CERES, 4 de agosto de 2005.-
VISTO:
La presentación efectuada por el Sr. Luis Omar VERRA, solicitando la adjudicación de inmuebles municipales para la instalación de una planta constructora, y
CONSIDERANDO:
Que el presentante expresa su intención de instalar una planta constructora en nuestra ciudad que se dedicará a la fabricación de placas premoldeadas de hormigón y cerámica para galpones, viviendas familiares, depósitos, tanques, bebederos, postes olímpicos, pilares para la colocación de medidores, etc.
Que a tal efecto, solicita la adjudicación de los Lotes Nº 4, P.I.I. Nº 34454/0007-7, Lote Nº 5, P.I.I.Nº 34454/0008-6, Lote Nº 12, P.I.I. Nº 34454/00014-7 y Lote Nº 13, P.I.I.Nº 34454/00015-6, de la Sección 3ª, según Plano de Mensura Nº 109.171.-
Que la concreción del proyecto, sin duda, revitalizará la demanda de trabajo en Ceres.
Que el precio ha sido fijado por la Comisión compuesta por dos representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, dos representantes del Honorable Concejo Municipal y otros dos del Centro Comercial, Industrial, Rural y de Servicios de Ceres; además se ha valorado la trascendencia del proyecto para nuestra comunidad y la inversión a realizar por el solicitante, lo que consecuentemente tiende a favorecer la radicación industrial en nuestro medio.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Adjudíquese al Sr. LUIS OMAR VERRA, los Lotes Nº 4, P.I.I. Nº 34454/0007-7, Lote Nº 5, P.I.I.Nº 34454/0008-6, Lote Nº 12, P.I.I. Nº 34454/00014-7 y Lote Nº 13, P.I.I. Nº 34454/00015-6, de la Sección 3ª, según plano de Mensura confeccionado por el Ing. Civil Don Roberto J.C. Rufino e inscripto en el Departamento Topográfico bajo el Nº 109.171.-
ARTÍCULO 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, queda facultado para celebrar el contrato de compra venta con el adjudicatario, conforme a la Ordenanza Nº 862/03, salvo lo dispuesto en el Art. 12º de la mencionada Ordenanza, el cual tendrá un plazo de pago de 20 (veinte) cuotas mensuales y consecutivas siendo la primera cuota abonada en el momento de la firma del convenio de adjudicación y desde la cuota Nº 11 hasta la Nº 20, las mismas tendrán un interés mensual del 1 % (uno por ciento) sobre saldo.
ARTÍCULO 3º) El precio de la operación se fija en la suma de $ 29.000.- (pesos veintinueve mil), pagaderos de acuerdo a lo establecido en el Artículo anterior.
ARTÍCULO 4º) La obra proyectada deberá ser ejecutada dentro del plazo de 2 (dos) años contados a partir de la fecha de celebración del contrato de Adjudicación, debiendo comenzarse dentro del término de 6 (seis) meses contados a partir de idéntico momento bajo apercibimiento de caducidad de aquella.
ARTÍCULO 5º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los dos días del mes de agosto de dos mil cinco.-