ORDENANZA N° 1509/2018

 

CERES, 11 de ENERO de 2018.-

 

VISTO:

 

La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual esta Municipalidad ejecutará los trabajos de Conservación y Obras Complementarias de la Red Vial Provincial en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2018, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que los términos del Convenio y los precios ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por esta Municipalidad es razonable y compensan las inversiones a su cargo;

 

Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente Municipal, Señor Camilo Enzo Busquets, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como para percibir la Tasa que se establezca;

 

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, del ejercicio en el cual se ejecutan las Tareas;

 

Que evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;

 

POR LO QUE:

 

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º) Apruébese la concreción de un Convenio entre esta Municipalidad, representada por su Intendente, Señor Camilo Enzo Busquets, DNI 12.814.275 y la Dirección Provincial de Vialidad para la Conservación de la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2018, conforme al plan de trabajo a establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.

 

ARTÍCULO 2º) Facultase al Señor Camilo Enzo Busquets, Intendente de la Municipalidad de Ceres, a realizar todos los actos  necesarios para el cumplimiento del convenio y a la percepción del monto certificado, en función de la Tasa establecida.

 

ARTÍCULO 3º) Apruébese la inversión que deberá realizar esta Municipalidad, conforme a la Ley Nº 2756.

 

ARTÍCULO 4º) Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.

 

ARTÍCULO 5º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, Comuníquese, Publíquese y oportunamente Archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los DIEZ días del mes de ENERO de dos mil DIECIOCHO.-

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