En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de mayo de dos mil dos, se reúnen en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día.

 

            1 – Lectura del Acta anterior.

            2 – Correspondencia recibida.

            3 – Tratamiento Presupuesto/2002.

 

PUNTO 1) Se da lectura al acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

 

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida. De la 96.5 FM Líder se recibió nota en la que informan que a partir del mes de mayo se realizarán modificaciones en la forma de trabajo, en cuanto a la programación diaria. Las oficinas comerciales se encontrarán en San Guillermo para lo cual aportan dirección y teléfonos.

Se toma conocimiento y se archiva en la correspondiente carpeta.

El Concejo Municipal de Malabrigo envía nota invitando a participar de la reunión convocada por el foro de Concejales del Depto. General Obligado, con la participación de Legisladores Provinciales y Concejos Municipales de los siete Departamentos del Norte de Santa Fe. La misma se realizó el día 3 de mayo y se trataron los siguientes temas: Comisiones Bancarias del Nuevo Banco de Santa Fe SA, Coparticipación Municipal del Impuesto a las Transacciones Financieras. Compensación de créditos y deudas con la provincia, modificación del actual sistema de coparticipación de patente automotor, modificación de la ley 11.105 y su Decreto Reglamentario 2773/94. Para ello adjuntan copias de resoluciones sancionadas por ese Cuerpo en relación a estos mismos temas.

El Pte. dice que lamentablemente nos hemos enterado tarde de esta invitación, pero se deja constancia en actas del tratamiento de los temas.

El Concejo Municipal de Totoras y el Concejo Municipal de Las Toscas envía copias de cinco resoluciones del mismo tenor.

El Pte. dice que el Banco Santa Fe le cobra a los municipios y comunas, el dos por ciento de cualquier movimiento, por la cobranza y por las transferencias, cualquier movimiento de cuenta que se haga.

Las resoluciones hacen referencia a los temas planteados por el Concejo Municipal de Malabrigo. Y  dicen lo siguiente: «El nivel que han alcanzado las Comisiones Bancarias en el gasto de los Municipios, llegando a considerarse una de las erogaciones que anualmente tienen una incidencia muy ponderada e importante en el erario público. Y considerando que siendo los Municipios hasta el momento, clientes cautivos del Nuevo Bando de Santa Fe S.A., les resulta imposible abstraerse de efectuar este gasto que, en otros Bancos resulta sensiblemente inferios y lógicamente conveniente a los intereses municipales. Que, como es un imperativo de todos los gobiernos locales optimizar las erogaciones, resulta procedente iniciar medidas que propendan a adecuar los costos operativos del sistema bancario en el que se desenvuelven, bajando los porcentuales de gastos por comisiones bancarias de todo tipo a niveles aceptables, que no incidan tan negativamente ne los presupuestos municipales como ocurren en la actualidad. Que, resultando insoslayable la dependencia con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., es razonable entonces la acción conjunta de los Municipios para lograr una baja sustantiva de los porcentuales actuales, correspondientes a las comisiones , asimilándolas a las normales del sistema bancario en general. Que, en Foro de Concejos Municipales del Departamento general Obligado se decidió iniciar, ante las autoridades pertinentes, todas las gestiones que sean necesarias para lograr la reducción de las comisiones bancarias aludidas. ARTÍCULO 1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe y a las autoridades del Nuevo Banco de Santa Fe S. A. la reducción de las comisiones bancarias que se aplican a las operatorias efectuadas con Municipalidades y Comunas, adecuando las mismas a las fijadas por el Mercado Bancario en general., dejando abierta la posibilidad de convenir y negociar tasas diferenciadas para todas las operaciones que el Estado Provincial y municipal realicen con esta entidad bancaria. ARTÍCULO 2º) Requiérase tanto al Poder Ejecutivo como a la Legislatura Provincial, modificar en aquello que fuere necesario, los marcos normativos y administrativos  que permitan plasmar esta iniciativa.

Otra dice: «Las nuevas medidas económicas producidas por el Gobierno Nacional, y considerando que entre las mismas se incluye un incremento del impuesto a las Exportaciones (comúnmente conocido como Retenciones). Que históricamente ha sido el agro justamente el sector que debió soportar todo tipo de quitas y trabas, a fin de paliar el permanente déficit de las cuentas públicas. Que las continuas quitas han colocado a los productores al borde la de la quiebra, situación que parecía corregirse en alguna medida con la salida de la convertibilidad y la mejor relación entre el dólar y el peso en cuanto a las ventas al exterior. Que la decisión de retener parte de la diferencia producida por la devaluación, vuelve a colocar al a producción primaria en una situación deficitaria que terminará por ahondar la desaparición de los pequeños productores y la acumulación de tierras cultivables en cada vez menos manos. En su ARTÍCULO 1º) Recházase la decisión del gobierno Nacional de establecer retenciones a la comercialización de la producción agropecuaria. ARTÍCULO 2º) Remítase copia de esta Resolución a los demás Concejos Municipales de la provincia, a efectos de solicitarles se expidan en igual sentido. ARTÍCULO 3º) Remítase copia de esta Resolución, al Sr. Gobernador de la Provincia, a los Sres. Presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia de Santa Fe, y a los legisladores que representan a nuestra provincia en el Congreso Nacional, a efectos de que en la medida de lo posible planteen esta cuestión por ante los responsables del Gobierno Nacional.»

Otra de las resoluciones dice:  «La coparticipación del Impuesto a las Transacciones Financieras (Impuesto al cheque) acordada entre el gobierno nacional y los gobiernos de las distintas provincias argentinas. Y considerando que, el impuesto mencionado, coparticipable  desde la Nación hacia las Provincias, no está correlacionado con otros tributos similares que contemplan, a su vez, la coparticipación desde las provincias hacia los municipios. Que, es en los municipios donde se generan las actividades que permiten la recaudación del impuesto citado por lo que es procedente el reclamo antes los sectores gubernamentales competentes para que sea incluido como impuesto coparticipable a los municipios, de la misma forma y con los mismos criterios de otros recursos que llegan  por esa vía las arcas municipales. Que, logrando lo propuesto anteriormente, todos los municipios contarían con ingresos por coparticipación en un monto superior al actual, permitiendo de esta manera enfrentar los problemas que a diario se presentan en sus respectivas comunidades. Que, ésta es una aspiración de todos los Municipios de la Provincia de Santa Fe, como seguramente también del resto de los Municipios Argentinos, por lo que, una acción conjunta permitirá lograr el fin propuesto. Que de acuerdo a lo consensuado en el Foro de Concejales del Departamento General Obligado. ARTÍCULO 1º) Realícense todas las acciones y trámites pertinentes ante el Gobierno de la provincia de Santa Fe, con el fin de lograr que se incorpore como recursos coparticipable, con los mismos en vigencia para otros tributos análogos, al Impuesto a las Transacciones Financieras (Impuesto al Cheque).»

Otro proyecto dice: «La necesidad de modificar la Ley  11.105 y su Decreto Reglamentario Nº 2773/94, y considerando que, a través de los mismos la provincia estableció un régimen específico para el cobro en mora del Impuesto sobre la Patente única sobre Vehículos, delegando en los Municipios y Comunas -por su cuenta y cargo- la gestión administrativa y/o judicial de cobranza. Que la recaudación obtenida como consecuencia de la aplicación de esta Ley, es decir el cobro en mora de este Impuesto, genera la totalidad de los recursos con acreditación automática para cada Municipio o Comuna, ingresando en sus rentas generales. Que es por todos conocida la morosidad que registra el Padrón de los contribuyentes de la Patente Automotor, significando esta situación, ingresos no percibidos por los Municipios. Que es necesario para obtener una mejor gestión en el cobro del tributo, instrumentar un sistema menos oneroso y más ágil, a los fines de lograr mejorar la recaudación sin ejercer una mayor presión tributaria sobre los contribuyentes. Que a pesar de los distintos Convenios General de Pago vigentes, no se evidencia un número importante de concurrentes en la formalización de convenios, conociendo que las razones de esto obedecen al elevado anticipo exigido para el acogimiento y la elevada tasa de interés establecida por la provincia. Que se considera conveniente establecer convenios de pago accesibles, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias emergentes del citado tributo. Que es necesario la intervención de los municipios para formalizar convenios de pago, logrando una mayor ejecutividad y un mejor sistema de control en la percepción de los tributos, que en nuestro caso corresponden en un cien por cien a los Municipios y Comunas. Que de acuerdo a lo consensuado en el Foro de Concejales del Departamento General Obligado, el Bloque de la UCR y PJ ponen a consideración.

