ORDENANZA N° 1464/2016

 

Ceres, 28 de Diciembre de 2016.-

 

VISTO:

 

La necesidad de dar finalidad a los rodados en estado de grave deterioro, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Municipio es propietario del vehículo Renault, modelo Trafic, tipo furgón, la cual desempeñaba funciones en el área de la Policía Municipal.

 

Que  dicho vehículo, es Modelo Año 1994. Dada su antigüedad y constante uso, los últimos años vino presentando severos desperfectos mecánicos.

 

Las reiteradas reparaciones, no sólo hacían que el rodado estuviera inmovilizado durante semanas, ya que los desperfectos eran de gravedad, como ser, en motor, transmisión o tren delantero, entre otros. Dichas reparaciones son de importantes costos y los mismos la tornan excesivamente costosa para su utilización, ya que al arreglarse algún desperfecto casi en forma instantánea aparecía otro.

 

En virtud de que la misma ha cumplido su ciclo de utilización óptima, y dado que se encuentra hace dos meses paralizada, y arreglarla implicaría una erogación de gastos, sin tener la seguridad que la mueva no vaya a presentar nuevos desperfectos, corresponde darle un fin específico de realización, para que con su producido, se proceda a la compra de otros rodados, como ser, moto vehículos y/o otros elementos de trabajo para fortalecer las tareas de la Policía Municipal.

 

Que resulta prudente la realización del rodado en cuestión de forma ágil, por lo cual es conveniente que se le otorguen facultades al Ejecutivo Municipal, para que lleve a cabo la venta del rodado, teniendo en cuenta ciertas condiciones.

 

Hay que fijar un valor, teniendo en cuenta el estado y condiciones del vehículo, para establecer una base para futuras ofertas de compra.

 

Que el producido de la venta del rodado, será destinado a la adquisición de motovehículo o elementos de trabajo para la Policía Municipal.

 

Que el Municipio deberá elaborar el pliego de bases y condiciones, para la venta del rodado, siguiendo las cláusulas de la presente ordenanza.

 

Será requisito indispensable para acceder a la compra, 1°) No encontrarse inscripto en el Registro de Deudores alimentarios. 2°) Proponer y realizar la transferencia de dominio, en un plazo no mayor a quince (15) días, desde la adjudicación, o en su defecto, realizar la baja del rodado ante el Registro Nacionala de Propiedad del Automotor.

 

POR LO QUE:

 

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley N° 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°) Dispongase la venta del vehículo marca Renault, Modelo Trafic Larga, Nafta, tipo Furgón, Chasis N° 8A1TA13ZZRS005883, Motor N° 5665434, Dominio SXU-189.

 

ARTÍCULO 2°) La venta de dicho rodado se realizará mediante licitación pública. A tal efecto, se realizarán publicaciones en el Boletín Oficial y en el periódico local.

 

ARTÍCULO 3°) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, para establecer la fecha y hora, hasta la cual podrá presentarse las ofertas, y la fecha y hora en que tendrá lugar la apertura de sobres en el Palacio Municipal, como así también establecerá un período de verificación e inspección del vehículo.

 

ARTÍCULO 4°) El Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, confeccionará el pliego que contenga las condiciones del llamado a licitación, y fijará el valor para acceder al mismo.

 

ARTÍCULO 5°) El llamado a licitación se formalizará con base, la que deberán respetar los oferentes como condición de validez para la oferta a realizar. Dicha base será la que fije el Municipio.

 

ARTÍCULO 6°) Adjudicada que sea la compra en la oferta que resulta más conveniente, y cancelado su saldo, se autoriza al Ejecutivo Municipal, a que suscriba la documentación pertinente para la realización de la transferencia de dominio. Los gastos de la misma, serán abonados en forma íntegra por el comprador.

 

ARTÍCULO 7°) El pago del precio deberá realizarse de contado.

 

ARTÍCULO 8°) Los oferentes deberán comprobar como requisito obligatorio, no estar inscriptos en el Registro de Deudores alimentarios.

 

ARTÍCULO 9°) Dispóngase como destino del producido de la venta, la adquisición de motovehículos y/o la compra de elementos de trabajo para la Policía Municipal.

 

ARTÍCULO 10°) Para el caso de incumplimiento de lo normado en la presente ordenanza, el adquirente podrá ser adjudicado del rodado y el importe abonado será imputado en concepto de daños y perjuicios para el Municipio, perdiendo el adquirente lo abonado.

 

ARTÍCULO 11°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.-

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