ORDENANZA N° 1465/2016

 

CERES, 30 de Diciembre de 2016.-

 

VISTO:

 

La sanción de la Ley N° 12385 y su Decreto Reglamentario N° 117/05, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por dicha ley, el Gobierno de la Provincia, crea el Fondo para la Construcción de Obras Menores y/o adquisición de equipamientos y rodados para el interior, en Municipios de Segunda Categoría y Comunas.

 

Que ésta localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo.

 

Que ésta Municipalidad de Ceres, ha evaluado los proyectos prioritarios para el distrito, siento éste el de Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados.

 

Que dicho proyecto se encuentra comprendido entre las que son financiables por el Fondo.

 

POR LO QUE:

 

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°) Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12385 y su Decreto Reglamentario N° 117/05, el aporte de $ 1.847.013,38.- (pesos un millón ochocientos cuarenta y siete mil trece con treinta y ocho centavos), correspondientes a la partida asignada para ésta Municipalidad de Ceres en el Ejercicio Año 2016, no reintegrables, para la “Construcción de Obras Menores y/o Adquisición de Equipamientos y Rodados”.

 

ARTÍCULO 2°) Facúltase al señor Intendente Municipal, Don Camilo Enzo Busquets, DNI 12.814.275, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial, el financiamiento total o parcial del proyecto que se menciona en el Artículo 1°), cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

 

ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.-

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *