CERES, 4 de mayo de 2005.-

VISTO:

La sanción de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Ley el Gobierno de la Provincia crea el Fondo para la Construcción de Obras Menores para Municipios de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidas en el Fondo de Emergencia Social, Ley 24.443.
Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo.
Que esta Municipalidad ha evaluado las obras públicas prioritarias para el distrito, siendo estas las de Vialidad Urbana en Avenida Italia, Adquisición de terrenos Plan Federal de Viviendas, Adquisición de terrenos Cooperativas de viviendas, Vialidad Urbana en Avenida Vicente Casares.
Que dichas obras se encuentran comprendidas entre las que son financiables por el Fondo.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Solicitase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de obras públicas que se detallan a continuación:
a. Vialidad Urbana en Avenida Italia,
b. Adquisición de terrenos Plan Federal de Viviendas, Adquisición de terrenos Cooperativas de viviendas,
c. Vialidad Urbana en Avenida Vicente Casares.

ARTÍCULO 2º) Facultase al Señor Intendente Municipal de Ceres, Don Camilo E. Busquets, DNI Nº 12.814.275, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorizase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecidos en la presente.

ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los tres días del mes de mayo de dos mil cinco.-

Por bruno

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