Ceres, 9 de abril de 1985.-
VISTO:
El pedido del Departamento Ejecutivo sobre la prórroga para la presentación de planos de documentación fijado en la Ordenanza Nº 307/84. y
CONSIDERANDO:
Que dicha norma legal no ha tenido la publicidad necesaria, lo que impidió el conocimiento del total de los interesados.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Prorrógase por el término de 90 días el término de presentación de los planos de documentación ya construida o regularización de ampliaciones o refacciones ya ejecutadas establecidas en el Art. 1º) de la Ordenanza Nº 307/84.
ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco.-