ORDENANZA N° 1415/2015

 

Ceres, 15 de setiembre de 2015.-

VISTO:

            La necesidad de puesta en funcionamiento del Frigorífico local Néstor Carlos Kirchner.

CONSIDERANDO:

                        Que mediante Ordenanza N° 1209/2010, el HCM autorizó al Intendente Municipal a suscribir un comodato para entrega de un predio al INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) para la instalación de una planta frigorífica y convenio de cooperación.

                        Que en fecha 27 de abril de 2010, La Municipalidad de Ceres suscribió convenio de cooperación con el INTI, mediante el cual se establecieron las condiciones para la instalación y puesta en marcha de una unidad productiva tipo establecimiento frigorífico en nuestra ciudad.

                        Que consecuentemente con lo expuesto, en fecha 1 de junio de 2010, se suscribió el contrato de comodato para el cual el Intendente se encontraba facultado en virtud de la Ordenanza ya mencionada.

                        Que en fecha 30 de agosto de 2012, el INTI realizó entrega precaria de la planta frigorífica a la Municipalidad de Ceres, en el marco del Convenio de Cooperación oportunamente suscripto.

                        Que en fecha 22 de noviembre de 2012, el INTI hizo entrega precaria de la planta frigorífica a Frigorífico Ceres S.A. para su administración y puesta en funcionamiento, quedando facultado el Municipio a realizar la entrega definitiva de la planta frigorífica a Frigorífico Ceres, mediante la suscripción del pertinente contrato de comodato.

                        Que previo a la suscripción del contrato de comodato entre La Municipalidad de Ceres y Frigorífico Ceres S.A., el Inti realizó en fecha 3 de enero de 2013 una visita técnica al a planta frigorífica.

                        Que en fecha 01 de marzo de 2013, se suscribió el contrato de comodato entre La Municipalidad de Ceres y Frigorífico Ceres S.A. el cual estableció los derechos y obligaciones de las partes, como así también los términos de la puesta en marcha y funcionamiento de la planta.

                        Que Frigorífico Ceres, incumplió deliberadamente las obligaciones a su cargo.

                        Que la Municipalidad de Ceres, en fecha 30 de abril de 2015, intimó a Frigorífico Ceres S.A. mediante Carta documento 17982220 y carta documento 19098863.

                        Que en fecha 13 de mayo de 2015, Frigorífico Ceres S.A. contestó la intimación mediante  carta documento 367748337.

                        Que en fecha 20 de julio de 2015, La Municipalidad de Ceres, constató mediante acta labrada por escribano público, el no funcionamiento de la planta frigorífica., tomándose en esa oportunidad varias fotografías.

                        Que el Intendente Municipal en cumplimiento de la defensa de los intereses de la Municipalidad, y conforme al incumplimiento del contrato de comodato celebrado, en fecha 10 de agosto de 2015 dictó el Decreto N° 1679/2015, mediante el cual rescindió  el contrato de comodato.

                        Que la Municipalidad de Ceres en fecha 11 de agosto de 2015, remitió carta documento notificando el decreto citado, en el domicilio legal constituido.

                        Que a fines de otorgar publicidad al Decreto 1679/2015, la Municipalidad de Ceres realizó publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.

                        Que en fecha 11 de agosto de 2015 el Municipio recibió una importantísima oferta  para la puesta en marcha del Frigorífico Néstor Kirchner, de parte de la Cooperativa de Trabajo Agua Viva Limitada CUIT 30-71241513-3, que consistía en la puesta en marcha de la planta, aceptando todas las condiciones que el Municipio exigía y además realizando las inversiones necesarias para elevar la capacidad de faena de la planta de 60 medias reses a 120.

                        Que tal circunstancia amerita una inversión en una nueva cámara de frio, de un costo aproximado superior a los 2 millones de pesos.

                        Que tal situación coloca al Municipio en una posición inmejorable, en virtud de los beneficios que traerán a la comunidad no solo la puesta en marcha de la planta, sino la duplicación de la capacidad productiva de la misma.

                        Que en razón de ello, y en virtud de encontrarse el Municipio facultado por el acta de entrega precaria a la Municipalidad de Ceres, previa averiguación de antecedentes de la Cooperativa, los que fueron muy positivos, en fecha 31 de agosto de 2015, celebró contrato de comodato con la Cooperativa.

                        Que el contrato de comodato fijó como fecha de operatividad del mismo, el 21 de setiembre de 2015.

                        Que tiene como condición suspensiva para su operatividad, la aprobación por el Honorable Concejo Municipal.

POR LO QUE:

                        El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

Artículo 1: Dense por aprobadas las gestiones y actuaciones llevadas a cabo por la Municipalidad desde la gestión inicial para la obtención de la planta frigorífica.

Artículo 2: Apruébese el contrato de comodato de fecha 31 de agosto de 2015, celebrado entre La Municipalidad de Ceres y la Cooperativa de Trabajo Agua Viva Limitada.

Artículo 3: Adjúntense como parte integrante de la presente ordenanza todas las actuaciones obrantes y contratos celebrados, los que formarán parte de la misma.

Artículo 4: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

            Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil quince.-

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