ARTÍCULO 1) Llévense adelante las acciones pertinentes ante el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe y la Legislatura Provincial, a los efectos de lograr la posibilidad de que cada Municipio pueda formalizar convenios de pago con uniformidad de criterios en el ámbito provincial en cuanto a una tasa de interés razonable -no como la establecida actualmente del 3 %- y los plazos de financiación fijados en razón de los montos  adeudados, excluyendo automáticamente de toda normativa la necesidad de abonar un anticipo para el acogimiento al Convenio de Pago, con la necesaria intervención de los  Municipios y Comunas a los fines de establecer las exigencias y formalidades antes enunciadas. ARTÍCULO 2º) Requiérase al Poder Ejecutivo y a la Legislatura Provincial, modificar en los artículos que sean necesarios la Ley 11.105 y su Decreto Reglamentario 2773/94, a los efectos de poner ne marcha esta iniciativa.»

Y la última de las resoluciones dice lo siguiente: «El actual sistema de Coparticipación de la Patente Automotor que permite sea la provincia el agente recaudador y luego, en la proporción establecida, se coparticipa a los  Municipios, y considerando que este sistema imperante hasta el momento, no permite optimizar la recaudación de la patente Automotor y el índice de morosidad llega a niveles importantes, conspirando conjuntamente con otras variables económicas, en el normal desenvolvimiento de los gobiernos locales. Que ha sido una aspiración largamente reclamada por los Municipios, invertir la forma de captación del tributo, facilitando así la percepción inmediata del mismo, un mejor control de la morosidad y por añadidura  generar una masa de ingresos superiores a la actual. Que no resulta ni onerosos ni complicado para el Gobierno Provincial permitir que los agentes recaudadores pasen a ser los Municipios, y la distribución de la recaudación se haga en las mismas proporciones que las actuales, por lo que solo resulta necesario la disposición política de fomentar la medida, ya que los demás aspectos instrumentales permanecerían casi intangibles. Que con sólo distribuir entre los Municipios los padrones de contribuyentes luego de cada vencimiento, agregando además un talón más de control a las liquidaciones de Patente Automotor y la adopción de las medidas administrativas pertinentes, bien podría en lo inmediato comenzar con un período de prueba que permita establecer cuán beneficioso puede llegar a ser cambiar el actual sistema de recaudación de Patente Automotor. Que al ser la patente Automotor uno de los ingresos genuinos que genera cada Municipio, debe insistirse en lograr -mediante la acción persistente- un cambio estructural de la actual forma de recaudación, propendiendo en principio en invertir el sistema, para avanzar a futuro en otros aspectos que optimicen la percepción de estas acreencias. Que, de acuerdo a lo consensuado por el Foro de Concejales del departamento general Obligado, el Bloque UCR y PJ ponen a consideración. ARTÍCULO 1º) Llévense adelante las acciones pertinentes ante el Superior Gobierno de la Provincia d e Santa Fe y la Legislatura Provincial, con el fin de lograr un cambio sustancial en la forma actual de percepción de la  Patente Automotor, comenzando por invertir el orden imperante, pasando a ser los Municipios Agentes de recaudación y la provincia emisora del impuesto y beneficiaria del  porcentual establecidos depositándose diariamente su cuotaparte en forma automática, debiéndose requerir para el debido control, la emisión de las liquidaciones con un cuarto talón y el envío de los padrones de contribuyentes a cada Municipio para el seguimiento y control dentro de los 30 días posteriores al último vencimiento de cada cuota. ARTÍCULO 2º) Requiérase al Poder Ejecutivo y a la Legislatura Provincial, modificar en aquello que fuere necesario, los marcos normativos y administrativos que permitan plasmar esta iniciativa.»

