ORDENANZA N° 1477/2017
CERES, 15 de junio de 2017.-
VISTO:
Los fondos de Obras Menores Ley 12.385, correspondientes a la Municipalidad de Ceres, referidos a las partidas Años 2014 y 2015, y
CONSIDERANDO:
Que los fondos referenciados en el Visto, fueron aprobados por la Ordenanza Municipal N° 1454/2016, de fecha 23 de Setiembre de 2016.
Que dichos fondos tienen como destino, la ejecución de Obras de Cordón Cuneta con estabilizado granular en calles de la ciudad, Obras de iluminación en Avenidas y calles, y también iluminación de Parques y Plazas.
Que no obstante el Municipio haber presentado ante la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas toda la documentación inherente a estos fondos, como también todas las rendiciones correspondientes a partidas anteriores, todo ello en el curso del año 2016, la provincia recién efectivizó el monto dinerario en el pasado mes de mayo.
Que como es de público conocimiento, el Municipio reclamó en innumerables oportunidades y de diversas maneras, el pago a la provincia, el cual fue demorado por cuestiones burocráticas internas de la Gobernación de Santa Fe.
Que por otro lado, y en medio de esta situación, están los vecinos de los distintos sectores de la ciudad, que esperan a ejecución de las obras proyectadas de manera urgente, dado que las mismas resultan de gran importancia y redundarán en mejoras, en lo que respecta a la circulación vehicular y en el aspecto de seguridad urbana.
Que considerando los montos de las partidas de los fondos de Obras menores Año 2014 y 2015, correspondería por aplicación de la Ordenanza N° 1433, que las contrataciones y adquisiciones de efectúen por Licitación Pública.
Que este procedimiento administrativo demanda plazos extensos (60 días aproximadamente), los que sumados al atraso en el pago en el que incurrió la provincia, hacen que la espera de los beneficiarios de las obras, sea interminable.
Que la dilación en la ejecución de los trabajos genera un innegable perjuicio a los vecinos, quienes nada tienen que ver con la burocracia administrativa y de ninguna manera corresponde que deban seguir esperando por las obras.
Que adicionalmente a lo expresado, también resulta de importancia efectuar las inversiones en materiales, lo antes posible, dada la necesidad de resguardar el poder de compra del municipio frente a los vaivenes de la economía. Esto especialmente en lo que refiere a la luminaria Led, que en su totalidad tiene precios en dólares estadounidenses.
Que por todo lo expuesto, resulta oportuno autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que realice las inversiones de fondos originados en la Ordenanza N° 1454/2016, mediante el sistema de Concurso Privado de Precios.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a efectuar las compras y contrataciones que resulten necesarias con los fondos originados en las Partidas de Obras Menores Ley 12.385, aprobados por Ordenanza N° 1454/2016, para los casos en que se supere el límite de la compra directa, siguiente el procedimiento de compra establecido en el Artículo 2°) Inciso c) de la Ordenanza N° 1433/2016.
ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese. Publíquese, y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los quince días del mes de junio de dos mil diecisiete.-