la ley nacional.
El C. Busquets pregunta si menciona algo sobre la inspección vehicular.
El Pte. dice que la provincial lo prevé, pero para implementarlo el año que viene.
Se da lectura luego a la Ley y a su decreto reglamentario, donde se especifican los requisitos para el exámen psico-físico de los solicitantes. Los exámenes sensoriales, agudeza visual, perimetría, visión de profundidad, visión nocturna, encandilamiento, recuperación al encandilamiento, visión de colores, audiometría. Dentro de los exámenes psíquicos, tiempo de reacción entre estímulos visuales y miembros superiores o inferiores. Inteligencia, para evaluar eficiencia intelectual para conducir, especialmente capacidad de atención, memoria, discriminación y comprensión.. Salud mental, para evaluar estado psíquico y capacidad de autocontrol para conducir vehículos motorizados. Luego los exámenes técnicos de idoneidad conductiva. Este evaluará los conocimientos esenciales y generales que debe poseer todo conductor de un vehículo automotor, y por último el examen teórico que incluirá normas de circulación contenidas en la ley de tránsito, normas para los vehículos, normas para la velocidad, normas para el estacionamiento, normas y obligaciones en casos de accidentes, normas de señalamiento, documentación mínima, conocimiento de los centros asistenciales y policiales, conocimientos simples de mecánica. Y un exámen práctico, de conducción en circuito de prueba.
Luego se da lectura a la adhesión de la ley Nacional de Tránsito 24.449. En lo referente a las funciones de prevención y control de tránsito en las rutas nacionales y otros espacios de dominio público nacional por parte de la Gendarmería Nacional, se establece que dicha fuerza no podrá interferir en la competencia provincial en esa materia, en virtud de tratarse de una facultad no delegada al Gobierno Federal, sin perjuicio de los convenios celebrados o que pudieran celebrarse oportunamente con la Nación. El Pte. agrega entonces, que habrá que firmar un Convenio con la Dirección Provincial de Tránsito, más allá de la ordenanza de adhesión. Mediante la misma se crea el Consejo Provincial de Seguridad Vial. En otro artículo se incorpora al Título III, Capítulo V del Código Procesal Penal de la provincia, un artículo que refiere a las causas por infracción a los artículos 84 y 94 del Código Penal, cuando las lesiones o muertes sean consecuencia del uso de automotores, el Juez podrá en el auto de procesamiento, inhabilitar provisoriamente para conducir al procesado, reteniéndose a tal efecto la licencia habilitante y comunicando la resolución a los registros nacional y provincial de antecedentes de tránsito. En lo que respecta a la revisión técnica obligatoria, el Poder Ejecutivo Provincial delegará la misma por convenios con Municipalidades y Comunas de la Provincia. Podrán hacerlo en forma individual o a través de convenios interjurisdiccionales. Podrán asimismo concesionar a terceros la prestación de los servicios, siguiendo sus propias normas legales, o formalizar convenios con instituciones de educación técnica reconocidas oficialmente.
Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve hacer copias de la ley y decreto, a los efectos de ser analizados en detalle.
Se observa también cuando se solicita la licencia por primera vez a los 17 años, con un año de validez. A los 18 años con un año de validez. De 19 a 21 años con dos años de validez. Cuando se solicita la licencia por primera vez a los 18 años, tiene un año de validez. De 19 a 20 años un año de validez. De 20 a 21 años, un año de validez. Cuando se solicita la licencia por primera vez a los 19 años, tiene un año de validez. De 20 a 21 un año de validez. La vigencia máxima de la habilitación para conductores mayores de 46 años, será de cuatro años. Para mayores de 60 años, será de tres. Para los que tengan más se 65 años, la renovación será cada dos años. Y para los que tengan más de 70 años, la renovación será anual.
Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve dejar en estudio.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión, siendo las veintidos horas treinta minutos.-

Por bruno

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