Finalizada la lectura de las mismas, el Pte. pregunta al Cuerpo si está de acuerdo en aprobarlas y elaborar resoluciones desde éste Concejo de manera de apoyar éstos pedidos.

Luego de un intercambio de opiniones se aprueban y se elevan copias de las mismas a los presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores de la provincia, y al Senador Departamental.

 

PUNTO 3) Finalmente se procede a dar tratamiento a los  temas pendientes de consulta del Presupuesto año 2002. Uno de ellos era el atraso que había con los créditos del personal. Los créditos al Personal se los otorga la Anfestram, la mutual de los Empleados Municipales, debe ser que la misma lo hizo en garantía de un crédito otorgado a través del Banco al empleado. Cómo paga la Mutual el crédito? A través de las retenciones que le hace el Municipio al empleado municipal. Y efectivamente las retenciones estaban atrasadas esos meses, y cuando el C. Busquets hizo el planteo, ya habían sido solucionados los dos meses que estaban pendientes. Estaban pendientes enero y febrero, y cuando comienza el tercer mes, mandan la notificación que queda en deuda. La única razón por la que no se había pagado era porque no había fondos. Así como se debían las demas retenciones de AMIC y de otras farmacias, se debían ésas. Según informó el Secretario de Hacienda, se mandó para esos créditos y algo más, de manera que no afecte a ningún empleado. En mora y con una posibilidad cierta, es decir que si no paga la responsable es la Anfestram y luego el Municipio. Pero el problema era real, había un problema de falta de fondos para pagarlo.

Y el otro tema era con respecto al tema de Liceo Municipal. Cuando se analizó el ejecutado se dieron los sueldos y viáticos que se pagaban por cada uno de los profesores. Y de acuerdo al informe que dio el Secretario de Gobierno, se manifestó que había un achique en el costo de éstos sueldos y en otros en los gastos. En el caso de Castro cobraba 550.- de sueldo y $ 140.- de viáticos, a partir del cte. año cobra $ 450.- de sueldo y $ 140.- de viáticos. En el caso de Aró que cobraba $ 278.- pasa a cobrar $ 154.- En el caso de Werger que da inglés cobraba $ 500.- y $ 48.- pasó a cobrar solamente $ 215.- en el caso de  Troglia que da artesanias, cobraba $ 200.- y $ 88.- pasó a  cobrar $ 100.- y $ 88.- En el caso de Ontivero que da coro y audio, cobraba $ 480.- y $ 152.- de viáticos, pasó a cobrar $ 200.- de sueldo. El caso de Panatteri que da Banda cobraba $ 650.- de sueldo y $ 152.- de viáticos, pasó a cobrar $ 500.- y $ 152.- en el caso  de Escalada cobraba $ 200.- bajó a $ 150.- en el caso de Ganín que cobraba $ 300.- y bajó a $ 250.- y el caso de Maldonado que cobraba $ 150.- cobra $ 100.- de acuerdo a éstos números hubo un achique de $ 1400.- aproximadamente, y los mismos son mensuales. Serían alrededor de 10.000.- pesos al año. El Pte. agrega que los achiques fueron fundamentalmente en función de las horas dedicadas. Por ejemplo en inglés que tuvo un achique muy grande es porque en realidad no hay tantos alumnos, y al haber menos alumnos hay menos horas a cumplir.

El otro tema que tendríamos que acordar antes de cerrar el tema de presupuesto del Concejo, era el compromiso de 30.000.- pesos de gastos de reducción. De los cuales $ 15.000.- menos eran de dietas, y los otros $ 15.000.- eran de los gastos del Concejo. Aquí tendríamos que ver cómo compaginamos la reducción, y una vez resuelto habría que darle final al tratamiento del presupuesto. Más allá que en lo personal se atreve a decir que éste Presupuesto, dentro de dos o tres meses, en la medida que siga aumentando el combustible, va a sufrir alguna modificación. Pero se analizará llegado el momento.

En otro orden de cosas, la C. Lobera pregunta si es verdad que un tal Sr. Cejas, que trabaja en la Municipalidad  haya sido quien arrebató una cartera a una señora?

El Pte. se compromete en averiguar sobre éste tema para la próxima sesión.

 

            No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintidós horas treinta minutos.-

Por bruno

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